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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 19/4/2024
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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
19 de abril de 2024
N: 287
Que a los fines de realizar la entrega de subsidios, se hará efectivo el monto aludido mediante transferencia bancaria y/o cheque a los presidentes de las Comisiones Directivas que se detallan en el Anexo I del presente.
Que el Departamento de Contaduría informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos del Programa 30.01.100.1.15.515, del Presupuesto General de Gastos vigente.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- OTORGAR a los CENTROS VECINALES de Villa Carlos Paz, detallados en Anexo I, un subsidio anual de Pesos Ochocientos Quince Mil Ochocientos Dieciocho $
815.818,00 conforme lo dispuesto por Ordenanza Nº 6009, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2.- El monto aludido en el artículo anterior se hará efectivo a cada Comisión Directiva mediante transferencia bancaria y/o con cheque a nombre del presidente de cada Institución, quienes deberán efectuar la correspondiente rendición de gastos.Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto será atendido con los fondos del Programa 30.01.100.1.15.515 del Presupuesto General de Gastos vigente.Artículo 4.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dese intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
ANEXO I
Centro Vecinal
Autoridades
CUIT/DNI
1
Costa Azul Norte
Ginette Mariel ANDRADA
31.219.961
2
Costa Azul Sur
Liliana Noemí PICATTO
13.602.324
3
General Belgrano
Rosario Beatriz Bracamonte
10.378.530
4
Los Algarrobos
Juana Elva VACA
5.880.289
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 7.040, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Artículo 6º de dicha Ordenanza establece Excepto las situaciones previstas en el artículo siguiente, el Departamento Ejecutivo podrá variar las Partidas Presupuestarias de Segundo Nivel o inferior de gastos, pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que asimismo, el Artículo 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1.- CREAR a partir del Tercer Nivel del Presupuesto General de Gastos en vigencia, lo siguiente:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
-PROGRAMA-ANEXO -INCISO-ITEMDESCRIPC.
OTROS SERV. NO ESPECIFICADOS
30.05.100.1.13.399. PRECEDENTEMENTE
ARTÍCULO 2.- MODIFICAR a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
30.04.100.2.24.416.
30.04.100.1.13.323.
30.05.100.1.13.399.
30.05.100.2.24.418.
5
Los Eucaliptus
Orlando Fermín NEGRO
7.693.903
6
Los Manantiales
Centro Vecinal Los Manantiales CBU: 0200349601000003729501
30716780879
7
Miguel Muñoz A
José Ángel MANSILLA
18.174.998
8
Santa Rita del Lago
Mercedes CUEVAS
6.688.906
9
Solares de Ensenadas
Stella Maris CUELLO
11.748.963
las
Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalCarla A. MONTEMURRO a/c de Oficialía Mayor DECRETO N 123/C/2024
VILLA CARLOS PAZ, 19 de marzo de 2024
2
IMPORTE
-PROGRAMA-ANEXO
-INCISO-ITEMAUMENTA
DESCRIPC.
EQUIPOS
ELECTRONICOS E
$ 500.000
INFORMATICOS
SERVICIOS DE
ILUMINACION Y
SONIDO
OTROS SERV. NO
ESPECIFICADOS
$
30.000
PRECEDENTEMENTE
EQUIPOS DE
OFICINA Y MUEBLES
TOTAL
$
530.000
DISMINUYE
$
500.000
$
30.000
$
530.000
ARTÍCULO 3.- ADECUAR el Nomenclador de Erogaciones conforme al Artículo 5 de la Ordenanza N 7.040, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.
ARTICULO 4.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley.
ARTICULO 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Carla A. MONTEMURRO a/c de Oficialía Mayor -