Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/06/2019 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIV - Nº 112
CORDOBA, R.A., JUEVES 13 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

Municipalidad de La Playosa a fin de que coloque copia del edicto en las puertas de la Intendencia a su cargo, durante treinta días Art.785
del C.C.P.C..- Cítese al Procurador del Tesoro de la Provincia y a la Municipalidad de La Playosa, para que en el término de veinte días, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley art. 784 inc. 1 del C.P.C.C.. Líbrese oficio al señor Oficial de Justicia a efectos de que intervenga en la colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio, en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo del actor, durante toda la tramitación del juicio Art.786 C. de P.C..- Cítese a los colindantes con domicilios reales conocidos del inmueble que se trata de usucapir Art.784 inc.4 del C.P.C. para que en el término de veinte días comparezcan a tomar participación en autos, en calidad de terceros.Notifíquese. De lo informado por el Registro General de la Provincia a fs. 49/50, vista al interesado. - FLORES, Fernando Martin JUEZ/-TIRONI, Gisela Sabrina PROSECRETARIA
10 días - Nº 212316 - s/c - 28/06/2019 - BOE

El Señor Juez de Primera Instancia y Segunda Nominación en lo Civ y Com de la 5ta Circunscripción, Secretaria N 3, con asiento en esta ciudad de San Francisco, Dr. Tomas Pedro Chialvo en los autos caratulados: REANO
LUCAS GABRIEL -USUCAPION ExpteNº 1505706 se ha dictado la siguiente resolución:
SAN FRANCISCO, 15/05/2019.- Téngase presente lo manifestado.- Proveyendo la demanda presentada a fs. 24/26 y atento que las medidas preparatorias de usucapión dispuestas por nuestra ley procesal tienen por finalidad la identificación de los titulares registrales y colindantes del inmueble usucapido a los fines de su posterior citación en debida forma para el ejercicio de sus derechos y pudiendo observarse que dichos requisitos se encuentran cumplimentados, aún cuando de las constancias de fs. 41/46 y 85vta.
los demandados titulares registrales Haydee Catalina Devoto y Fantoni, Martha Magdalena Devoto y Fantoni, Lucrecia Magdalena Devoto y Villegas, Horacio Silverio Devoto y Fantoni, Néstor José Devoto y Vinelli y María Esther Devoto se encuentran fallecidos, razón por la cual ante la incertidumbre de quiénes son sus sucesores, debe ampliarse la demanda de usucapión en contra de los sucesores de las mismas, procediéndose a su notificación conforme art. 152 y 783 CPC. En consecuencia, deberá imprimirse el trámite de ley a la demanda de usucapión en contra de los demandados denunciados como titulares registrales, debiendo procederse con respecto a los Sres. Benedicta Devoto de Ba-

rabino, José Segundo Devoto Fantoni, Daniel Jesús Devoto y Fantoni, María Leonor Vinelli de Devoto y Julio Gelón Devoto y Villegas, cuyos domicilios se desconocen a los fines de su notificación conforme lo dispone el art. 152
y 783 del CPC, al igual que con respecto a los sucesores de Haydee Catalina Devoto y Fantoni, Martha Magdalena Devoto y Fantoni, Lucrecia Magdalena Devoto y Villegas, Horacio Silverio Devoto y Fantoni, Néstor José Devoto y Vinelli y María Esther Devoto. En tanto, respecto a María Leonor Catalina Devoto y Vinelli, y constancias de fs. 43 deberá notificarse a la misma en el domicilio allí consignado en Capital Federal.
En consecuencia, téngase por promovida la presente demanda de Usucapión, imprímase a la misma el trámite de Juicio Ordinario. Agréguense las medidas preparatorias obrantes en la causa.- Cítese y emplácese a los demandados para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Asimismo cítese y emplácese a todos aquellos que se crean con derecho sobre el inmueble que se trata de usucapir, por medio de edictos a publicar en el Boletín Oficial y diario La Voz del Interior, por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, para que concurran a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Hágase saber que la citación a los sucesores de Haydee Catalina Devoto y Fantoni, Martha Magdalena Devoto y Fantoni, Lucrecia Magdalena Devoto y Villegas, María Esther Devoto, Horacio Silverio Devoto y Fantoni y Néstor José Devoto y Vinelli deberá realizarse también en el domicilio que surge del informe de la DGR y Catastro Provincial fs.47 y 71 y en los domicilios informados por el Registro Electoral a fs. 41, 42, 44, 45, 46 y 85vta. respectivamente, según lo dispuesto por el art. 783 bis del CPC.Cítese y emplácese al Representante Legal de la Provincia de Córdoba, para que dentro del plazo de cinco días posteriores al vencimiento de aquel, comparezca a estar a derecho y a tomar participación, bajo apercibimiento de ley. Cítese y emplácese al Representante Legal de la Municipalidad de la ciudad de Devoto, Provincia de Córdoba, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho y tomar participación bajo apercibimiento de ley. Cítese a los colindantes del inmueble que surgen del informe catastral de fs. 69 art. 784 inc. 4 del CPC para que en el plazo de veinte días comparezcan a tomar participación en autos, en calidad de terceros.- Ofíciese al Juez de Paz de la localidad de Devoto para la exhibición de los edictos del art. 785 C.P.C. y colocación del cartel del art.
786 C.P.C.- Siendo la etapa procesal oportuna y de conformidad al art. 1.905 último párrafo del
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

