Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/02/2024 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CXI - TOMO DCCX - Nº 35
CORDOBA, R.A., VIERNES 16 DE FEBRERO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

apercibimiento de rebeldía. II Cita y emplaza a los que se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir: LOTE DE TERRENO que se designa como LOTE 13 DE LA
MANZANA SESENTA Y TRES, de la Localidad de Despeñaderos, Provincia de Córdoba, Nomenclatura catastral: 31-05-07-01-03- 070 parcela 013, empadronado en DGR bajo la cuenta 3105-0988348-2, a nombre de ALMADA de CABRERA, Etelvina con domicilio fiscal en Bv. Gral Artigas 77, de la ciudad de Córdoba; con una superficie de 910,16m2. El DOMINIO del inmueble afectado se encuentra inscripto en matricula folio real Nº 1.823.278, existiendo una afectación registral que resulta ser PARCIAL de 896,60
ms2, respecto del lote 13 indicado anteriormente, y un resto sin afectar igual a 13,56m2, conforme Plano de Mensura para Prescripción adquisitiva, visado bajo Expte. 0033-138551/2023, Plano 31-02-138551-2023, de fecha 05/04/2023, III Cita y emplaza a los terceros interesados del art. 784 del C. de PC.,- Procuración del Tesoro de la Provincia, Municipalidad de Despeñaderos y colindantes actuales a fin de que concurran a deducir oposición, lo que podrán hacer dentro del término de veinte días subsiguientes a la publicación de edictos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 784 in fine del C. de P.
C. y C. Fdo: digitalmente por Vigilanti Graciela María. Juez. González María Gabriela. Prosecretaria.- Alta Gracia, 27 de diciembre de 2023.
Texto Firmado digitalmente por: GONZALEZ
Maria Gabriela, PROSECRETARIO/A LETRADO.echa: 2023.12.27.
10 días - Nº 510121 - s/c - 18/3/2024 - BOE

En autos: IRUSTA SILVANA - USUCAPION.-Expte nro 8575798 que tramitan por ante el Juzgado C.Com.Conc. de 1 ra Inst. y 1 ra. Nom. de Villa Dolores ,Sec. Nro 2 se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA
NÚMERO: 122. VILLA DOLORES, 28/12/2023.
Y VISTO: estos autos caratulados IRUSTA SILVANA USUCAPION Expte. SAC N 8575798, traídos a despacho a los fines de resolver. - Y
DE LOS QUE RESULTA QUE Y CONSIDERANDO QUE: RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda instaurada en todas sus partes y, en consecuencia, declarar adquirido por pres-

cripción veinteñal, a la Sra. IRUSTA SILVANA, D.N.I. Nro. 22.226.925, nacida el día 19/02/1972, CUIL 27-22226925-9, de estado civil casada en primeras nupcias con el Sr. Hernán Víctor Ferreiro, D.N.I N 22.318.215, con domicilio en calle Moreno N 1266, Villa Rosa, Pilar, Provincia de Buenos Aires, en proporción del cien por ciento 100%, el derecho real de dominio artículos 1887 -inc. ay 1941 del C.C.C., sobre el inmueble que se describe como: Fracción de terreno con todo lo edificado, clavado, plantado y demás adherido al suelo que contiene, en estado baldío, designado como lote 7, ubicado en calle publica s/n, Yacanto, Pedanía San Javier, Departamento San Javier, de esta Provincia de Córdoba, que conforme plano de mensura para posesión y anexo Visado por la Dirección General de Catastro de la Provincia con fecha 11-062013, actualizado con fecha 28-02-2019, Expte.
Pcial Nro. 0587-001649/2013, agregado a fs. 1/2
de autos, responde a la siguiente descripción:
Desde el punto A al punto B, se mide lado A-B
75m 93cm de frente al noreste sobre calle publica, de Norte a Sureste; desde el punto B al punto C, y hacia el sureste, con ángulo de 18035, parte una línea recta y se mide el lado B-C de 34m.83cm hasta el punto C; desde el punto C, con rumbo Suroeste y ángulo de 82 57 parte de una línea recta que conforma el lado C-D de 85m. 57cm. Hasta el punto D.- desde este punto y hacia Noroeste, con ángulo de 9741, parte una línea recta que forma el lado E-D 102m.
05cm. hasta el punto E; desde el punto E, con rumbo Noroeste, con ángulo de 8811, parte una línea recta de 86m. 83cm., lado E-A, hasta unirse con el primer costado descripto con el que forma un ángulo de 9036, y cerrando la figura, todo lo que hace una superficie de NUEVE MIL CIENTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS, CUATRO DECIMETROS CUADRADOS 9.122,04M2. Colindancias: Linda en los costados Oeste, Norte y Este, con calle Pública;
en su costado Sur con parcela sin designación, posesión de Marta Ferreyra. AFECTACIÓN DE
DOMINIO: El inmueble afecta en FORMA PARCIAL el dominio que obra inscripto en el Registro General de la Propiedad de la Provincia al D
17256 F 19966, A 1949 HOY MATRÍCULA N
1650973, en virtud de la cancelación de la M

