Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/03/2023 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

men y a la organización del mismo. Para ello, recibirán vía correo electrónico un link de acceso a la misma.
La fecha que se establezca a los fines de la recepción del examen no podrá ser adelantada o pospuesta por inconvenientes personales, laborales o académicos de los aspirantes.
Los aspirantes deberán presentarse, el día del examen y en el horario que les corresponda, provistos de su DNI o Cédula de Identidad emitida por la Policía Federal o Pasaporte.
Artículo 5.- CORRECCIÓN DE LOS EXÁMENES - IDENTIFICACIÓN
DE LOS CONCURSANTES - CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA CALIFICACIÓN.
LOS exámenes serán corregidos automáticamente con un escáner y un programa informático específico en cuyo proceso de lectura podrán estar presentes los Miembros del Tribunal Examinador y los Veedores, si hubiere.
Concluido y revisado el mismo, el Área de Recursos Humanos fijará fecha para la decodificación de los códigos de barra que contienen la identificación de los concursantes; acto que se anunciará mediante el Sitio Oficial del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba en internet www.justiciacordoba.gob.ar y Portal de Aplicaciones Intranet.
Los puntajes obtenidos se exhibirán a través del medio establecido ut supra, como así también los exámenes digitalizados y su corrección.
La evaluación practicada no puede ser recurrida por los aspirantes, pudiendo el Examinador, de oficio o a petición de parte interesada y sin identificar el nombre del concursante, proceder sólo a la corrección de errores materiales en la calificación.
Las observaciones deben ser presentadas mediante un formulario digital que se pondrá a disposición para tal fin en el plazo de tres 3 días hábiles contados a partir de la publicación de los resultados.

AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 59
CORDOBA, R.A. MARTES 28 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Artículo 6.- PUNTAJE DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN

ASIGNASE a los fines del proceso de selección establecido los siguientes puntajes máximos:
I.- EXAMEN SOBRE CONOCIMIENTO JURÍDICO: hasta un máximo de sesenta 60 puntos.
II.- RENDIMIENTO ACADÉMICO: hasta un máximo de cuarenta 40 puntos.
El puntaje se asignará conforme al promedio general computando aplazos.
Artículo 7.- NOTIFICACIÓN DE LAS DECISIONES VÍAS DE COMUNICACIÓN

utilizará para confirmar la recepción de la solicitud de inscripción al Concurso y posteriores notificaciones, es por ello que si la misma no es correcta o no se encuentra en condiciones el aspirante no recibirá ningún mensaje, siendo esto de su exclusiva responsabilidad.
Las notificaciones y avisos se cargarán en el Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet los días martes y jueves de cada semana.
Los concursantes deberán canalizar sus consultas, pedidos y/o presentaciones excepto las observaciones a la corrección de errores materiales en la calificación de la prueba de oposición y al orden de mérito única y exclusivamente por correo electrónico a la dirección concursoingresantes@justiciacordoba.gob.ar indicando en el Asunto el objeto de su comunicación seguido del N de Acuerdo de la convocatoria a concurso Ej: consulta Ac N XXX.
Los cambios de datos personales que se sucedan durante el proceso del concurso hasta la aprobación del orden de mérito definitivo deberán ser informados por igual vía, desde la misma cuenta de correo declarada al momento de la inscripción, indicando en Asunto: cambio de datos Ac. N
XXX. Es obligación del aspirante mantener actualizada dicha información.
Artículo 8. TRIBUNAL EXAMINADOR COMISIÓN COLABORADORA.
DESIGNAR como TRIBUNAL EXAMINADOR a los Dres. Graciela María VIGILANTI, Juan Facundo QUIROGA CONTRERAS y Alfredo Fernando VILLEGAS.
Los mismos contarán con una COMISIÓN COLABORADORA integrada por los Dres. Gustavo Daniel TOLEDO, Damián Esteban ABAD, Débora Ruth JALOM de KOGAN, Roberto Ignacio CORNEJO, María Soledad CARLINO DE MARTÍNEZ, Valeria Alejandra CARRASCO, María Carolina GRANJA DE PERTILE, Claudia ESTEBAN, María Lorena ABATIDAGA, Lucas Leonardo MORONI ROMERO, Wilfredo PEREZ y Marisa Natalia FASSI y en la que además participarán como lectoras la Dra. Mónica Adriana TRABALLINI y la Dra. Viviana Siria YACIR.
Los mismos contarán con el asesoramiento del Equipo Pedagógico de la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones constituido para ello.
Los miembros del Tribunal Examinador y la Comisión Colaboradora no pueden ser recusados atento el carácter secreto de los exámenes formulados.

Artículo 9.- ORDEN DE MÉRITO - VIGENCIA

SE confeccionará un Orden de Mérito por cada Programa y Centro Judicial, los que se determinarán teniendo en cuenta la suma total de los puntajes alcanzados y se harán públicos a través del Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet.

LAS decisiones y requerimientos generales emanados por el Tribunal Superior
DISPONER que en caso que los estudiantes con más del 40% de avance en su carrera superen numéricamente a quienes se encuentran en el
de Justicia, el Tribunal Examinador o la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones se notificarán a través del espacio expresamente habilitado para este concurso en el Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet www.justiciacordoba.
gob.ar. Asimismo, si fuera necesario alguna comunicación o notificación personal con algunos de los concursantes, se realizará a través de correo electrónico a la dirección indicada por el aspirante al momento de su inscripción o su actualización. Dicha dirección será la que el Poder Judicial de Córdoba,
grupo restante con porcentaje de avance universitario hasta el 40%, en el orden de mérito respectivo, se deberá por cada nombramiento de un estudiante con avance de más del 40% de su carrera, designar uno del grupo minoritario. Para ello, al momento de la aprobación de los Órdenes de Mérito Definitivos, se aprobarán también las listas de Orden de Designación que reflejen el equilibrio garantizado entre ambos grupos AR N
1456 A del 28/11/2017.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/03/2023 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha28/03/2023

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4150

Primera edición01/02/2006

Ultima edición29/05/2024

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