Boletín Oficial de Navarra del 7/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Viernes, 7 de agosto de 2020

Número 175 - Página 7645

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 37/2020, de 6 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se prorrogan las medidas establecidas en el Título I del Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19, una vez superada la fase 3
del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Con fecha 22 de julio, se aprobó el Decreto-ley Foral 7/2020, de 22
de julio, por el que se aprueban medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Dicho decreto-ley foral fue publicado el 23 de julio de 2020 en el Boletín Oficial de Navarra número 163 y convalidado por el Parlamento de Navarra con fecha 30 de julio de 2020.
El Título I del citado decreto-ley foral contempla medidas extraordinarias en el ámbito del ocio nocturno como la limitación del horario de cierre a las 2:00 horas de determinados establecimientos dedicados a espectáculos públicos y actividades recreativas y de sociedades gastronómicas y peñas.
Asimismo, también se establecen limitaciones con respecto a las ocupaciones máximas por mesa o grupos de mesas, y limitaciones relacionadas con celebraciones de convivencia y ocio en espacios públicos.
En la disposición adicional segunda, punto 1, de la citada norma se habilita a la persona titular del Departamento de Salud para que, siempre que se justifique en motivos de la evolución sanitaria y de acuerdo con lo señalado en el informe que al respecto se emita por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, pueda prorrogar por períodos de 15 días naturales, las medidas establecidas en el Título I de este decreto-ley foral.
Según el informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, el número de casos confirmados por semana ha ido aumentando progresivamente desde la semana del 6 al 12 de julio hasta la semana del 20 al 25 de julio. Este aumento es debido fundamentalmente al tramo de edad de 15 a 34 años en estas cuatro últimas semanas. Asimismo, en este momento, hay 53 brotes activos, estando los de mayor tamaño relacionados con eventos sociales y de ocio, sobre todo nocturno. En algunos brotes de gran tamaño el 76% de las personas tienen entre 15
y 29 años. La situación, por tanto, sigue siendo frágil y requiere todo el esfuerzo del sistema sanitario y de la población para contener brotes y atajar las cadenas de contagios que puedan darse. En consecuencia, a la vista de los datos y de experiencias de los brotes que se han dado con alto número de casos, se considera necesario prorrogar las medidas del Título I del Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En virtud, del artículo 2.2 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, ORDENO:
1.º Prorrogar por un período de 15 días naturales las medidas establecidas en el Título I del Decreto Ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
2.º Esta orden foral tendrá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 6 de agosto de 2020.La Consejera de Derechos Sociales, María Carmen Maeztu Villanueva Firma por suplencia, de conformidad con el Decreto Foral 19/2020, de 31 de julio, de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra.
F2008873

ORDEN FORAL 38/2020, de 6 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se deja sin efecto la Orden Foral 36/2020, de 22 de julio, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas preventivas para el barrio de Mendillorri Pamplona, como consecuencia de la evolución epidemiológica derivada de COVID-19.
Con fecha 22 de julio, se aprobó la Orden Foral de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas preventivas para el barrio de Mendillorri Pamplona, como consecuencia de la evolución epidemiológica derivada de COVID-19. Dicha Orden Foral fue publicada el 23 de julio en el Boletín Oficial de Navarra y ratificada judicialmente mediante Auto de fecha 23 de julio de 2020.

En el punto tercero de la citada Orden Foral se establece que las medidas serán objeto de seguimiento y evaluación continua y, en todo caso, en un plazo no superior a quince días, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica, pudiendo, a estos efectos, prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto.
Según el informe de Salud Pública y Laboral de Navarra, los casos confirmados relativos a este brote comenzaron a descender desde el 31 de julio y, en estos momentos, se considera que la situación epidemiológica de Mendillorri es comparable a otras zonas de Navarra, por lo que procede el levantamiento de las medidas aprobadas la Orden Foral 36/2020, de 22 de julio, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas preventivas para el barrio de Mendillorri Pamplona, como consecuencia de la evolución epidemiológica derivada de COVID-19.
En virtud del artículo 2.2 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, ORDENO:
1.º Dejar sin efecto la Orden Foral 36/2020, de 22 de julio, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas preventivas para el barrio de Mendillorri Pamplona, como consecuencia de la evolución epidemiológica derivada de COVID-19.
2.º Trasladar la presente Orden Foral, a la Gerencia del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, a la Dirección General de Presidencia y Gobierno Abierto, a la Delegación del Gobierno en Navarra, a la Dirección General de Administración Local y Despoblación, al Ayuntamiento de Pamplona, y a la Secretaría General Técnica de Salud.
3.º Esta orden foral entrará en vigor desde su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 6 de agosto de 2020.La Consejera de Derechos Sociales, María Carmen Maeztu Villanueva Firma por suplencia, de conformidad con el Decreto Foral 19/2020, de 31 de julio, de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra.
F2008830

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones ORDEN FORAL 80/2020, de 22 de julio, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se dispone el cese, a petición propia, de don Ángel Labiano Mangado como Jefe de la Sección de Coordinación de Seguridad del Servicio de Desarrollo de las Políticas de Seguridad de la Dirección General de Interior, del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.
La disposición adicional tercera, apartado 2, del texto refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, prevé que los nombramientos para desempeñar interinamente jefaturas de sección y de negociado podrán ser revocados libremente por el órgano que los hubiese efectuado.
En virtud de todo ello, y de conformidad con las facultades conferidas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, ORDENO:
1.º Disponer el cese, a petición propia, de don Ángel Labiano Mangado como Jefe de la Sección de Coordinación de Seguridad del Servicio de Desarrollo de las Políticas de Seguridad de la Dirección General de Interior, del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, con efectos el día 27 de julio de 2020, siendo su último día de desempeño de la jefatura el 26 de julio de 2020.
2.º Notificar esta orden foral al interesado y trasladarla al Servicio de Desarrollo de las Políticas de Seguridad, a la Dirección General de Interior y a la Dirección General de Función Pública, a los efectos oportunos.
3.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento.
Pamplona, 22 de julio de 2020.El Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, Javier Remírez Apesteguía.
F2008070

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 7/8/2020

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha07/08/2020

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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