Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/12/2019 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLX - Nº 248
CORDOBA, R.A., LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

114 de la L.C.Q.. X Librar oficio a la Dirección Nacional de Migraciones, a fin de que impida el egreso de la fallida del ámbito del territorio nacional -sin autorización judicial-, en los términos del art. 103 de la L.C.Q., hasta día de 11 de mayo de 2020. Librar oficio a la Dirección Nacional de Aduanas a fin de que impida la salida del ámbito del Territorio Nacional de los bienes de la fallida.
XI Librar exhortos a los fines previstos por el art.
132 de la L.C.Q. según texto de los arts. 4 y 7 de la Ley N 26.086 a los Juzgados donde tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida vg. ejecutivos, a los fines de su remisión a este Tribunal concursal, informando asimismo sobre la existencia de fondos embargados y depositados en dichas causas para, en caso afirmativo, transferir dichas sumas a la orden de este Juzgado y para el proceso quebratorio, a cuyo fin deberá abrirse una cuenta judicial a la orden del Tribunal y como perteneciente a estos autos.
XII Ordenar el bloqueo de las cuentas corrientes y/o cajas de ahorro y/o cuentas de depósito bancario de cualquier tipo -exceptuando las cajas de seguridad y las cuentas de depósito salarialabiertas a nombre de la Sra. María Yamila Merlo, DNI: 27.653.757, CUIT: 27-27653757-7, y la transferencia de la totalidad de los fondos depositados en las mismas a la Cuenta Judicial a abrirse conforme lo dispuesto en el punto XI
del presente resuelvo. A dicho fin, líbrese oficio al Banco Central de la República Argentina para hacerle saber la declaración de la presente falencia y requerirle comunique a todas las entidades financieras del país lo aquí dispuesto. XIII Fijar como fecha para que se realice el sorteo de Síndico de la única lista existente en la Excma. Cámara Civil, Com., Laboral y Cont. Adm., el día 04
de Diciembre de 2019, a las 12:30 horas, debiendo notificarse al Consejo Profesional de Ciencias Económicas, sin el requisito de los arts. 59 y 155
del CPCC. XIV Fijar como plazo tope para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura, el día 17 de febrero de 2020. XV Fijar como fecha hasta la cual el Síndico podrá presentar el Informe Individual del art. 35 de la L.C.Q., el día 16
de marzo de 2020. XVI Establecer como fecha para el dictado por el Tribunal de la resolución de Verificación de Créditos a que alude el art. 36 de la L.C.Q. el día de 30 de marzo de 2020, la que constituirá asimismo la fecha a partir de la cual se computará el plazo a los fines del art. 37 de la L.C.Q. XVII Fijar como fecha tope para la presentación del Informe General por el Síndico art.
39 de la L.C.Q., el día de 11 de mayo de 2020.
XVIII Intimar a la fallida para que, dentro del término de cuarenta y ocho horas, cumplimente acabadamente las disposiciones del art. 86 de
la L.C.Q. y para que entregue a la Sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad art. 88, inc. 4º id.. XIX Disponer la publicación de edictos por el término de cinco 5 días en el Boletín Oficial, con los alcances del artículo 89, tercer párrafo, de la Ley N 24.522. XX Notifíquese a la Dirección General de Rentas la presente resolución art. 40, inc. 10 del C.T.P.. XXI Notifíquese el presente resolutorio a la Fiscalía de Instrucción de Segunda Nominación en su público despacho art. 154 del CPCC. Protocolícese, hágase saber y agréguese copia.- Fdo.: Sandra Elizabeth Cuneo, Jueza. AUTO NUMERO: 188. VILLA
DOLORES, 04/12/2019. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1 Ampliar la Sentencia Número 129 de fecha 22/11/2019 obrante a fs.
122/127 en el RESUELVO, debiendo adicionarse en el punto XII lo siguiente: Encomiéndese la confección y diligenciamiento de las piezas aquí ordenadas a la Sindicatura a designar.. 2
Rectificar la Sentencia Número 129 de fecha 22/11/2019 obrante a fs. 122/127 y dejar sin efecto lo expresado en el punto XXI del RESUELVO, debiendo en su lugar consignarse de la siguiente forma: XXI Intimar a la fallida para que dentro de cuarenta y ocho horas constituyan domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado art. 88, inc. 7, de la L.C.Q. 3 Certifíquese por secretaría mediante anotación marginal por S.A.C. la existencia del presente decisorio.- Protocolícese, hágase saber y déjese copia en autos.- Fdo: Sandra Elizabeth Cuneo, Jueza. Asimismo se hace saber que el 20/12/2019 aceptó el cargo el Síndico sorteado, Cr. Raul Omar Sarmiento Zuccon, con domicilio en Edison nº 78, Villa Dolores cel:
03516525492. Villa Dolores, 23/12/2019. María Alejandra Larghi de Vilar, Sec.
5 días - Nº 246428 - $ 15834,85 - 03/01/2020 - BOE

