Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 19/10/2018

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
Octubre de 2018

la comunidad y sus congéneres. La distinción consiste en una plaqueta, estatuilla o similar alusiva que acredite el reconocimiento otorgado por el Concejo de Representantes de la Ciudad.-

ORDENANZA Nº 6406

ARTÍCULO 6º.- JOVEN-NIÑO/AADOLESCENTE DESTACADO/A. Pueden otorgarse esta distinción a quienes hayan nacido en la ciudad de Villa Carlos Paz o residido en ella durante cinco 5 años, no tengan más de treinta 30 años de edad y acrediten méritos en el ámbito de la Cultura, la Educación, la Ciencia, el Deporte, la defensa de los Derechos Humanos o la defensa del Medio Ambiente. Pueden otorgarse hasta un máximo de quince 15 distinciones anuales. La distinción consiste en la entrega de un diploma suscripto por el Presidente del Concejo.-

VISTO: La Ordenanza N 6406 sancionada por el Concejo de Representantes el día 04 de octubre de 2018, la que es parte integrante del presente; y
ARTÍCULO 7º.- IMPLEMENTACIÓN. El programa de Cultura y Comunidad o el que en un futuro lo reemplaceserá responsable de dictaminar el cumplimiento de los requisitos descriptos en la presente ordenanza para el otorgamiento de la distinción correspondiente.ARTÍCULO 8º.- REVOCACIÓN. Las distinciones otorgadas pueden ser revocadas por Declaración del cuerpo, aprobada por simple mayoría, cuando la persona distinguida sea condenada por la comisión de un delito.ARTÍCULO 9º.- CRÉASE el Registro de Personas Destacadas en el que se deben asentar las distinciones otorgadas por el Concejo de Representantes, reguladas por la presente Ordenanza y/o anteriores, debiendo consignarse el nombre y apellido de la persona distinguida, la fecha en que se otorgó la distinción y el Nº de Ordenanza o Decreto, según corresponda, que instituyó la misma. El listado actualizado debe publicarse en la Página Web del Concejo de Representantes.-

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 08 de octubre de 2018

CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto del mencionado Cuerpo.Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en la citada Ordenanza.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N
6406 sancionada por el Concejo de Representantes el día 04 de octubre de 2018 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art.
144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 711 / DE / 2018

ARTÍCULO 10º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

Publicado: Octubre de 2018
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 19/10/2018

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha19/10/2018

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones382

Primera edición01/01/2015

Ultima edición10/05/2024

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