Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/07/2011 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 18 de Julio de 2011
comercial. 6 Aceptar y otorgar mandatos. 7
Aceptar y hacer donaciones. 8 Emitir en el país o en el exterior, obligaciones negociables y otros títulos de deuda en cualquier moneda, con o sin garantía, convertibles o no en acciones de la sociedad. 9 Implementar un sistema de franquicias para potenciar el crecimiento de las actividades sociales. La Sociedad para desarrollar actividades comprendidas en su objeto social podrá constituir sociedades o participar en personas jurídicas de carácter privado o público, domiciliadas en el país o en el exterior. Artículo Cuarto: el CAPITAL
SOCIAL es de Pesos Doce Mil AR$ 12.000
representados por Mil Doscientas 1.200
acciones de Pesos Diez AR$ 10 cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, con derecho a 1 un voto por acción. El capital social podrá ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo Nro. 188 de la Ley 19.550 y sus modificatorias. Artículo Quinto: Las ACCIONES de futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, nominativas no endosables o escriturales, según lo determine la Asamblea de Accionistas. Las acciones preferidas podrán tener derecho a dividendo fijo de pago preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación en las ganancias y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho a un 1 voto por acción. Las acciones preferidas podrán otorgar o no derecho a voto, salvo lo dispuesto en los Artículos AR$ 217 y 284 de la Ley Nro 19.550.
Las acciones, así como los certificados provisionales que se emitan, contendrán las menciones de los Artículos 211 y 212 de la Ley 19.550 y modificatorias. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. Capital Social: se fija en la suma de Pesos Doce Mil $12.000 representado por mil doscientas 1.200
acciones, de pesos diez $10 valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, con derecho a un voto 1 por acción, que se suscribe según el siguiente detalle: El capital será suscripto en las siguientes proporciones: ROQUE MARTIN SPIDALIERI: pesos ocho mil AR$ 8.000
representado por ochocientas 800 acciones de Pesos Diez AR$ 10 cada una, ordinarias, nominativas, no endosables con derecho a un 1
voto por acción; GERARDO ANDRES
MOYANO CIRES, pesos cuatro mil AR $4.000
representado por cuatrocientas 400 acciones de Pesos Diez AR$ 10 cada una, nominativas, no endosables, con derecho a un 1 voto por acción;
integrándose en el acto de constitución de la Sociedad el veinticinco por ciento 25%, o sea la suma de Pesos Tres Mil $ 3.000. Administración:
La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio Compuesto con el número de miembros que fije la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de un director y un máximo de tres directores titulares, y mayor, menor o igual número de suplentes con el fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección, siendo reelegibles y permanecerán en sus cargos hasta que la próxima Asamblea designe reemplazantes.
Durarán sus funciones tres ejercicios. Se reunirán por lo menos una vez cada tres meses y funcionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá por mayoría de votos presentes. Designación de Autoridades: Director Titular: Presidente: ROQUE MARTIN
SPIDALIERI, DNI 31.646.439, argentino, soltero, de 26 años, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, con domicilio en calle Olimpia 1608 Barrio Jardín de la Ciudad de Córdoba, con domicilio especial Art. 256 de la Ley 19.550 en calle Olimpia 1608 Barrio Jardín de la Ciudad de Córdoba; Director Suplente:
GERARDO ANDRÉS MOYANO CIRES, DNI

