Boletín Oficial de Navarra del 26/3/2001

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

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Lunes, 26 de marzo de 2001

B.O. de NavarraNúmero 38

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AUTORIZACION ADMINISTRATIVA de nueva instalación eléctrica en Murieta. Expediente número 6853 A.T.-JAA/AL.
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Otras Disposiciones ORDEN FORAL 238/2001, de 20 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Lodosa, en la Zona Urbana de Nuevo Diseño 1 Z.U.N.D.-1, promovido por el Ayuntamiento de Lodosa y la Orden de los Padres Agustinos Recoletos.
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RESOLUCION 111/2001, de 21 de febrero, del Director General de Educación, por la que se convocan pruebas de evaluación para la obtención del Título de Graduado Escolar mediante la Prueba de régimen de Enseñanza Libre en el curso 2000/2001.
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RESOLUCION 112/2001, de 21 de febrero, del Director General de Educación, por la que se
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convocan pruebas libres para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria por personas mayores de 18 años en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
RESOLUCION 148/2001, de 23 de febrero, del Director General de Educación, por la que se adjudican las rutas del Programa Escuelas Viajeras, en la Comunidad Foral de Navarra para 2001.
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA. Edicto de notificación.
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA Y TECNOLOGIA, COMERCIO, TURISMO Y TRABAJO.
Servicio Navarro de Empleo. Edicto de notificación de denegación de contratación de minusválido.
III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
ESTELLA. Aprobación definitiva de Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Estella para el año 2001.
VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

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I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Disposiciones Generales. Ordenes Forales ORDEN FORAL 48/2001, de 26 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos F-50, en pesetas y en euros, de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de sus hojas interiores por soportes directamente legibles por ordenador.
El Decreto Foral 265/1996, de 1 de julio, por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas, establece la obligación de los empresarios y profesionales de suministrar, con carácter periódico, información referida a dichas operaciones.
A estos efectos, la Orden Foral 15/1997, de 27 de enero, del Consejero de Economía y Hacienda, aprobó el modelo F-50 correspondiente a la declaración anual de operaciones con terceras personas, así como las instrucciones para su presentación en soporte magnético.
La necesaria adaptación del modelo F-50 a las actuales características y directrices que regulan el resto de modelos informativos de declaración exige la modificación del contenido del mismo. En este sentido se equiparan las condiciones y diseños de los soportes directamente legibles por ordenador a los establecidos para otro tipo de declaraciones informativas que deben presentarse ante la Administración tributaria. Con ello se posibilita un más adecuado tratamiento de la información suministrada, al mismo tiempo que se facilita a los obligados tributarios el cumplimiento con este deber de información.
El artículo 6.º del mencionado Decreto Foral 265/1996, de 1 de julio, faculta al Departamento de Economía y Hacienda para aprobar el modelo oficial al que deberá ajustarse la declaración anual de operaciones con terceras personas, así como para aprobar las condiciones y diseño en que dicha declaración podrá presentarse en soporte directamente legible por ordenador o mediante transmisión por vía telemática y para establecer las circunstancias en que dicha presentación sea obligatoria.
Igualmente, se permite al referido Departamento para que autorice la presentación de declaraciones por medio de soportes colectivos directamente legibles por ordenador.
Además, debe significarse que los modelos de declaración que se aprueban por la presente Orden Foral son objeto de la necesaria adecuación a la adopción de la moneda única europea, el euro, por España el 1 de enero de 1999. Así, mediante la presente Orden Foral el Consejero de Economía y Hacienda, de acuerdo con la habilitación prevista en el artículo 33 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre la introducción del euro, aprueba el modelo F-50 de declaración anual de operaciones con terceras personas en euros, determinándose, asimismo, los requisitos para la utilización del citado modelo en euros.
El artículo 36.2.b de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral, atribuye a los Consejeros, en relación con las competencias propias de su Departamento, el ejercicio, mediante Orden Foral, de la potestad reglamentaria.

En consecuencia y haciendo uso de tal atribución, ORDENO:
Primero.Aprobación de los modelos F-50, en pesetas y en euros.
1. Se aprueban los modelos F-50, en pesetas y euros, Declaración anual de operaciones con terceras personas. Dichos modelos, que figuran en los anexos I y II de la presente Orden Foral, se componen de los siguientes documentos:
a Hoja-resumen, que comprende dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.
b Hojas interiores de personas o entidades relacionadas en la declaración, cada una de las cuales consta, asimismo, de dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.
c Hoja anexo de relación de los arrendadores de locales de negocio, que también consta de dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.
2. El modelo F-50 en pesetas que figura en el anexo I de la presente Orden Foral deberá ser utilizado, con carácter general, por aquellos obligados a suministrar información que no puedan utilizar el modelo F-50 en euros que figura en el anexo II de la misma o que, pudiendo utilizar este último modelo en el supuesto y condiciones dispuestas en el número siguiente de este apartado, no opten por realizar la declaración en euros.
3. El modelo F-50 en euros que figura en el anexo II de la presente Orden Foral podrá ser utilizado por aquellos declarantes que hayan ejercitado la opción de expresar en euros las anotaciones en sus libros de contabilidad, o en los registros exigidos por la normativa fiscal, desde el primer día del ejercicio económico correspondiente al año a que se refiera la declaración anual.
El ejercicio de la opción de utilizar el modelo F-50 en euros se entenderá realizado mediante la mera presentación del citado modelo.
La opción de utilización del modelo F-50 en euros tiene carácter irrevocable y abarca a la totalidad de declaraciones anuales con terceras personas que deba presentar el obligado al suministro de la información. A partir de este momento no se podrán utilizar los modelos F-50 en pesetas, salvo que concurran casos excepcionales de utilización de la unidad de cuenta peseta en los términos del apartado Tres del artículo 27 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, y que se mencionan en el Real Decreto 2814/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de la introducción del euro. En este caso, deberá comunicarse tal situación al Departamento de Economía y Hacienda.
Segundo.Aprobación de los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador de los modelos F-50, en pesetas o en euros.
1. Se aprueban los diseños físicos y lógicos que figuran en el anexo III de la presente Orden Foral, a los que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador que se presenten en sustitución de las hojas interiores de personas o entidades relacionadas y de la hoja anexo de relación de los arrendamientos de locales de negocio, correspondientes a los modelos F-50, en pesetas o euros, que se aprueban por la presente Orden Foral.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 26/3/2001

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha26/03/2001

Nro. de páginas55

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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