Boletín Oficial de Sonora del 10/6/20

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Fuente: Boletín Oficial de Sonora

XIV.

Conforme a los artículos 402, 403 y 404 de la Ley General de Salud, se consideran medidas de seguridad las disposiclones que dicte la autoridad sanitaria competente, de conformidad con los preceptos de esta Ley y demás disposiciones aplicables, para proteger la salud de la población. Las medidas de seguridad se aplicarán sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, correspondiereri, siendo competentes para ordenar o ejecutar medidas de seguridad, la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, y los municipios cuya participación estará determinada, entre otros aspectos, por convenios porque así esté dispuesto en ordenamientos locales;

XV.

Conforme a los artículos 18, fracción V, 104,272, 280 y 285 de la Ley de Salud del Estado de Sonora, se desprende que corresponde a los municipios: Vigilar y hacer cumplir, en la esfera de su competencia, la Ley General de Salud, la ley estatal de salud y demás disposiciones legales aplicables; por necesidades técnicas de los programas específicos de prevención y control de enfermedades y por situaciones que pongan en peligro la salud de la población, podrán acceder al interior de todo tipo de local o casa habitación para el cumplimiento de actividades, en los términos de las disposiciones aplicables;
ejecutar medidas de seguridad que dicten la Secretaría de Salud y los Municipios, en el ámbito de su competencia, y de conformidad con los preceptos de esta ley y demás disposiciones aplicables, para proteger la salud de la población. Las medidas encomendadas a su responsabilidad, para cuyo fin deberán estar debidamente acreditados por alguna de las autoridades sanitarias competentes de seguridad se aplicarán sin perjuicio de las sanciones; la Secretaría de Salud y los Municipios podrán ordenar la inmediata suspensión de trabajos o de servicios o la prohibición de actos de uso,. cuando, de continuar aquéllos, se ponga en peligro la salud de las personas; y las violaciones a los preceptos de la ley estatal de salud, sus reglamentos y demás disposiciones que emanen de ella, serán sancionadas administrativamente por las autoridades sanitarias estatales o municipales, según corresponda, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que se incurra;

XVI.

Que el día 9 de mayo de 2020. se llevó a cabo una reunión de la Sesión Permanente del Consejo Estatal de Salud, en la cual se recomendó sujetarse a la estrategia de "Sistema de Alerta Sanitaria" semáforo definido por la federación, el cual establece una estrategia para la reapertura gradual, ordenada y cauta en tres etapas de las actividades sociales, educativas y económicas; y se sug irieron medidas adicionales. En la citada reunión se acordó lo siguientes:
"Por unanimidad de sus miembros y en relación a la presentación de la Guía para la Construcción de la Nueva Normalidad en Sonora COVID-19, el Consejo Estatal de Salud acuerda lo siguiente:
"1 .- Una vez analizadas las disposiciones _e mitidas por el Gobierno Federal, y en particular los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, la metodología, sus indicadores y la mecánica para su instrumentación; el Consejo Estatal recomienda sujetarse a la estrategia y al "Sistema de Alerta Sanitaria" semáforo definidos por la Federación en los términos de los A cuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación, el miércoles 13, jueves 14 y viernes 15 de mayo de 2020, que establecen una estrategia para la reapertura gradual, ordenada y cauta en tres etapas de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo para evaluar semanalmente, a partir del 01 de junio, el riesgo epidemiológico, p or lo que la selección de las actividades económicas, sociales y educativas y las fechas para su reapertura en el Estado de Sonora, quedarán sujetas a los tiempos y plazos definidos por el Gobierno Federal.

Tomo CCV Hermosillo, Sonora Edición Especial Miércoles 10 de Junio del 2020

Boletin Oficial
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Sonora del 10/6/20

TítuloBoletín Oficial de Sonora

PaísMéxico

Fecha10/06/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2100

Primera edición02/01/1997

Ultima edición25/03/2021

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