31.947.840, Argentino, soltero de 25 años de edad, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, con domicilio en calle Ricardo Rojas 9177, Barrio Rincón Bonito Villa Rivera Indarte de la ciudad de Córdoba, con domicilio especial Art. 256 de la Ley 19.550 en calle Ricardo Rojas 9177, Barrio Rincón Bonito Villa Rivera Indarte de la ciudad de Córdoba. El directorio tiene plenas facultades para dirigir y administrar la sociedad en orden al cumplimiento de su objeto pudiendo en consecuencia celebrar todo tipo de contratos, incluso aquellos para los cuales se requiere Poder Especial conforme lo dispuesto por el artículo 1881 del Código Civil en lo aplicable y el artículo 9 del decreto 5965/63, pudiendo realizar toda clase de actos, entre ellos adquirir, gravar y enajenar inmuebles; constituir y transferir derechos reales, establecer agencias, sucursales y otra especie de representaciones dentro o fuera del país; operar con bancos oficiales y privados y demás instituciones de crédito; otorgar poderes con el objeto y extensión que juzgue conveniente a una o más personas; iniciar, proseguir y contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la Sociedad. La Asamblea fijará la remuneración del Directorio de conformidad con el Artículo Número. 261 de la Ley 19.550. Representación. La representación legal de la Sociedad, inclusive el uso de la firma social, estará a cargo del Presidente del Directorio y en caso de ausencia, impedimento o excusación, lo sustituirá el director vicepresidente en su caso.
Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura, conforme lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley N 19.550, razón por la cual ha designado un director suplente. Ejercicio: El ejercicio anual cerrará el 31/12 de cada año. Ciudad de Córdoba, 21 de Junio de 2011. ROQUE MARTIN SPIDALIERI DNI 31.646.439 Presidente.N 16706 - $ 672.RELA S.A.
Constitución de Sociedad Fecha: 13/05/2011. Socios: ALFREDO JOSE
MARTINEZ, Argentino, DNI 32.458.612, nacido el 13/08/1986, soltero, Licenciado en Economía, con domicilio en calle Hipólito Irigoyen Nº 9, Piso 12, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba y MARIA RIATUSO, Argentina, D.N.I. Nº 12.875.198, nacida el 02/03/1958, divorciada, Abogada, con domicilio en Hipólito Irigoyen Nº 413, Piso 13, Dpto. A, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. Denominación:
RELA S.A. Sede social: Hipólito Irigoyen Nº 413, Piso 13, Dpto. A, ciudad de Córdoba, Provincia del igual nombre. Duración: Cincuenta años, contados desde la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia y/o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina, y/o en el extranjero; a la prestación de servicios inmobiliarios para la comercialización de activos inmobiliarios para pequeños y grandes inversionistas; realización de estudios de rentabilidad, incidencia de la tierra, nuevos formatos de inversión inmobiliaria y proyección de demanda sostenida; gestión de la inversión de bienes raíces y desarrollo inmobiliario. A tal fin la sociedad podrá, entre otras, realizar las siguientes actividades: a INMOBILIARIAS: operaciones inmobiliarias en todas sus formas, ya sea compra, venta, permuta, leasing, fideicomisos, urbanización, división, subdivisión, explotación, administración y arrendamientos de inmuebles, propios o de terceros, ya sean urbanos, rurales, loteos, inclusive bajo régimen de propiedad horizontal. b URBANIZADORA: Mediante la subdivisión,
fraccionamiento, el sometimiento a loteo, a sistemas de clubes de campo, urbanizaciones de parques, de dársenas privadas, tanto practicadas en terrenos propios como en los de terceros comitentes, pudiendo incluir en sus servicios y/u obras, los proyectos, planos, mensuras y su gestión de aprobación. Estas actividades incluyen para la propia entidad o para terceros, de proyectos y/o cálculos y/o la dirección técnica y la materialización de obras de desmonte y nivelación de tierras, apertura de calles, consolidación o cubierta de suelos, obras pluviales, redes de agua domiciliarias, redes de gas, electrificación y demás obras típicas de urbanización. c CONSTRUCTORA: Mediante el proyecto y/o cálculo y/o dirección técnica y/o ejecución y/o administración y/o la construcción de todo tipo de estructuras de cualquier material en obras civiles privadas o públicas, y la construcción en general de todo tipo de obras de ingeniería y/o arquitectura. Todas estas actividades podrán efectuarse tanto para la comercialización y/o locación de las construcciones concluidas como objeto lucrativo o, simplemente, mediante la locación de obras y/o servicios de construcción a terceras personas por la vía de la celebración de contratos de carácter oneroso que permitan la evolución del capital de la entidad, actuando incluso como proveedor del Estado Nacional o de los Estados Provinciales, Municipales y entidades autárquicas.
d ACOPIO
Y COMERCIALIZACIÓN DE MATERIALES:
Compraventa y/o almacenaje y/o permuta y/o importación y/o exportación y/o distribución de artículos para la construcción de toda clase, inclusive los premoldeados o prefabricados de cualquier tipo, con o sin las instalaciones complementarias;
materiales, elementos y productos directamente afectados a la construcción de cualquier tipo y/o modelo de viviendas individuales, colectivas, por sistemas tradicionales y otros modernos prefabricados en existencia o a crearse;
revestimientos externos o internos para piletas y/
