Boletín Oficial de Navarra del 9/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Página 298 - Número 5

Jueves, 9 de enero de 2020

propios de la beneficiaria y deberán incluir los municipales propios del Ayuntamiento así como señalar su condición de colaborador.
d El Ayuntamiento se reserva la capacidad de publicitar aquellas actividades que subvencione indicando en ellas su carácter de colaborador en la actividad.
e Será requisito para la percepción de subvenciones con cargo al Presupuesto del Ayuntamiento el cumplimiento por los beneficiarios de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en su caso.
f Devolver las subvenciones que le hubieren sido abonadas en caso de comprobación de la falta de destino de las mismas a las actividades, programas o proyectos para los que fueron reconocidas, o en el caso de incumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en la presente convocatoria.
g Someterse a las actuaciones de comprobación a realizar por los diferentes órganos de control competentes, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de dichas funciones.
Justificación y cobro
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrán interponerse los siguientes recursos:
a Con carácter potestativo, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la presente notificación artículo 337.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra.
b Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación artículo 124 LPACAP.
c Directamente esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición se podrá presentar un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, para lo que se establece un plazo de dos meses a contar desde la fecha de notificación de este acto artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Tiebas, 25 de noviembre de 2019.La Alcaldesa, Yolanda Obanos Irure.
L1915265

Decimoprimero.
Las beneficiarias de las subvenciones deberán haber realizado la actividad subvencionada y presentar en el Ayuntamiento antes del 31 de enero de cada anualidad, la siguiente documentación:
a Memoria detallada de la actividad realizada.
b Certificado expedido por la Secretaria de la Entidad acreditativo de que las facturas que se presenten como justificantes, han sido aprobadas por el órgano competente.
c Facturas derivadas de la ejecución de la actividad, proyecto o programa por la que se reconoció la subvención.
d Certificado expedido por la Secretaria de la Entidad acreditativo de los ingresos obtenidos por dicha actividad.
e Un ejemplar de toda la documentación impresa generada por la actividad.
Decimosegundo.
Las facturas a que hace referencia el artículo anterior habrán de reunir los siguientes requisitos:
a Ser originales o fotocopias compulsadas por la Secretaria.
b Estar datadas durante el año en que se haya concedido la subvención y si se trata de una actividad puntual en la fecha correspondiente a la mencionada actividad.
c Contener el D.N.I. o número de licencia fiscal del perceptor.
d Contener el sello de la casa suministradora y la firma.
e Ajustarse al presupuesto presentado al formular la solicitud.
Decimotercero.
En lo no previsto en las presentes Bases, se aplicará la Ley General de Subvenciones 38/2003, de17 de noviembre.
ANEXO 1
Instancia individualizada por cada actividad.
ANEXO 2
Ficha económica.
ANEXO 3
Solicitud de abono por transferencia.
Los archivos a descargar están en formato PDF.

ULTZAMA
Aprobación inicial de la Plantilla Orgánica para 2020
El Pleno del Ayuntamiento de Ultzama, en sesión ordinaria celebrada el día 11 de diciembre de 2019, aprobó inicialmente la Plantilla Orgánica para el Ejercicio 2020. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 202
de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, por remisión del artículo 235 de la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra, la plantilla orgánica aprobada inicialmente se somete al trámite de Información Pública en la Secretaría Municipal por periodo de quince días hábiles, previo Anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento, a fin de que los vecinos y/o interesados puedan examinar el Expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Si no se formulan reclamaciones una vez transcurrido el periodo de exposición pública la Plantilla Orgánica se entenderá aprobada definitivamente.
Larraintzar, Valle de Ultzama, 11 de diciembre de 2019.El Alcalde, Martín M. Picabea Aguirre.
L1916141

URRITZOLA
Aprobación inicial del Presupuesto de 2020
El Concejo de Urritzola en reunión celebrada el día 7 de diciembre de 2019, aprobó inicialmente, con la mayoría legalmente exigida y siguiendo los trámites establecidos en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y demás legislación vigente, el Presupuesto general único del Concejo de Urritzola para el año 2020 y sus bases de ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 202 de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra y 216 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, dicho expediente permanecerá expuesto al público durante quince días hábiles, a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del Concejo, a fin de que pueda ser examinado por los interesados y puedan formularse las reclamaciones oportunas.
Si se formularan reclamaciones, el Concejo adoptará acuerdo expreso relativo a la resolución de aquellas y procederá a la aprobación definitiva del presupuesto. Si no se formulan reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente, una vez transcurrido el periodo de exposición pública señalado anteriormente.
Urritzola, 7 de diciembre de 2019.El Presidente, Fermin Mariñelarena Iraizoz.
L1916465

Boletín Oficial de Navarra, calle Esquíroz, 20 bis, 31007 Pamplona. Teléfono: 848 42 12 50. Fax: 848 42 12 40. bon@navarra.es Edición: Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior. Boletín Oficial de Navarra Periodicidad: De lunes a viernes excepto festivos en la Comunidad Foral de Navarra Tasas por publicación: Artículo 35 de la Ley Foral de Tasas y Precios Públicos
D.L. NA. 1-1958 ISSN 2253-9646

www.bon.navarra.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 9/1/2020

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha09/01/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4833

Primera edición02/03/2001

Ultima edición07/06/2024

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