Boletín Oficial de Navarra del 3/9/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Martes, 3 de septiembre de 2019

Número 173 - Página 11037

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones CORRECCIÓN DE ERRATAS al Decreto Foral 108/2019, de 14 de agosto, por el que se nombra a don Guzmán Garmendia Pérez Director General de Transformación Digital.
Advertido un error en el texto del Decreto Foral 108/2019, de 14 de agosto, por el que se nombra Director General de Transformación Digital a don Guzmán Garmendia Pérez, publicado en el Boletín Oficial de Navarra, número 160, de 16 de agosto de 2019, procede efectuar la correspondiente corrección:
Donde dice:
DECRETO FORAL 108/2019, de 14 de agosto, por el que se nombra Director General de Transformación Digital a don Guzmán Garmendia Pérez.
Debe decir:
DECRETO FORAL 108/2019, de 14 de agosto, por el que se nombra Director General de Transformación Digital a don Guzmán Miguel Garmendia Pérez.
Y donde dice:
1.º Nombrar Director General de Transformación Digital a don Guzmán Garmendia Pérez, con efectos desde el día 15 de agosto de 2019.
Debe decir:
1.º Nombrar Director General de Transformación Digital a don Guzmán Miguel Garmendia Pérez, con efectos desde el día 15 de agosto de 2019.
Pamplona, 21 de agosto de 2019.El Consejero de Universidad, Innovación y transformación Digital, Juan Cruz Cigudosa García.
F1911167

ORDEN FORAL 115/2019, de 22 de agosto, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se designa a quienes han de suplir temporalmente al titular de la Secretaría General Técnica del Departamento.
El artículo 16.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que la persona titular de cada Departamento designará mediante Orden Foral quién deba suplir temporalmente a las personas titulares de las Direcciones Generales, Secretaría General Técnica, y de otros órganos directamente dependientes de ellas, en casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de los mismos, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación.
El apartado 6 del precepto dispone que para la validez de la suplencia no será necesaria su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, salvo que así se establezca para supuestos concretos.
En su virtud, de conformidad con el precepto legal citado, ORDENO:
1.º En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal, suplirán temporalmente a la persona titular de la Secretaría General Técnica del Departamento, los titulares de los órganos y conforme al orden siguiente:
a Sección de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica.
b Servicio de Secretariado del Gobierno y Acción Normativa.
c Servicio de Régimen Jurídico de Interior.
2.º Trasladar la presente orden foral a la Secretaría General Técnica, al Servicio de Secretariado del Gobierno y Acción Normativa y al Servicio de Régimen Jurídico de Interior, a los efectos oportunos.
3.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento.
Pamplona, 22 de agosto de 2019.El Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, Javier Remírez Apesteguía.
F1911206

ORDEN FORAL 116/2019, de 22 de agosto, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se delega el ejercicio de atribuciones en el Director General de Presidencia y Gobierno Abierto.
El artículo 41.2 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, dispone que las Consejeras o Consejeros podrán delegar el ejercicio de sus atribuciones.

A fin de lograr el conveniente dinamismo en el desarrollo de las actividades propias del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, se considera necesario delegar en el Director General de Presidencia y Gobierno Abierto el ejercicio de las atribuciones que corresponden al Consejero en materia de certificación de las decisiones adoptadas por el Gobierno de Navarra, a que se refiere el artículo 5
apartado 3 del Decreto Foral 39/2005, de 24 de febrero, de funcionamiento del Gobierno de Navarra.
En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 41.2 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, ORDENO:
1.º Se delega en el Director General de Presidencia y Gobierno Abierto el ejercicio de las atribuciones referidas a la certificación de las decisiones adoptadas por el Gobierno de Navarra.
2.º En las certificaciones que se extiendan en virtud de la delegación conferida por esta orden foral se hará constar expresamente esta circunstancia.
3.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 22 de agosto de 2019.El Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, Javier Remírez Apesteguía.
F1911207

ORDEN FORAL 118/2019, de 23 de agosto, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se delega en la Consejera de Salud la resolución de los recursos de alzada en materia de personal del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 126.1.c de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con el 121.
1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, corresponde a la persona titular del departamento competente en materia de función pública, la resolución de los recursos de alzada relativos a todos los actos dictados en dicha materia por cualquier órgano de la Administración Pública Foral de rango inferior al de Consejera o Consejero. Idéntica atribución realiza el apartado g del artículo 2 del Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos; y en relación con el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el artículo 110 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los estatutos de este organismo autónomo.
No obstante, el artículo 9.h del citado Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, en lo relativo al personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, atribuye a este organismo autónomo la tramitación de los recursos de alzada en materia de personal.
La experiencia adquirida indica que delegar en la persona titular del Departamento de Salud la resolución de los recursos de alzada en materia de personal del personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, contribuye al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6.2.j de la mencionada Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, que determina que la Administración Pública Foral ajustará su actuación y funcionamiento, entre otros, al principio de racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos, por estar ese organismo autónomo adscrito a su Departamento artículo 2 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, y por tener atribuida esta Consejera la resolución de la generalidad de los recursos de alzada relativos al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea artículo 126.1 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo y artículo 110.1 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre.
El artículo 41.2 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, dispone que las Consejeras o Consejeros podrán delegar el ejercicio de sus atribuciones.
En el mismo sentido, el artículo 11.1 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que el ejercicio de las competencias propias de los órganos podrán ser delegadas en otros de igual o inferior rango. En cuanto a la competencia de resolución de recursos, la letra f del apartado 2 de este último precepto, solamente excluye su delegación en los órganos que hayan dictado los actos recurridos.
Por último, debe señalarse que esta delegación se realiza sin perjuicio de la emisión del informe previo y preceptivo de la Dirección General de Función Pública, previsto en la letra o del artículo 4 del Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, puesto que conforme al artículo 11.6 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, las órdenes forales que se dicten en virtud de esta delegación se consideran a todos los efectos dictadas por el Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior. Por lo tanto, estos recursos de alzada deberán ser informados por la Dirección

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 3/9/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha03/09/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930