Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/04/2024 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXII - Nº 69
CORDOBA, R.A. VIERNES 5 DE ABRIL DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

rubro en la estructura de costos, respecto de lo analizado en el Informe Técnico N 244 de esta área, con la información recientemente presentada

Que en primer lugar, el Área de Costos procede a determinar el incremento expresa Para determinar la evolución real de los costos en el período definido, se utiliza una estructura de costos, con los valores de los insumos y servicios de la prestación. A la estructura de costos, se le aplica la evolución de una determinada variable nominal en este caso solo al rubro energía, obteniendo el incremento de costo real por variación de precios.
La variación del rubro con la nueva participación y el aumento del precio, como se observa en el siguiente cuadro, asciende a 9,60%
Finalmente, se calcula el ajuste a global a aplicar sobre el Cuadro Tarifario vigente, que asciende a 17,55% . Que luego de todo lo expuesto, el Área de Costos y Tarifas culmina su Informe concluyendo: En base al presente análisis, es sugerencia se aplique un incremento que asciende al 17,55% sobre el cuadro tarifario vigente de la COOPERATIVA LIMITADA DE LUZ Y FUERZA DE SOTO
MAYORISTA a partir de los consumos registrados desde la publicación en el Boletín Oficial.
El cuadro tarifario propuesto, se expone como ANEXO I del presente Informe
Que en síntesis teniendo en cuenta el análisis realizado por el Área de Costos y Tarifas y la propuesta realizada basándose en la documentación aportada por la prestadora obrante en nuestros Registros y en las normas precitadas, resulta viable la determinación del Cuadro Tarifario propuesto, considerando que se cumplimenta con los procedimientos previstos y no se violenta normativa alguna de índole constitucional. Ahora bien por todo lo expuesto y dejando constancia que esta Vocalía no participó del dictado de la Resolución General ERSeP N1/2024, de fecha 17/01/2024 por lo que sin dejar de poner en valor el trabajo técnico de las áreas específicas, y sin perjuicio del procedimiento ejecutado y del esquema de topes máximos, dicho ajuste no puede ser acompañado mientras este Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP, continúe aplicando una doble vara y no vele de igual manera por los intereses de ambos extremos de la ecuación: la prestadora del servicio y el usuario. Por otro lado, si el objetivo para concretar la recaudación es, no sólo tener en cuenta el valor del incremento sino plantear estrategias para evitar que el impacto del mismo ponga en riesgo la capacidad de pago de los usuarios y la cobrabilidad del prestador, un incremento del orden del 17,55 % sobre el cuadro tarifario vigente será otro golpe negativo para el bolsillo del usuario, este ente regulador ERSePejerciendo su competencia y responsabilidad como agente de control y conciliador de los intereses de la prestataria del servicio y del usuario, debería limitar y por vía de excepción dadas las circunstancias de crisis económica que vivimos-, regular con un contenido social, resolviendo con equilibrio y ecuanimidad para ese universo
de usuarios de agua potable, que deben afrontar al aumento generalizado de tarifas de todos los servicios e impuestos, con recursos cada vez más limitados o inexistentes. Por tal motivo, más allá de las razones técnicas y de costos consideradas en los informes pertinentes y sin perjuicio de ellos, la decisión de esta Vocalía es votar en negativo los aumentos, priorizando el contexto crítico planteado y del cual no puede permanecer indiferente. Habrá que afinar con inteligencia las estrategias para que la gestión, calidad de servicio y facturación de la prestadora sean coherentes con una realidad más que dura y marque con responsabilidad una proyección posible y viable. Por todo lo expuesto, mi voto es negativo.
Así voto Que, por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los arts. 21 y siguientes de la Ley N 8835 Carta del Ciudadano, y lo dictaminado por el Servicio Jurídico de la Gerencia de Agua y Saneamiento bajo el N 67/2024, el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS ERSeP: por mayoría voto de la Vicepresidenta, Mariana A.
Caserio, y de los Vocales José Luis Scarlatto y Mario R. Peralta.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: DÉJESE SIN EFECTO la Resolución General E.R.
Se.P. N 41/2024, de fecha 12 de Marzo de 2024 publicada en el Boletín Oficial el 22 de Marzo de 2024. ARTÍCULO 2º: APRUEBASE un incremento del 17,55% sobre el cuadro tarifario vigente correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Potable Cooperativa Limitada de Luz y Fuerza de Soto operatoria mayorista Acueducto Pichanas El Chacho a aplicarse a partir de su publicación en el Boletín Oficial, en los términos propuestos en el Informe Técnico N
61/2024 del Área de Costos y Tarifas, resultando de aplicación el cuadro tarifario que se agrega como Anexo I a la presente.

ARTÍCULO 3º: PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Concedente.-

ARTÍCULO 4º: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dese copia y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.FDO.: MARIANA ALICIA CASERIO, VICEPRESIDENTE JOSÉ LUIS SCARLATTO, VOCAL - FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL MARIO RAÚL PERALTA, VOCAL
RODRIGO FRANCISCO VEGA, VOCAL
ANEXO

PODER EJECUTIVO
FE DE ERRATA
Se hace saber que en la edición N 3 del Boletín Oficial del día jueves 4 de enero de 2024, Primera sección, página 1, Decreto N 2209 por
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

un error material en donde dice: D.N.I. N 25.1963.560 debió decir:
D.N.I. N 25.196.560. Dejamos salvado de esta manera dicho error.
Fdo.: Sandra Moravcik, Jefe Departamento Despacho, Ministerio de Economía y Gestión Pública
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/04/2024 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha06/04/2024

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones4144

Primera edición01/02/2006

Ultima edición21/05/2024

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