C.C.C.N., ordénese de oficio la anotación de Litis con relación al inmueble objeto de los presentes, Matrículas 1656274 fs. 90 y 1656381
fs.92, a cuyo fin ofíciese al Registro General de la Provincia de Córdoba, debiendo estar a cargo del diligenciamiento del mismo la parte actora.Notifíquese.-: UNA FRACCION de terreno baldía que según plano de mensura de posesión confeccionado por el Ingeniero Civil Sergio Marcelo Peralta aprobado por la Dirección General de Catastro con fecha 25 de julio del año 2013
en Expediente Nº 0589-006341/2012 se designa como lote SIETE de la manzana número SESENTA Y UNO parte Sud del Pueblo Devoto, Pedanía Juárez Celman, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, que mide: 86,30 mts en sus costados NORTE Linea A-B y Sud Linea D-C y 43,00 mts en sus costados Este Linea B-C y Oeste Linea D-A lo que hace una superficie total de 3710,90 mts2 y linda: al Sud calle Buenos Aires; al este calle Hipolito Irigoyen; al Oeste con calle Pte. Juan D. Peron y al Norte con Parcela 1 de la Municipalidad de Devoto, parcela 2 de Narciso Farias y Adelino Perez; y parcela 3 de Ildefonsa Pacheco.- Número de cuenta: 30021534350, Matricula 1656381
30021534279, Matricula 1656274.- Designación Catastral: Dep 30 Ped. 02 Pueblo 21 C01, S02, M31 P5 y 4.- Identificación Catastral Municipal:
Mz. 61 Lote 7.- Quedan Uds. debidamente notificados, citados, emplazados y apercibidos.- Fdo.
Tomas P. CHIALVO -Juez.- Dra. Silvana Angeli ProSecretaria.10 días - Nº 212389 - s/c - 28/06/2019 - BOE

El Juzgado de 1ra. Nom. en lo Civil, Ccial. y de Flia de la ciudad de Villa Dolores, a cargo del Dra. Sandra Elizabeth Cuneo, Secretaría N 1, a cargo de la Dra. Laura Raquel Urizar, en autos: DELCASSE, ADRIANA BEATRIZ Y OTRO
USUCAPION. Expte. Nº 1812813 , a resuelto: SENTENCIA NÚMERO 46. Villa Dolores, 24/04/2019. Y VISTOS: Y DE LOS QUE RESULTA: RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción veinteañal a los Sres. Adriana Beatriz Delcasse, D.N.I. Nº 14.187.305, C .U.I.T.
Nº 27-14187305-4, argentina, nacida el día 04/10/1960, de estado civil divorciada, con domicilio en calle Don Bosco 1351, Localidad de Belén de Escobar, partido de Escobar, provincia de Buenos Aires y Jorge Adrián González, argentino, D.N.I. Nº 22.573.786, nacido el 09/05/1972, de estado civil soltero, con domicilio en calle Don Bosco 1351, Localidad de Belén de Escobar, partido de Escobar, provincia de Buenos Aires, en condominio y en la proporción del 50% cada uno, el derecho real de dominio artículos 2506 y
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/06/2019 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha13/06/2019

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones3622

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/06/2024

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