Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 10/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
10 de Diciembre de 2019

08

Coordinará y supervisará las actividades de los periodistas, fotógrafos y camarógrafos, responsables de suministrar el material informativo.
Asistirán 25 personas de A.C.R.A. para la coordinación general del EVENTO, quienes sugerirán y coordinarán las directivas, pautas y modalidades para la concreción del evento, a los fines de lograr el éxito del mismo.El cumplimiento de los requisitos y obligaciones por parte del ORGANIZADOR, deberá ajustarse a los lineamientos impartidos por el manual de ACRA, que será entregado al ORGANIZADOR a sus efectos.-

Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.

El ORGANIZADOR, también tendrá derecho a:

Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.-

Utilizar la frase SPONSOR OFICIAL DEL RALLY ARGENTINO
en las comunicaciones que realice, como así también el uso de logos e imágenes de la categoría.
Presencia sin cargo en la chapa de la carrera.
Al ingreso de Promotoras al parque de asistencia, al sector de la rampa de largada simbólica y al podio.
A realizar acciones promocionales de diversa índole durante la carrera.
Cuarta: Pago a Cuenta: A la firma del presente y para una mejor organización en la planificación y determinación del calendario anual, compromisos de los pilotos, reserva de plazas hoteleras, busca de sponsor, etc., el ORGANIZADOR abonará al A.C.R.A.
en la forma y modalidades establecidas en la cláusula SEGUNDA
del presente.En el supuesto de la no realización del evento, por causa no imputable al ORGANIZADOR, el presente acuerdo se considerará rescindido entre partes, sin derecho a reclamo indemnizatorio alguno entre las mismas, procediéndose a restituir a EL
ORGANIZADOR el importe entregado como pago a cuenta, previa deducción de gastos en los que ya haya incurrido ACRA con motivo del presente.Quinta: Para todos los efectos legales derivados del presente, las partes fijan domicilios contractuales en los ya relacionados y se someten ante cualquier conflicto derivado del presente, a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de CORDOBA, con renuncia a todo otro Fuero, incluido el Federal.De conformidad a lo manifestado, se firman dos ejemplares de Ley de igual tenor y a idénticos efectos a los Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Sebastián Boldrini, Sec. de Turismo, Deportes y Cultura Carla A.
Montemurro a/c de Oficialía MayorPROMULGADA POR DECERTO Nº 1129/DE/2019
Villa Carlos Paz, 02 de Diciembre de 2019-12-03
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura Carla A. Montemurro a/c de Oficialía MayorDECRETO N 1058/C/2019
Villa Carlos Paz, 11 de noviembre de 2019
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6441, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los
3

Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.-

Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC.
JURISD.

-SUB

35.51.515.1.12.229.
35.51.515.1.12.222.
36.01.100.1.13.324.
36.62.100.1.12.226.
36.01.100.1.13.313.
36.01.100.1.13.311.
36.01.100.1.12.220.
38.01.100.1.15.520.
38.01.100.1.13.311.
38.87.100.1.12.214.
38.87.100.2.24.414.

40.01.100.1.13.326.

40.01.100.1.12.224.

-PROGRAMAANEXO
-INCISOITEM-DESCRIPC.
ARTICULOS
DE
FERRETERIA
HERRAMIENTAS
MENORES
OTROS SERVICIOS
TECNICOS
Y PROFESIONALES
UTILES MENORESQUIRURGICOS
Y DE LABORATORIO
ALQUILERES
VARIOS
SERVICIOS
BASICOS
MATERIALES
DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
APORTES A OTRAS
INSTITUCIONES
SERVICIOS
BASICOS
ELEMENTOS
DE
SEGURIDAD
EQUIPOS
DE
TRANSPORTE
TRACCION
Y ELEVACION
IMPRENTA
PUBLICACIONES Y
REPRODUCCIONES
UTILES
DE
ESCRITORIO
OFICINA
Y ENSEÑANZA
TOTAL

AUMENTA
$

10.000
$

10.000

$

200.000

$

100.000

$

200.000

$

5.000

$

35.000

$

5.000

555.000 $

555.000

$

300.000

$

200.000

$

$

$

$

DISMINUYE

5.000

35.000

5.000

ARTICULO 2.- ADECUAR, El nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6441, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. E. y Finanzas Mónica De Girolamo, Of. Mayor-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 10/12/2019

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha10/12/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones380

Primera edición01/01/2015

Ultima edición26/04/2024

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