Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 4/12/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid
Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 232
Miércoles, 4 de diciembre de 2019
ANEXO I
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTION DEL AYUNTAMIENTO
DE____________ A LA DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID PARA
LA TRAMITACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DECLARACIÓN DE
RUINA DE DETERMINADOS INMUEBLES Y PARA LA EJECUCION
SUBSIDIARIA DE LAS MEDIDAS CONTENIDAS EN LAS DECLARACIONES
DE RUINA, ASI COMO PARA EL PROCEDIMIENTO Y EJECUCIÓN
SUBSIDIARIA DE LAS ÓRDENES DE EJECUCIÓN VINCULADAS
DIRECTAMENTE CON LA SEGURIDAD EN EL DOMINIO PÚBLICO.
En Valladolid a____________de ____________de 20__, intervienen De una parte D. Conrado Íscar Ordóñez, Presidente de la Diputación Provincial de Valladolid, De otra parte, D/D_______________________________, Alcalde/sa del Ayuntamiento de _____________________
Ambas partes, que están exceptuadas de reseñar sus circunstancias personales al intervenir por razón de sus cargos
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Miércoles, 4 de diciembre de 2019
Núm. 232
PRIMERO: La Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en su artículo 8 atribuye a los propietarios de terrenos y demás bienes inmuebles la obligación de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, realizando los trabajos precisos para conservar o reponer dichas condiciones, siendo de su cuenta el coste de dichos trabajos hasta el límite del deber legal de conservación.
Cuando el coste de las obras necesarias para mantener o reponer las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato público exceda del límite del deber legal de conservación el Ayuntamiento deberá declarar la ruina total o parcial del inmueble ordenando la demolición del mismo, previa tramitación del procedimiento regulado por los artículos 323 y siguientes del Decreto 22/2004, de 29 de enero, que aprobó el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID
cve: BOPVA-A-2019-04694
BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID
MANIFIESTAN:
En caso de incumplimiento por parte del propietario de los plazos señalados en la declaración de ruina, el Ayuntamiento puede proceder a la ejecución subsidiaria de las medidas dispuestas en ella o bien, resolver la sujeción del inmueble a los regímenes de venta forzosa o sustitución forzosa, salvo si la demora implicase peligro en cuyo caso se aplicarán las medidas previstas para la situación de ruina inminente.
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