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1563859, conforme aclaración efectuada por la actora en el escrito de fecha 03/07/2023 y Matrícula adjuntada en el mismo cuyo titular resulta el Sr. Moisés Ferreyra. Empadronamiento Afectado: No se ha podido ubicar cuenta que resulte afectada por el inmueble a usucapir, todo conforme el Plano de mensura del inmueble objeto del juicio y su anexo, confeccionado por el Ingeniero Civil Ricardo Manzanares, Matrícula Nº 4426, visado por la Dirección General de Catastro de la Provincia en Expte. Prov. Nro. 0587-001649/2013, de fecha 11 de Junio del 2013, actualizado con fecha 28/02/2019, y según informe control Nº 78084911219619 de fecha 28/10/2019 de la Dirección General de Catastro fs. 113/114 que expresa con relación al inmueble que se pretende usucapir: Verificado el Sistema de Información Territorial, no hay derechos fiscales de propiedad. Inmuebles de dominio privado afectados:
Inscripción Registral: F 19966 A 1949, Titular Registral: Moisés Ferreyra. 2 A mérito de lo dispuesto por el artículo 1905 del C.C.C. y constancias de autos, fijar como fecha en la que se produjo la adquisición del derecho real el día 13
de agosto de 2012.- 3 Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por el término de diez 10 días a intervalos regulares dentro de un período de treinta 30
días arts. 790 y 783 del C. de P.C. -4 Ordenar la cancelación de anotación de litis ordenada por este juzgado y para estos autos, a saber: D
750 del 08/08/2022, a cuyo fin ofíciese. -5 Ordenar la inscripción del presente decisorio en el Registro General de la Propiedad de la Provincia de Córdoba art. 789 del C. de P.C y cumplidas las demás formalidades de ley, oportunamente, oficiar a los fines de la inscripción preventiva.
-6 Imponer las costas por el orden causado artículo 130 -in finedel C.P.C.C.. -7 Diferir la regulación de los honorarios de la letrada interviniente, Ab. Mónica Alejandra Cacharrón, para cuando sea así solicitado y exista base determinada para ello artículo 26 - contrario sensude la ley 9459. - Protocolícese, hágase saber y dése copia.- Fdo.- Dra. Cuneo Sandra Elizabeth Juez de 1ra Instancia. VILLA DOLORES, 08
DE FEBRERO DE 2024.-Fdo Casaletti Maria Veronica Prosecretaria Letrada .- 14-02-2024
10 días - Nº 510129 - s/c - 15/4/2024 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/02/2024 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha16/02/2024

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones3615

Primera edición01/02/2006

Ultima edición23/05/2024

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