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 28 a cargo de la Dra. María José Gigy Traynor, Secretaría nº 56 a cargo de la Dra. Mercedes Arecha, sito en Montevideo n 546, Piso 3 de la C.A.B.A., hace saber por cinco 5 días, que en los autos caratulados: CEREMINATI, ARMANDO S/QUIEBRA Expte. n 8767/2018 con fecha 29 de noviembre de 2019, se ha decretado la quiebra de ARMANDO CEREMINATI CUIT 23-11726610-9. Se ha designado como Síndico al Estudio Stupnik, Stupnik & Varnavoglou, con domicilio en la calle Paraná 783 Piso 9 C.A.B.A Los acreedores que posean títulos posteriores a la presentación del concurso deberán presentar las insinuaciones de sus créditos antes del 20/03/2020 inclusive. La fecha de presentación del informe individual art. 35 LCQ es
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el 11/05/2020, mientras que el informe general se presentará el 24/06/2020. Se deja aclarado que los acreedores cuyos créditos ya han merecido tratamiento en la sentencia dictada durante el trámite del concurso preventivo en los términos de la LC. 36, no deben volver a insinuar esas mismas acreencias. Se hace saber que la publicación de los edictos deberá hacerse por dos días y sin previo pago, de acuerdo al art. 146 del CPR.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba por el término de cinco 5 días. Buenos Aires, 12 de Diciembre de 2.019.
5 días - Nº 246291 - $ 4517,50 - 30/12/2019 - BOE

El Sr. Juez de 1 Inst.C.C.FAM. 7 Nom.SEC.13 - RIO CUARTO hace saber que en autos FAHUER, JOSE LUIS - QUIEBRA PEDIDA
Expte. Nº6820389, por Sentencia N 38 del 13/08/2019 se resolvió: I Declarar la quiebra del Sr. FAHUER, JOSE LUIS, D.N.I. 31.731326, C.U.I.T. N20-31731326-0, con domicilio real en calle Los Jacarandaes Nº170, de la Localidad de General Deheza, Provincia de Córdoba, al que se le imprimirá provisoriamente el trámite previsto por los arts. 288 y 289 LCQ. III Ordenar al fallido, y a los terceros que hagan entrega al Síndico que resulte designado, los bienes de aquel. IV
Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces art. 88 inc. 5 LCQ. VI
Ordenar se efectúen las comunicaciones pertinentes a fin de asegurar el cumplimiento del art.
103 de la Ley 24.522. VII A los efectos de practicar un prolijo inventario de los bienes del fallido, emplácese al mismo para que en el término de 24 hs. indique un domicilio a los fines de materializar la medida, todo ello bajo apercibimiento de ley y sin perjuicio de las medidas que al respecto disponga el tribunal. IX Fijar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos al Síndico para el día 15 de febrero de 2020 15/02/2020.
Asimismo se fijaron las siguientes fechas: Informe Individual: 30/03/2020; Resolución art. 36 L.C.Q:
15/04/2020; Informe General: 12/05/2020. Se hace saber que resultó sorteado como Síndico el Cr. Luciano E. Moyetta Mat. 10.15586.0, con domicilio en Belgrano N 17, 2do. Piso, Of. 4, de esta ciudad, Tel. 358-4165582.
5 días - Nº 246456 - $ 5183,75 - 31/12/2019 - BOE

DECLARATORIAS DE
HEREDEROS
RÍO CUARTO: La Sra. Juez Civ. y Com. de 1ra.
Inst. y 3ra. Nom. de Río Cuarto, Sec. Nº 5, en los autos caratulados: TOLEDO, PASCUAL
ALEJO - DECLARATORIA DE HEREDEROS
Expte. Nº 8697423 C1, Cita y emplaza a los
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/12/2019 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha30/12/2019

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones3626

Primera edición01/02/2006

Ultima edición08/06/2024

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