Boletín Oficial de Vicente López del 3/11/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Vicente López

Que, nalmente, el artículo 7 hizo expresa mención respecto de la posibilidad de prorrogar el período de suspensión dispuesto en el artículo 2, en función de las eventuales medidas que en el futuro dispusieran los Estados Nacional y Provincial.
Que el período de suspensión establecido en los artículos 2, 3, 4 y 5 del Decreto N 1344/2020, fue prorrogado por Decreto N 1587/2020 hasta el 15 de abril de 2020, por Decreto N 1628/2020 hasta el 26 de abril de 2020, por Decreto N 1686/2020
hasta el 10 de mayo de 2020, por Decreto N 1801/2020 hasta el 24 de mayo de 2020, por Decreto N 1895/2020 hasta el 07
de junio de 2020, por Decreto N 2020/2020 hasta el 28 de junio de 2020, por Decreto N 2213/2020 hasta el 17 de julio de 2020, por Decreto N 2396/2020 hasta el 2 de agosto de 2020, por Decreto N 2476/2020 hasta el 16 de agosto de 2020, por Decreto N 2675/2020 hasta el 30 de agosto de 2020, por Decreto N 2700/2020 hasta el 20 de septiembre de 2020, por Decreto N 2953/2020 hasta el 11 de octubre de 2020, y por Decreto N 3196/2020 hasta el 25 de octubre de 2020 inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.
Que en función de lo expuesto, surge la necesidad de prorrogar nuevamente las medidas oportunamente adoptadas en relación con la suspensión de plazos de los distintos procedimientos administrativos en jurisdicción municipal.
Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias DECRETA
ARTICULO 1º.- Prorrogar desde el 26 de octubre hasta el 08 de noviembre de 2020 inclusive, el período de suspensión establecido en los artículos 2, 3 y 5 del Decreto N 1344/2020, prorrogado a su vez por los Decretos Nros. 1587/2020, 1628/2020, 1686/2020, 1801/2020, 1895/2020, 2020/2020, 2213/2020, 2396/2020, 2476/2020, 2675/2020, 2700/2020, 2953/2020 y 3196/2020, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.ARTICULO 2º.- Disponer, en el ámbito de la Secretaría de Ingresos Públicos y desde el 26 de octubre de 2020, la reanudación de plazos procedimentales cuya suspensión había sido establecida en el artículo 2 y primer párrafo del artículo 4 del Decreto N 1344/2020 y sus sucesivas prórrogas. Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas noticadas comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del período indicado en el Decreto N 3196/2020.
ARTICULO 3º.- Los plazos relativos a los procedimientos de Compras, Concursos y Licitaciones se encuentran excluidos de la presente medida.ARTICULO 4º.- El período de suspensión dispuesto en el artículo 1 podrá ser prorrogado conforme las medidas que dispongan los Estados Nacional y/o Provincial.ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Legal y Técnica, Ingresos Públicos y Hacienda y Finanzas.ARTICULO 6º.- Tomen conocimiento todas las Secretarías del Departamento Ejecutivo, quienes deberán adoptar las medidas conducentes a dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.ARTICULO 7º.- Dar al Registro Municipal de Decretos y, oportunamente, archivar.Fdo: MacriVittoriniAntoniettiAlvarez Decreto Nº 3290/20
Vicente López, 02 de noviembre de 2020
Referencia: EXPTE - 4119-001717/2020
Visto las presentes actuaciones, Conexión e Integración Parque Ribereño Sector Bermúdez-Roma en las que se da cuenta del estado de ocupación clandestina del inmueble ubicado entre el Río de la Plata y las calles José Ingenieros y San Lorenzo, Vicente López, Pcia. de Buenos Aires, identicado como Parcela 12 -según plano de mensura 110-10-2010-, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción VI; Sección H; Manzana 55; inscripto en el Catastro Parcelario Municipal a nombre del Fisco de la Provincia de Buenos Aires; y;
Considerando QUE: según informe de la Dirección General de Obras Particulares y Urbanismo, de la inspección realizada en fecha 3 de agosto de 2020, se observa la estructura de hormigón y muros de mampostería de aproximadamente 70 m2, construida en infracción a la normativa municipal;
QUE: la parcela descripta en el Visto, se encuentra afectada a la traza del Vial Costero, proyectado como Conexión e Integración Parque Ribereño Sector Bermúdez-Roma, por Decreto 3438/2008;
QUE: por Decreto Provincial N 2479/07 del 1 de octubre de 2007, la provincia de Buenos Aires convalidó la modicación al Municipio de Vicente López
Boletin Oficial Municipal
Pag. 14

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Vicente López del 3/11/2020

TítuloBoletín Oficial de Vicente López

PaísArgentina

Fecha03/11/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones165

Primera edición14/07/2017

Ultima edición21/05/2024

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