o instalaciones industriales y/o comerciales y de viviendas habitacionales y/o de aplicación comunitaria o de bien común. e ADMINISTRADORA: Administración de bienes de particulares y de sociedades, ya sean comerciales o civiles, pudiendo administrar, arrendar y explotar, por cuenta propia o de terceros, toda clase de bienes muebles o inmuebles, urbanos y rurales, semovientes; derechos, acciones, valores y obligaciones de entidades públicas y privadas y, en general, realizar toda las operaciones, comerciales o no, necesarias o convenientes para el cumplimiento de los objetos indicados; actuar como fiduciario, fiduciante y/o beneficiario en fideicomisos privados y, sujeto al cumplimiento de las disposiciones de la Ley 24441 y disposiciones de la Comisión Nacional de Valores, actuar como Fiduciario Público y/o Fiduciario Financiero. f CONSULTORA:
Organización, racionalización y fiscalización en el desarrollo de anteproyectos, proyectos y planes estratégicos, en el país o en el extranjero, negociación, intermediación en transacciones, reactivación, planes de contingencia y criterios de evaluación para las inversiones inmobiliarias.
Asistencia técnica en todo lo relacionado con exportación e importación, licitaciones o concursos públicos o privados de servicios y provisiones, comprendiendo la preparación de la documentación de licitaciones, análisis de oferta, fundamento de adjudicaciones y elaboración de prestaciones y justificaciones ante organismos financieros, nacionales e internacionales.
Intermediación en operaciones de importación y exportación de bienes de capital, de consumo, servicios, radicación industrial en el país o en el extranjero; contratar, comercializar o pactar a título oneroso o gratuito con personas físicas,
3 jurídicas, o instituciones de cualquier naturaleza, nacionales o extranjeras, operatorias de descuento para la adquisiciones de dichos bienes o servicios.
g SERVICIOS DE MANDATOS Y
REPRESENTACIONES. Ejercicio de mandatos con la amplitud y bajo las condiciones permitidas por las leyes y reglamentaciones vigentes y representaciones, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios, e-commerce, administración y comercialización de bienes, mercaderías, insumos en general; marcas y nombres comerciales, emblemas, isologos, franquicias y subfranquicias relacionados con su objeto. Operar como comisionista, mandataria o ejecutante en operatorias de comercio exterior, transmitir ofertas y pedidos, elegir expedidor y asegurador, designar agentes, contactar a importadores o mayoristas y toda otra diligencia atinente a bienes relacionados con el objeto social. h FINANCIERAS con fondos propiosmediante el aporte de inversión de capitales a sociedades constituidas o a constituirse, otorgar préstamos o financiaciones a sociedades o particulares, realizar operaciones de crédito y financiaciones en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas, negociación de títulos, acciones u otros valores mobiliarios. Quedan excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y/o toda otra por la parte que se requiera el concurso público de capitales. La totalidad de los servicios descriptos serán prestados atendiendo especialmente a lo dispuesto en las normas legales vigentes respecto del ejercicio profesional en las distintas materias.
La sociedad podrá aceptar representaciones, distribuciones y/o consignaciones, podrá adquirir fondos de comercio, mantener participación en otras sociedades, constituir unión transitorias de empresa U.T.E., fusionarse, escindirse, realizar inversiones de inmuebles, celebrar contratos, tomar en leasing y efectuar toda clase de operaciones, actos, actividades, negocios y/o gestiones que en forma directa permitan el cumplimiento del objeto social y todo otro acto que sea imprescindible para la consecución de ese fin. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos permitidos por las leyes y el presente estatuto. Capital: se fija en la suma de Pesos Doce Mil $ 12.000
representado por Doce Mil 12.000 acciones de Pesos uno $1 valor nominal cada una, ordinarias, nominativas no endosables, de clase A con derecho a cinco 5 votos por acción. Suscripción:
ALFREDO JOSE MARTINEZ Diez mil 10.000
acciones y la señora MARIA RIATUSO, Dos mil 2.000 acciones. Administración: a cargo de un directorio compuesto por el número de miembros titulares que fije la Asamblea Ordinaria de Accionistas, entre un mínimo de uno 1 y un máximo de cinco 5 pudiendo designarse igual, mayor o menor número de suplentes para llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Si la sociedad prescinde de la sindicatura la elección de Directores Suplentes será obligatoria.
La asamblea asignará los cargos de Presidente y Vicepresidente si el número de Directores Titulares lo permite, este último reemplazará a aquél en caso de ausencia por cualquier causa, sin necesidad de justificar este hecho frente a los terceros en general. Duración tres ejercicios, pudiendo ser reelectos indefinidamente. Representación legal y el uso de la firma social: estará a cargo del Presidente del directorio. Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura de conformidad a lo dispuesto en el art. 284 de la Ley 19.550 adquiriendo los socios los derechos acordados por el art. 55 de la misma ley. Cuando la sociedad quedare incluida en alguno de los supuestos previstos en el art. 299 de la Ley 19.550,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/07/2011 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha18/07/2011

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones3939

Primera edición01/02/2006

Ultima edición16/05/2024

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