Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 06/08/2018

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ORDENANZA 23739 Sanción 28-06-2018 Expte 534-0-1951 alc 1
Decreto de Promulgación 1379 05-07-2018
Artículo 1º.- Autorízase, con carácter precario, a la firma denominada SJO S.R.L. a afectar con los usos de suelo: Guarda de Documentación, Administración de Archivos y Digitalización de Imágenes complementarias, el inmueble sito en la calle Italia nº 1.847, identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección C, Manzana 228 d, Parcela 12, Polígono 00-01, Unidad funcional 1, de la ciudad de Mar del Plata Artículo 2º.- Lo autorizado en el artículo 1 se otorga condicionado a:
f Anular toda comunicación con las viviendas de la planta alta.
g Delimitar dentro de la parcela y de manera de no afectar el tránsito en la vía pública, un módulo de veinticinco metros cuadrados 25 m2 destinado a la carga y descarga de mercaderías, según lo determina el artículo 5.5.1.5/a del Código de Ordenamiento Territorial C.O.T..
h No almacenar elementos explosivos, inflamables y/o ilegales, e implementar la protección contra incendio según lo establece el artículo 3.17 y subsiguientes del Reglamento General de Construcciones R.G.C..
i No ocupar el espacio público vereda y/o calzada, temporal o permanentemente, con la actividad ni con ningún elemento fijo o móvil caballetes, maquinarias, publicidad, señales, vehículos u otros.
j Cualquier denuncia de vecinos verificable en su grado de molestia y/o la falta de adecuación a lo requerido precedentemente, dejará sin efecto la presente autorización.
Artículo 3º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza nº 9.784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas conforme lo normado por la Ordenanza nº 14.576, con carácter previo a la habilitación.
Artículo 4º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente, y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 5º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96, modificado por el Decreto nº 2.269/99.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc..Tonto Sáenz Saralegui De Paz Arroyo ORDENANZA 23740 Sanción 28-06-2018 Expte 2884-6-2017
Decreto de Promulgación 1380 05-07-2018
Artículo 1º.- Autorízase a la señora Patricia Marcela Rodríguez y a los señores Víctor Daniel Katz Jora, Antonio Salvador Izzo y Natalio Sergio De Rosa a adoptar el plano límite y la densidad poblacional que surgen de los planos de anteproyecto glosados a fs. 31/32 del expediente 2884-6-2017 Cpo. 1 del Departamento Ejecutivo Exp. 2375-D-2017 HCD., en la propuesta de construcción destinada a vivienda multifamiliar, prevista ejecutar en el predio sito en la calle General Rivas 2357, identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 223, parcela 3b de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- La construcción deberá cumplimentar con todas las normas generales contempladas en el C.O.T. y en el R.G.C. que no se opongan a las disposiciones del presente acto.
Artículo 3º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza N 9.784 -Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza N 14.576.
Artículo 4º.- Aprobación de planos y permisos de construcción: Antes de comenzar los trabajos, el recurrente deberá gestionar el Permiso de construcción correspondiente ante la Dirección General de Obras Privadas, debiendo exigirse al mismo, previo al otorgamiento, el cumplimiento de las prescripciones contenidas en los artículos precedentes.
Artículo 5º.-La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 6º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto N
818/96, modificado por Decreto N 2.269/99.
Artículo 7º.- Comuníquese, etc..Tonto Sáenz Saralegui De Paz Arroyo ORDENANZA 23741 Sanción 28-06-2018 Expte 14890-6-2017
Decreto de Promulgación 1381 05-07-2018
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 79 de fecha 5 de febrero de 2018 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, por medio del cual se autorizó a la Asociación de Rehabilitación de Marginados REMAR ARGENTINA, al uso de un espacio de dominio público en la Plaza España, en el marco de la Campaña de Lucha y Prevención contra las Adicciones del 9 al 12 de febrero de 2018.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc..Tonto Sáenz Saralegui Vicente Arroyo
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 06/08/2018

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha06/08/2018

Nro. de páginas138

Nro. de ediciones836

Primera edición30/06/2010

Ultima edición25/04/2024

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