Boletín Oficial de Navarra del 17/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Página 14282 - Número 246

Martes, 17 de diciembre de 2019

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS

1.7. OTROS

CORRECCIÓN DE ERRORES en la publicación de las bases regulado ras y la convocatoria para 20192020 de las ayudas a inversiones en la mejora de la bioseguridad de las explotaciones ganaderas, aprobada mediante la Resolución 91/2019, de 29 de octubre, del Director General de Desarrollo Rural.

RESOLUCIÓN 338E/2019, de 23 de noviembre, del Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se modifica de oficio la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Fabricación Vidrio Plano, cuyo titular es Guardian Industries Navarra, S.L., ubicada en término municipal de Tudela.

El Boletín Oficial de Navarra número 238, de 4 de diciembre de 2019, publica la convocatoria de ayudas citada en el asunto. Se ha comprobado un error en la base 12 del Anexo I, relativa a la solicitud de ayuda y documentación, que consiste en la omisión de un primer número en el que se establece el plazo de presentación de solicitudes. Concretamente:
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de será de 30
días a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Se ha comprobado que la resolución aprobada incluye el punto citado, mientras que por un error en el tratamiento del fichero, se ha suprimido en el texto remitido al Boletín Oficial de Navarra para su publicación.
El texto suprimido establece un plazo de presentación de las solicitudes de 30 días a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Navarra. Considerando que la transcripción literal del texto original puede generar confusión respecto a dicho plazo se propone que la corrección haga referencia a la fecha en que se publica la propia corrección.
El texto publicado es el siguiente:

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 0156/05, de 13 de enero, del Director General de Medio Ambiente, actualizada posteriormente por la Resolución 46E/2014, de 5 de febrero, del Director General de Medio Ambiente y Agua.
Con fecha 17/10/2019, el titular ha presentado una Declaración responsable de fecha 30/10/2018, asumiendo que ha desarrollado un análisis de riesgos medioambientales de la actividad y ha calculado una cuantía 1.859.291 euros para la garantía financiera correspondiente, de acuerdo con la metodología definida en el artículo 33 del Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. Asimismo, declara que la actividad se encuentra adherida con carácter permanente y continuado al sistema de gestión medioambiental UNE-EN-ISO 14001.
En consecuencia, la actividad cumple la condición prevista en el artículo 28 b de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, por lo que el titular queda exento de constituir una garantía financiera obligatoria, y por ello, procede modificar el Anejo V de la autorización ambiental integrada de la instalación con el fin de eliminar la obligatoriedad de establecer dicha garantía financiera.
Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en la letra d del artículo 27 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, y en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la Autorización Ambiental Integrada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el artículo 28 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, no considerándose oportuno someter a información pública el presente expediente de modificación.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente, RESUELVO:
Primero.Modificar de oficio la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Fabricación Vidrio Plano, cuyo titular es Guardian Industries Navarra, S.L., ubicada en término municipal de Tudela, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en los correspondientes expedientes administrativos de Autorización Ambiental Integrada de esta instalación y, además, las condiciones incluidas en el Anejo de la presente Resolución.
Segundo.El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente Resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el Título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el Título VI de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.
Tercero.Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Cuarto.Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución Quinto.Trasladar la presente Resolución a Guardian Industries Navarra, S.L., al Ayuntamiento de Tudela y al Servicio de Protección Civil y Emergencias, a los efectos oportunos.
Pamplona, 23 de noviembre de 2019.El Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Base 12.Solicitud de ayuda y documentación.
1. Las solicitudes se dirigirán al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, debiendo presentarse en el Registro de dicho Departamento.
Asimismo podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como telemáticamente a través del Catálogo de Trámites del portal de Internet del Gobierno de Navarra.
2. La solicitud se presentará en el modelo establecido al efecto, que puede obtenerse en el Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, y en el Catálogo de Trámites del portal de Internet del Gobierno de Navarra www.navarra.es, y deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a Fotocopia del NIF o CIF de la solicitante y en el caso de personas físicas con nacionalidad distinta a la de un país de la Unión Europea, permiso de residencia permanente.
b Autorizaciones ambientales o su solicitud, escrituras de constitución de sociedades, memorias valoradas, presupuestos y/o facturas proforma y todas aquellas derivadas de la aplicación de estas bases reguladoras.
3. La persona beneficiaria deberá presentar una única solicitud por convocatoria.
El texto propuesto para publicar como corrección es el siguiente:
Base 12.Solicitud de ayuda y documentación.
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de será de 30
días a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente corrección de errores en el Boletín Oficial de Navarra.
2. Las solicitudes se dirigirán al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, debiendo presentarse en el Registro de dicho Departamento. Asimismo podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como telemáticamente a través del Catálogo de Trámites del portal de Internet del Gobierno de Navarra.
3. La solicitud se presentará en el modelo establecido al efecto, que puede obtenerse en el Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, y en el Catálogo de Trámites del portal de Internet del Gobierno de Navarra www.navarra.es, y deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a Fotocopia del NIF o CIF de la solicitante y en el caso de personas físicas con nacionalidad distinta a la de un país de la Unión Europea, permiso de residencia permanente.
b Autorizaciones ambientales o su solicitud, escrituras de constitución de sociedades, memorias valoradas, presupuestos y/o facturas proforma y todas aquellas derivadas de la aplicación de estas bases reguladoras.
4. La persona beneficiaria deberá presentar una única solicitud por convocatoria.
Pamplona, 5 de diciembre de 2019.El Director General de Desarrollo Rural, Fernando Santafé Aranda.
F1915595

Nota: Los anexos a que se refiere la presente Resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - Planta Baja, Servicio de Economía Circular

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 17/12/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha17/12/2019

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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