Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 2/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
02 de febrero de 2024

N: 275

Artículo 2.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorDECRETO N 007/C/2024
VILLA CARLOS PAZ, 04 de enero de 2024

de sus funciones, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- EXCEPTUAR la aplicación del tope establecido en el Artículo 4, inciso a del Decreto N 001/DE/2007
al Fondo Fijo creado por el presente instrumento.ARTÍCULO 3º.- DESIGNAR como responsable y administrador del Fondo Fijo especial habilitado en el artículo anterior, al Director de la Dirección de Servicios Públicos, Ing. Germán Darío Rivero M.I. Nº 23.282.646.-

VISTO: La necesidad de mantener constantemente operativa la Flota de Vehículos Municipales; y
ARTÍCULO 4.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-

CONSIDERANDO: Que resulta necesario por ello contar con un fondo fijo especial, a fin de solventar la compra de repuestos, mano de obra, diagnóstico computarizado para vehículos oficiales, etc. que deba afrontar la Dirección de Servicios Públicos en cumplimiento de sus funciones.-

Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Ramón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor-

Que el art. 115º de la Ordenanza Nº 1511 y su Decreto Reglamentario establece que El Departamento Ejecutivo podrá autorizar a distintos funcionarios responsables de los órganos administrativos, a mantener fondos permanentes denominados "
Caja Chica", cuyo monto no podrá exceder del valor de tres veces el sueldo básico de la Categoría 1 del Personal Municipal, de conformidad a lo dispuesto por el presente, para ser utilizados sólo para cubrir las necesidades de gastos de menor cuantía en la adquisición de elementos en cantidades pequeñas o limitadas, para atender urgencias de uso inmediato de funcionamiento y sólo para ser utilizados por el Área que los ha solicitado, en cumplimiento de sus funciones específicas y en ningún caso para gastos personales.Que el artículo 4 del Decreto N 001/DE/2007, Reglamentario del art. 115 de la Ordenanza N 1511 establece que La administración y rendición de los fondos fijos por parte de los responsables de los mismos se efectuarán mediante las siguientes pautas: a Los gastos que se efectúen no podrán exceder el monto de $800 o el 20 % del fondo asignado por compra. Este índice se duplica para las áreas de Obras y Servicios Públicos con la autorización del Sr. Secretario.
Que el Municipio tiene dentro de su patrimonio, entre vehículos particulares, motos, carros, camiones y máquinas, aproximadamente ciento sesenta y cinco 165 unidades que requieren atención y reparaciones en forma permanente.Que afrontar los gastos de mantenimiento de los vehículos requiere de una dinámica propia, adecuada a las necesidades del servicio, por ello debe contemplarse a través de la asignación de un Fondo Fijo Especial que satisfaga dichas necesidades.Que corresponde asimismo determinar el funcionario que tendrá a su cargo la administración del Fondo Fijo Especial.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello, en uso de sus atribuciones EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1.- DISPONER la habilitación de un Fondo Fijo especial por el monto de Pesos Un Millón Quinientos Mil $
1.500.000,00, a fin de solventar la compra de repuestos, mano de obra, diagnóstico computarizado para vehículos oficiales, etc., que deba afrontar la Dirección de Servicios Públicos, en cumplimiento
4

DECRETO Nº 008/C/2024
VILLA CARLOS PAZ, 04 de enero de 2024
VISTO: La Ordenanza Nº 7.033, y;
CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe fijar las fechas de los vencimientos de las distintas Contribuciones, a los efectos de permitir el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y responsables.
Que atento a ello, se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º. FIJAR para el pago de la Contribución que incide sobre los Inmuebles Tasa Municipal por Servicios a la Propiedad, las siguientes fechas de vencimiento:
Pago Contado Anual:
09 de febrero de 2024.Pago en Cuotas
Primer Vencimiento
Segundo Vencimiento
01º cuota
9 de febrero de 2024

16 de febrero de 2024

02º cuota
27 de febrero de 2024

4 de marzo de 2024

03º cuota
11 de marzo de 2024

21 de marzo de 2024

04º cuota
10 de abril de 2024

19 de abril de 2024

05º cuota
10 de mayo de 2024

20 de mayo de 2024

06º cuota
10 de junio de 2024

19 de junio de 2024

07º cuota
10 de julio de 2024

19 de julio de 2024

08º cuota
9 de agosto de 2024

20 de agosto de 2024

09º cuota
10 de septiembre de 2024

20 de septiembre de 2024

10º cuota
10 de octubre de 2024

21 de octubre de 2024

11º cuota
11 de noviembre de 2024

21 de noviembre de 2024

12º cuota
10 de diciembre de 2024

20 de diciembre de 2024

ARTÍCULO 2º. FIJAR para el pago de la Contribución que incide sobre los Cementerios, las siguientes fechas de vencimiento:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 2/2/2024

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha02/02/2024

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones383

Primera edición01/01/2015

Ultima edición17/05/2024

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