Boletín Oficial de Navarra del 6/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 6 de agosto de 2020

Número 173 - Página 7605

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo
1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones ORDEN FORAL 220E/2020, de 31 de julio, de la Consejera de Salud, por la que se delega en la persona titular de la Dirección de Gestión Económica y Servicios Generales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea el ejercicio de la competencia para autorizar modificaciones presupuestarias y movimientos de fondos COVID-19.
El artículo 45.1 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, establece que en el ámbito de sus respectivos departamentos, los titulares de los departamentos del Gobierno de Navarra podrán autorizar transferencias entre créditos del mismo programa.
Asimismo, el artículo 58 de la Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2020, señala que podrán realizarse movimientos de fondos entre las partidas correspondientes al COVID-19, pudiendo crearse las necesarias para una mejor gestión del gasto, correspondiendo la competencia para autorizar los mencionados movimientos de fondos al titular del departamento donde se encuadren las partidas afectadas.
Mediante Orden Foral 337E/2019, de 30 de septiembre, de este órgano, se delega en el Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el ejercicio de la competencia para autorizar las modificaciones presupuestarias a que se refiere el artículo 45.1 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.
Por razones de eficacia y celeridad se considera conveniente delegar en la persona titular de la Dirección de Gestión Económica y Servicios Generales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea el ejercicio de las citadas competencias de gestión económica y presupuestaria.
El artículo 41.2 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, dispone que las Consejeras o Consejeros podrán delegar el ejercicio de sus atribuciones, a excepción de las que se detallan.
En el mismo sentido, el artículo 12 de la Ley Foral 11/2019, de 11
de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que los órganos superiores de la Administración Pública Foral podrán delegar el ejercicio de sus competencias propias en sus organismos públicos y entidades vinculadas o dependientes, cuando resulte conveniente para alcanzar los fines que tengan asignados y mejorar la eficacia de su gestión, y que para la eficacia de la delegación será necesaria la aceptación previa por parte del organismo o entidad, a cuyo favor se hace la delegación.
Visto el informe de la Dirección de Gestión Económica y Servicios Generales, con la conformidad de la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
En consecuencia y en uso de las facultades que me confiere la citada normativa, ORDENO:
1.º Dejar sin efecto la Orden Foral 337E/2019, de 30 de septiembre, de este órgano, por la que se delega en el Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el ejercicio de la competencia para autorizar las modificaciones presupuestarias a que se refiere el artículo 45.1 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.
2.º Delegar en la persona titular de la Dirección de Gestión Económica y Servicios Generales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea el ejercicio de la competencia para autorizar las referidas modificaciones presupuestarias y los movimientos de fondos de COVID-19 entre las partidas correspondientes al COVID-19 del Servicio Navarro de SaludOsasunbidea.
3.º Las resoluciones que se dicten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán a todos los efectos dictadas por la Consejera de Salud.
4.º Trasladar esta Orden Foral a la Consejera de Salud; a la Secretaría General Técnica y al Negociado de Gestión de Resoluciones del Departamento de Salud; al Director Gerente, al Servicio de Régimen Jurídico, a la Dirección de Gestión Económica y Servicios Generales, y al Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea; y a la Intervención Delegada del Departamento de Salud, a los efectos oportunos.
5.º Esta Orden Foral producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 31 de julio de 2020.La Consejera de Salud, Santos Induráin Orduna.
F2008633

CONVOCATORIA para la provisión, mediante concurso de traslado, de dos plazas vacantes de administrativo/a al servicio de la Cámara de Comptos de Navarra. Adjudicación de las plazas y propuesta de nombramiento.
Finalizado el concurso de traslado para la provisión de dos puestos de trabajo de administrativo/a al servicio de la Cámara de Comptos de Navarra, convocado mediante resolución de su presidenta de 11 de febrero de 2020, publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra número 27 y en el Boletín Oficial de Navarra número 40, ambos de 27 de febrero de 2020 y a la vista de las puntuaciones obtenidas por las aspirantes aprobadas, ordenadas conforme a la relación remitida por el Tribunal calificador el pasado 27 de julio de 2020, de conformidad con lo dispuesto en la base 8., apartado 3, de la convocatoria, esta Presidencia en uso de sus facultades y competencias, HA RESUELTO:
Primero.Adjudicar las plazas vacantes convocadas y nombrar funcionarias de la Cámara de Comptos de Navarra, para los puestos de trabajo de administrativo/a, a M. Dolores García Fuentes y a Mercedes Hernández Asirón, por ser las candidatas que han obtenido la mayor puntuación en el concurso de traslado convocado.
Segundo.Determinar que las interesadas, de conformidad con lo dispuesto en la base 9., apartado 1, de la convocatoria, deberán ocupar los puestos de trabajo adjudicados, tomando posesión del mismo dentro de los 10 días naturales siguientes a la notificación de la resolución de nombramiento, entendiéndose que renuncian a los derechos derivados de las actuaciones del concurso en el caso de que no tomasen posesión de su plaza en el plazo señalado.
Tercero.Disponer la publicación de esta resolución de nombramiento en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en el Boletín Oficial de Navarra, así como ordenar su notificación a las interesadas.
Pamplona, 28 de julio de 2020.La Presidenta, Asunción Olaechea Estanga.
F2008281

1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
ORDEN FORAL 42E/2020, de 26 de junio, de la Consejera de Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención Convocatoria de ayudas en régimen de evaluación individualizada, para la realización de cursos de formación de monitor/a o entrenador/a deportivo/a. Identificación BDNS: 515473.
La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, en su artículo 84 establece que la Administración de la Comunidad Foral impulsará la formación en el ámbito de las actividades deportivas. Así mismo, en su artículo 85 contempla la exigencia de poseer la correspondiente titulación de acuerdo con la normativa vigente en la materia, para todos aquellos que presten servicios de naturaleza técnico-deportiva.
La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones constituye el marco regulador común para todo tipo de ayudas públicas y en ella se establecen los principios generales, conceptos, criterios, competencias, obligaciones y responsabilidades, así como el procedimiento de concesión, gestión y control. En su artículo 17.1 dispone que la concesión de subvenciones se tramite en régimen de concurrencia competitiva, salvo que en casos debidamente justificados, el Gobierno autorice el régimen de evaluación individualizada.
Desde el Instituto Navarro del Deporte se han observado ciertas carencias en la formación de monitores/as y entrenadores/as que intervienen en el deporte de base. Esta circunstancia es motivo de preocupación en la media que afecta a las condiciones de calidad y seguridad que deben reunir las actividades dirigidas a menores. Por esta razón se ha establecido una estrategia para que todos los/as monitores/as y entrenadores/as que acompañan y dirigen a deportistas en competiciones de menores dispongan de una formación y titulación adecuadas.
Las formaciones de técnicos/as deportivos/as están experimentando en los últimos años un desarrollo cuantitativo y cualitativo muy significativo tanto en el ámbito de las enseñanzas regladas de régimen especial reguladas por el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, como en las previstas en su disposición transitoria primera. Como consecuencia de las exigencias que contraen estas formaciones, se ha producido un encarecimiento de los cursos que conducen a la obtención de los diplomas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 6/8/2020

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha06/08/2020

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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