Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/05/2022 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 93
CORDOBA, R.A., VIERNES 6 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

a todos los colegiados a comicios ordinarios en todo el ámbito de la Provincia de Córdoba, de conformidad a los arts. 66, 73 inc. a y 74 inc. a y b del Estatuto de este Colegio Profesional. 3.
Que por todo ello, en reunión del día de la fecha, la MESA EJECUTIVA del Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba, RESUELVE: 1. CONVOCAR A COMICIOS ORDINARIOS para cubrir los cargos del Plenario de Directorio y del Tribunal de Disciplina, en los términos de los arts.66, 73 inc.a y 74
incs. a y b del Estatuto; y de conformidad a la Ley 7191, a todos los colegiados en el ámbito de la Provincia de Córdoba, para el día 12 de Agosto de 2022 entre las 8 y las 18hs. en los domicilios públicos de la sede central, subdelegaciones y de cada una de las Delegaciones, excepto para el caso de la Delegación de Laboulaye, cuyos colegiados deberán votar en el ámbito de la Delegación de Río Cuarto. 2. RECORDAR A LAS
DELEGACIONES que deben constituir las Juntas Electorales Regionales, en los términos de los arts.67 y 72 del Estatuto. 3. Comuníquese hágase saber y Archívese. RESOLUCIÓN MESA
EJECUTIVA: 52/2022. FIRMADO: MARCELO R.
PRATO - PRESIDENTE. MARIA ROSA PORTA SECRETARIA.
2 días - Nº 380117 - $ 5094,40 - 09/05/2022 - BOE

COLEGIO PROFESIONAL DE
MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Córdoba, 25 de Abril de 2022. VISTO: 1. Que con fecha 22 de Abril de 2022 se efectuó reunión de esta H. Junta Electoral Central. Y CONSIDERANDO: 1. Que el proceso electoral implica el cumplimiento de actos determinados, tanto por las autoridades electorales, como por los interesados en competir para asumir la responsabilidad de conducir a esta entidad profesional, y que se trata de un proceso dinámico y contínuo, con plazos de días corridos y que deben ser inexorablemente cumplidos. 2. Que en base a dicho presupuesto, el Plenario de Directorio del Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba, con fecha 08 de Abril de 2022 dispuso delegar en su Mesa Ejecutiva la determinación de la fecha precisa para la rea-

lización de la elección. Que ello es fundamental, atento que a partir de dicha fecha, es posible establecer el cronograma electoral de conformidad a la Ley 7191 y el Estatuto de este Colegio Profesional. 3. Que en la misma reunión de Plenario referida se designó a los miembros de la Junta Electoral Central de conformidad al art.66 del Estatuto, y que todos sus miembros ya aceptaron el cargo para el que fueron designados. 4. Que con fecha 22 de Abril de 2022, se reunión la Honorable Junta Electoral Central y consideró una serie de medidas previas a que se fije el cronograma electoral a partir de la determinación de la fecha por parte de la Mesa Ejecutiva del Directorio. 5.
Que, en base a lo allí considerado, esta Honorable Junta Electoral Central del Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba, RESUELVE: 1. APROBAR
su Reglamento Interno el que integra el Anexo I
de esta Resolución. 2. PUBLICAR el Reglamento Interno de la Honorable Junta Electoral por el plazo de dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. 3. Comuníquese, hágase saber y Archívese. RESOLUCIÓN DE H.J.E.C.: 1/2022.
FIRMADO: MIGUEL E. MASONI - PRESIDENTE HJEC. RAQUEL KLOSTER - SECRETARIA
HJEC. ANEXO I RES. Nro. 1/2022 HJEC. REGLAMENTO DE LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL. Art.1.- Días de Reunión: La Junta Electoral Central se reunirá en reunión ordinaria el día viernes de cada semana, a las 12:30hs, de modo presencial en la Sede Central del Colegio Profesional, en el recinto de la Asesoría Letrada y/o en el ámbito de la sala del Directorio; y en forma extraordinaria, en cualquier momento, si así lo dispusiere la mayoría de sus miembros, en función de las necesidades propias del proceso electoral;
y hasta la finalización de este; Art.2.- Modalidad Virtual: La Junta Electoral también podrá sesionar de modo virtual si así lo considera la mayoría de sus miembros, sea en sesión ordinaria o extraordinaria. En este caso, el Presidente y Secretario darán fe de la participación de los miembros, suscribiendo el acta correspondiente, y no será necesario la firma de los demás miembros.
Art.3.- Acta de Reunión - Resoluciones: Toda reunión y lo que se resuelva en la misma deberá formalizarse en Acta que será suscripta por los miembros presentes. Toda Resolución que se
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emita, deberá ser suscripta por el Presidente y Secretario/a designado/a. Todos los miembros quedarán notificados de lo resuelto en el mismo momento de la reunión; Art.4.- Deber de Asistencia: La inasistencia a tres reuniones ordinarias o extraordinarias en forma injustificada habilita a la Junta Electoral Central para solicitar el reemplazo de los miembros ausentes, solicitando ello al Directorio, y sólo en la medida que fuere necesario para conformar el quórum; Art.5.- Libros: Se llevará un Libro de Actas y Resoluciones, las que estarán suscriptas por todos los presentes en el primer caso, y por el Presidente y Secretario en el segundo caso. También se llevará un Libro de Asistencia, a los efectos de consignar en el mismo, la modalidad de la reunión y la asistencia de sus miembros. Art.6.- Mesa de Entradas Notificaciones: La forma de comunicación y/o de toda presentación ante esta Junta Electoral Central deberá ser por escrito y no en forma verbal, debiendo ser recepcionada por personal designado al efecto, en el horario de 11 a 14hs. en la sede de este Colegio, y ello será considerado en la reunión siguiente de esta Junta Electoral Central, debiendo efectuarse la contestación también por escrito. Cada presentante, además de identificarse y expresar de modo claro su pretensión, deberá constituir un domicilio físico y un domicilio electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones, en forma indistinta. Esta Junta Electoral Central dispone de la siguiente dirección de correo electrónico: juntaelectoral@
cpmcp.org.ar, la que podrá ser otra vía de recepción de presentaciones y/o de notificación a interesados, y cuyo control estará a cargo de su Presidencia y Secretaría, como así también del personal designado al efecto. Toda presentación obligatoria en el marco del régimen electoral de esta entidad profesional, que fuere efectuada por vía correo electrónico, deberá ser acompañada igualmente en formato papel y con las correspondientes firmas hológrafas originales para su debida compulsa, y dentro del plazo legal electoral o en el día inmediato posterior que fuere hábil, dentro de la primera hora plazo de gracia de día y horario de atención ya referido; excepto que oportunamente esta Junta Electoral Central dispusiere otra modalidad.
2 días - Nº 380120 - $ 12896,80 - 09/05/2022 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/05/2022 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha06/05/2022

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones3949

Primera edición01/02/2006

Ultima edición30/05/2024

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