Boletín Oficial de Navarra del 30/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Martes, 30 de junio de 2020

Número 143 - Página 6401

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 20/2020, de 25 de junio, del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, por la que se modifica la Orden Foral 17/2020, de 13 de mayo, por la que se establece el procedimiento de concesión de las ayudas a las trabajadoras y trabajadores autónomos reguladas en el Decreto-ley Foral 3/2020, de 15 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Por Orden Foral 17/2020, de 13 de mayo, del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial se estableció el procedimiento de concesión de las ayudas a las trabajadoras y trabajadores autónomos reguladas en el Decreto-ley Foral 3/2020, de 15 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19. Esta Orden Foral fue objeto de una primera modificación por la Orden Foral 18/2020, de 29 de mayo, del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial.
Con posterioridad, el artículo 2 del citado Decreto-ley Foral 3/2020, de 15 de abril, ha sido modificado por la Disposición final sexta del Decreto-ley Foral 6/2020, de 17 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19. La modificación viene motivada por el carácter intermitente de las actividades desarrolladas por las y los trabajadores autónomos del sector cultural, lo que obliga a modular en estos casos el requisito de hallarse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en Navarra y en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en una Mutualidad de Previsión Social, durante el periodo comprendido entre la declaración del estado de alarma y la solicitud de la ayuda. De forma que dichas personas podrán obtener la ayuda de 700 euros por reducción de facturación, siempre que hubieran permanecido de alta en el citado impuesto y régimen o mutualidad, al menos, 4 meses o 120 días en los doce meses anteriores a la declaración del estado de alarma el 14 de marzo de 2020.
A la vista de lo cual, resulta oportuno modificar en el mismo sentido la Orden Foral 17/2020, de 13 de mayo, del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial.
En consecuencia, de conformidad con el artículo 41.1.g de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, ORDENO:
Artículo único. Modificación de la Orden Foral 17/2020, de 13 de mayo, del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial se estableció el procedimiento de concesión de las ayudas a las trabajadoras y trabajadores autónomos reguladas en el Decreto-ley Foral 3/2020, de 15 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19.
La citada Orden Foral queda modificada en los siguientes términos:
Uno.Se modifica la letra a del apartado 2.1.2 del artículo 2, cuya redacción será la siguiente:
a No haber cesado en su actividad y permanecer de alta como autónoma o autónomo en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en una Mutualidad de Previsión Social, así como en el Impuesto sobre Actividades Económicas en Navarra, durante el periodo comprendido entre la fecha de la declaración del estado de alarma y la de solicitud de la ayuda. Este requisito se acreditará mediante los recibos correspondientes o por cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
En el caso de las trabajadoras y trabajadores de las actividades del sector cultural a que se hace referencia en la letra b, será suficiente con que hubiesen estado de alta en los citados régimen o mutualidad e impuesto durante, al menos, 4 meses o 120 días en los doce meses anteriores a la declaración del estado de alarma el 14 de marzo de 2020.
Dos.Se modifica la letra a del apartado 2.2 del artículo 2, cuya redacción será la siguiente:
a Tener el domicilio fiscal en Navarra a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF y hallarse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas IAE también en la Comunidad Foral, en la fecha de declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2000
el 14 de marzo de 2020. En el caso de las y los trabajadores del sector cultural, el requisito respecto al IAE será el establecido en la letra a del apartado 2.1.2 anterior.
Están exentas del requisito relativo al IAE las socias y socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado y quienes desarrollen actividades no sujetas en Navarra al Impuesto sobre Actividades Económicas
actividades agrícolas o forestales, ganadería dependiente, ganadería integrada y representantes de comercio.
Disposición final única.Entrada en vigor.
Esta Orden Foral entrará en vigor el día su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 25 de junio de 2020.El Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, Manuel Ayerdi Olaizola.
F2006686

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo RESOLUCIÓN 1406/2020, de 8 de junio, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes del puesto de trabajo de Encargado de Biblioteca, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Mediante Resolución 306/2020, de 3 de febrero, de la Directora General de Función Pública, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes del puesto de trabajo de Encargado de Biblioteca, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Dicha Resolución se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 41, de 28 de febrero de 2020.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes y no habiendo aspirantes excluidos, procede, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 36 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo y la base 5 de la convocatoria, la aprobación directa de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, HE RESUELTO:
1.º Aprobar la lista definitiva, que figura como Anexo, de personas aspirantes admitidas y excluidas en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes del puesto de trabajo de Encargado de Biblioteca, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
2.º Trasladar la presente Resolución a los miembros del Tribunal calificador y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, significando a las personas interesadas que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en el plazo de un mes contado desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la disposición adicional octava del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, a los efectos oportunos.
Pamplona, 8 de junio de 2020.La Directora General de Función Pública, Amaia Goñi Lacabe.
ANEXO - CONCURSO DE TRASLADO DE ENCARGADO
DE BIBLIOTECA
Lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas Admitidas
ARAGONES ESTELLA, ESPERANZA
AZPIROZ IRIBAS, PABLO JESUS
BARIAIN AYAPE, BLANCA ESTHER
BLANCO LAFUENTE, EVA
CANTERO SAIZ, BEATRIZ
COMAS AMADOR, MARIA JOSE
DE ANTONIO GURUCEAGA, VIRGINIA
DIAZ GONZALEZ, ALICIA
DIEZ AJONA, MARIA ASUNCION
FERNANDEZ BORTIRI, MIGUEL RAMON
GARCIA CAMARA, JUAN MANUEL
GUERRERO ASPURZ, MARIA CARMEN
IBAÑEZ AGUIRRE, MARIA AMAIA
IBAÑEZ OTAZU, DIANA
IRULEGUI CASI, LAURA
ISO IRIBARREN, RAFAEL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 30/6/2020

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha30/06/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4825

Primera edición02/03/2001

Ultima edición28/05/2024

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