Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/1/2024

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
12 de enero de 2024

N: 272
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto Nº 858/A/2023
Decreto Nº 859/A/2023
Decreto Nº 860/DE/2023
Decreto Nº 861/DE/2023
Decreto Nº 862/C/2023
Decreto Nº 863/DE/2023
Decreto Nº 864/A/2023
Decreto Nº 865/DE/2023
Decreto Nº 866/C/2023
Decreto Nº 868/A/2023
Decreto Nº 871/A/2023
Decreto Nº 872/DE/2023
Decreto Nº 873/DE/2023
Decreto Nº 874/A/2023
Ordenanza Nº 7046
Promulgada por Decreto Nº 010/DE/2024

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DECRETOS
DECRETO Nº 858/A/2023
VILLA CARLOS PAZ, 11 de diciembre de 2023
VISTO: El expediente Nº 223501/2023, mediante el cual, el Club Deportivo Central Córdoba a través de su representante, el Sr. Javier Díaz Morales D.N.I.: 31.218.491 solicita autorización para el uso de espacio público, para realizar un evento deportivo denominado Concurso Extraordinario de Pesca a la Pieza Mayor;
y CONSIDERANDO: Que dicho evento se desarrollará el día domingo 17 de diciembre de 2023, en la Costanera del Lago San Roque en Av. Atlántica entre calles Gobernador Roca y Gobernador Ferreyra.Que este Departamento Ejecutivo comparte el criterio de la Secretaría de Turismo e Innovación, Cultura y Deportes de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, que acuerda con dicho pedido y, en razón de la actividad a desarrollar, considera oportuno eximir en forma total el pago de los tributos correspondientes al uso de espacio público.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º: AUTORIZAR al Club Deportivo Central Córdoba, al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación de la Costanera peatonal de nuestra ciudad, Av.
Atlántica entre calles Gob. Roca y Gob. Ferreyra, el día 17/12/2023 desde las 09:00 hs. hasta las 13:00 hs.; para la realización de un evento denominado Concurso Extraordinario de Pesca a la Pieza Mayor, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º: La Dirección de Seguridad queda facultada para realizar cortes de calles, determinar el cambio en el sentido de circulación así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y las modificaciones que resulten necesarias desde las 08:00 hs. a fin de facilitar el tránsito vehicular durante el día del evento.Artículo 3º: El peticionante deberá restituir los espacios utilizados en las mismas condiciones en que les fueron entregadas.-

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Artículo 4º: El Club Deportivo Personal Central Córdoba deberá cumplimentar, antes de la realización del evento, con el pago de seguro de responsabilidad civil. Caso contrario, no se podrá dar inicio a la actividad solicitada.Artículo 5º: EXIMIR en forma total del pago del tributo correspondiente al uso de Espacio Público al peticionante, de conformidad al artículo 23 de la Ordenanza Tarifaria, artículo 89 inc G de la Ordenanza Nº 1408 y modificatorias respectivas.Artículo 6º: La Secretaría de Turismo e Innovación, Cultura y Deportes, la Dirección de Secretaría Privada, la Dirección de Comunicación y Protocolo, la Dirección de Seguridad y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 7º: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalRamón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor
DECRETO N 859/A/2023
VILLA CARLOS PAZ, 11 de diciembre de 2023
VISTO: La nota presentada por el Centro Vecinal Carlos Paz Sierras, mediante la cual su Presidente, Sr. Eduardo Altamirano, D.N.I. Nº 20.958.898, solicita autorización de uso del espacio público; y CONSIDERANDO: Que el requerimiento consiste en la realización de un evento, organizado por la comisión del Centro Vecinal, para la celebración de las fiestas patronales de dicho barrio.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, este Departamento Ejecutivo considera pertinente autorizar el uso de espacio público, por lo que corresponde emitir el acto administrativo correspondiente.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- AUTORIZAR al Centro Vecinal Carlos Paz Sierras, a la ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación del uso de espacio público calle Aristóteles entre Balzac y Rousseau, el día sábado 16 de diciembre de 2023, de 20:00 hs. a 23:00 hs., para la celebración de las fiestas patronales de dicho barrio, en un todo de acuerdo con los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El peticionante deberá restituir los espacios utilizados en las mismas condiciones en que les fueron entregados.Artículo 3.- La Dirección de Seguridad queda facultada para determinar el corte de calzada, cambio en el sentido de circulación así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular durante el evento.Artículo 4.- La Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/1/2024

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha12/01/2024

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones380

Primera edición01/01/2015

Ultima edición26/04/2024

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