Boletín Oficial de Navarra del 4/6/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 4 de junio de 2020

Número 120 - Página 5673

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.3. ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y
URBANISMO
ORDEN FORAL 41E/2020, de 18 de mayo, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de planeamiento municipal para incorporación de una parcela al suelo urbano del núcleo con el que es limítrofe, para desarrollo de una vivienda unifamiliar, en polígono 1, parcela 253, de Aizkorbe Arakil, promovido por Carlos Arellano Gurbindo.
El Ayuntamiento de Arakil ha presentado ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.
Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.
Resultando que el interesado ha manifestado su conformidad con la no suspensión de plazos del procedimiento, al amparo de lo establecido en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, ORDENO:
1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación de planeamiento municipal para incorporación de una parcela al suelo urbano del núcleo con el que es limítrofe, para desarrollo de una vivienda unifamiliar, en polígono 1, parcela 253, de Aizkorbe Arakil, promovido por Carlos Arellano Gurbindo.
2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3.º Notificar esta Orden Foral a Carlos Arellano Gurbindo y al Ayuntamiento de Arakil a los efectos de que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.
Pamplona, 18 de mayo de 2020.El Consejero del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Ayerdi Fernández de Barrena.
F2005075

1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
ORDEN FORAL 163/2020, de 25 de mayo, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de ayudas económicas para favorecer la conciliación a familias monoparentales, para el año 2020. Identificación BDNS:
508331.
Mediante Orden Foral 159/2020, de 12 de mayo, de la Consejera de Derechos Sociales, se han aprobado las bases reguladoras para la concesión, entre otras, de ayudas económicas para favorecer la conciliación a familias monoparentales, para las anualidades de 2020 a 2023.
La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas tiene, entre otras funciones y objetivos, la de coordinación, impulso y evaluación de las actuaciones reflejadas en el II Plan de Apoyo a la Familia, la Infancia y la Adolescencia así como el fomento, coordinación, gestión y seguimiento de los programas destinados a la Familia.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a éstas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social.
Por medio de Acuerdo de Gobierno se autorizó la concesión de estas ayudas en régimen de evaluación individualizada, lo que supone que los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello. En caso de agotarse los recursos presupuestarios disponibles para cada convocatoria, las solicitudes serán desestimadas.
Finalmente señalar que no obstante la suspensión de términos e interrupción de plazos administrativos establecido por la Disposición Adicional 3.º del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la misma disposición señala que el órgano competente mediante resolución motivada podrá acordar la continuación de aquellos procedimientos que sean indispensables para la protección del interés general. La tramitación de la presente convocatoria de ayudas es de interés general para las familias y el apoyo en las circunstancias actuales provocadas por el impacto del COVID-19 aumenta el interés general de la convocatoria lo que justifica la tramitación de la misma.
Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés social, así como la legalidad de las bases reguladoras.
En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, y por el Decreto Foral 268/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, ORDENO:
1.º Aprobar la convocatoria para la concesión de las ayudas económicas para favorecer la conciliación a familias monoparentales para el año 2020, conforme a las bases reguladoras aprobadas por Orden Foral 159/2020, de 12 de mayo, de la Consejera de Derechos Sociales.
2.º Autorizar un gasto de 124.200 euros con cargo a la partida presupuestaria 920006 93300 4809 231507 denominada Ayudas a la conciliación del Presupuesto de gastos del año 2020.
3.º Establecer los importes correspondientes a cada subvención que para el año 2020 serán los siguientes:
a 800 euros cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM anual: 11.294,64 euros.
b 500 euros cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea superior a 1,5 veces IPREM anual 11.294,64 euros e inferior a 2 veces el IPREM anual 15.059,52 euros.
4.º En caso de insuficiencia presupuestaria para atender a todas las solicitudes, el gasto autorizado podrá ampliarse en 62.000 euros adicionales a través del correspondiente incremento presupuestario. Esta cuantía queda condicionada a la autorización del crédito adicional como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 31 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
La autorización y publicidad del incremento de gasto adicional no implicará la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver y notificar.
5.º Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
6.º Trasladar esta Orden Foral a la Subdirección de Familia y Menores de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, y al Centro Contable y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Derechos Sociales, así como a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos oportunos.
7.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 25 de mayo de 2020.La Consejera de Derechos Sociales, M. Carmen Maeztu Villafranca.
F2005226

ORDEN FORAL 39E/2020, de 1 de junio, la Consejera de Relaciones Ciudadanas, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención para la utilización del euskera en prensa escrita, radios y medios de comunicación online para el año 2020. Identificación BDNS: 508334.
La Ley Foral 18/1986 de 15 de diciembre, del euskera, en su artículo 27
insta a las Administraciones Públicas de Navarra a promover la progresiva presencia del euskera en los medios de comunicación social públicos y privados.
Para dar cumplimiento a dicha obligación legal Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera tiene atribuida la función de promover la progresiva

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 4/6/2020

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha04/06/2020

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4833

Primera edición02/03/2001

Ultima edición07/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2020>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930