Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/04/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Que por los mencionados actos administrativos se dispuso que aquellas personas que ingresen al Partido de General Pueyrredon procedentes del exterior, previa evaluación clínica y control de temperatura para descartar la presencia de signos y síntomas compatibles con COVID-19 por parte del SAME, serán alojados en sitios extrahospitalarios asignados por la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon.

Que asimismo, se dispuso un Protocolo de Atención para las personas en cuestión.

Que entre la población alojada en los centros extrahospitalarios, que se hallan dentro de las condiciones establecidas precedentemente, pueden existir personas mayores de 65 años, personas de cualquier grupo etario con posibles comorbilidades, grupos familiares con niños menores de 15 años, como así también personas con capacidades diferentes.

Que esta Secretaría entiende que, en los casos mencionados precedentemente, y con una nueva evaluación clínica asintomática, es dable considerar cada caso en particular para decidir la conveniencia para que cumplan con el aislamiento en sus respectivos domicilios, es decir, exceptuarlos de lo establecido en las normas legales mencionadas, solo en lo que hace al aislamiento preventivo en centros extrahospitalarios.

Que entonces, deberán cumplir con el Protocolo de Manejo de Individuos Provenientes del Exterior Asintomáticos, dispuesto por el Anexo I, del Decreto N 637/2020, en sus domicilios particulares, sin tener necesidad de acceder a la vía pública, ni de poner en riesgo la salud de terceros.

Que cada individuo comprendido en los alcances de la presente resolución, deberá notificarse fehacientemente de lo dispuesto.

Por ello, en uso de las facultades delegadas
LA SECRETARIA DE SALUD
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Disponer que las personas mayores de 65 años, con o sin patologías crónicas, las personas de cualquier edad que tuvieran comorbilidades, los grupos familiares con niños menores de 15 años, como así también las personas con capacidades diferentes, luego de una evaluación clínica practicada por profesionales médicos de la Secretaría de Salud, permaneciendo éstos asintomáticos, continúen efectuando el aislamiento social, preventivo y obligatorio en sus domicilios particulares, con seguimiento epidemiológico y clínico de esta Secretaría, cumpliendo con lo dispuesto por Decretos Nº 636/2020 y Nº 637/2020 y su Protocolo de Manejo de Individuos Provenientes del Exterior.

ARTÍCULO 2.- Disponer que las personas que se hallen dentro de las condiciones establecidas precedentemente, serán noticadas fehacientemente, según el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 3.- Registrar, dar al Boletín Municipal, publicar y comunicar.
AVB/pac
BERNABEI
ANEXO I

NOTIFICACIÓN

Mar del Plata, .. de .. de 2020.-

Quien suscribe DNI N ., teléfono ., correo electrónico , se notica de
Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 51

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/04/2020

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha28/04/2020

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones836

Primera edición30/06/2010

Ultima edición25/04/2024

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