Boletín Oficial de la Rioja del 10/12/2020
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Fuente: Boletín Oficial de La Rioja
Jueves, 10 de diciembre de 2020
Núm.166
Página 15027
I.Disposiciones Generales PRESIDENCIA
Decreto de la Presidenta 18/2020, de 9 de diciembre, por el que se modifica el artículo 3 del Decreto de la Presidenta 15/2020
202012090080996
I.121
El25deoctubrede2020,elGobiernodeEspañadeclaróelestadodealarmamedianteelRealDecreto926/2020,de25de octubre.EsterealdecretocontemplamedidasdediversanaturalezaparahacerfrentealaexpansióndelSARS-CoV-2,tales comolalimitacióndelalibrecirculacióndelaspersonasenhorarionocturno,laposibilidaddelimitarlaentradaysalidadelos territoriosdelascomunidadesautónomas,asícomodeámbitosterritorialesdecaráctergeográficamenteinferior.Asimismo, seestablecelaposibilidaddelimitarlapermanenciadegruposdepersonasenespaciospúblicosyprivados.
Elartículo2.2delcitadoRealDecretoestablecequelaautoridadcompetentedelegadaseráquienostentelapresidencia delacomunidadautónoma.Deacuerdoconelartículo23delEstatutodeAutonomíadeLaRiojalaPresidentaostentala másaltarepresentacióndelaComunidadAutónomadeLaRiojaylaordinariadelEstadoenesteterritorio.Enconsecuencia, laPresidentadelaComunidadAutónomadeLaRiojaeslaautoridaddelegadaparadictar,porDelegacióndelGobiernode laNación,lasdisposicionesparalaaplicacióndeloprevistoenlosartículos5a11delRealDecreto926/2020,de25de octubre.Fueradeestahabilitacióncompetencial,elrestodemedidaspreventivasquepersiganlacontencióndelaenfermedad, requeriránseradoptadasporelConsejodeGobiernoencalidaddeautoridadsanitaria.
EnestaComunidadAutónoma,medianteDecretodelaPresidenta15/2020,de28deoctubre,modificadoposteriormente porotrosDecretosdelaPresidenta,16/2020,de4denoviembrey17/2020,de25denoviembre,seestablecierondeterminadas medidasespecíficasparacontenerlapropagacióndeinfeccionescausadasporelSARS-CoV-2,talescomolimitacionesala permanenciadegruposdepersonasenespaciospúblicosyprivadosyenlugaresdeculto,alalibertaddecirculacióndelas personasenhorarionocturno,olaentradaysalidadepersonasendeterminadosámbitosterritoriales.
Lasituaciónactual,puestademanifiestoenelInformeemitidoporelDirectorGeneraldeSaludPública,Consumoy Cuidados,defecha8dediciembrede2020,obligaamantenerlalimitaciónlaentradaysalidadelaComunidadAutónoma deLaRioja,sibien,procedelevantarlaslimitacionescontempladasenelDecretodelaPresidenta17/2020específicaspara elmunicipiodeArnedo,continuandotodaslasmedidasvigentessinperjuiciodelaspeculiaridadesqueseimprimanaeste próximoperíodonavideño.
Porlotanto,comoautoridaddelegadaconformealartículoséptimodelaLeyOrgánica4/1981,de1dejunio,delosestados dealarma,excepciónysitio,yenusodelasatribucionesquemeconfierenelartículo2.3delRealDecreto926/2020,de25de octubre,elartículo14delaLey8/2003,de28deoctubre,delGobiernoeIncompatibilidadesdesusmiembros,ainiciativade laConsejeríadeSaludyPortavocíadelGobiernoypropuestadelConsejerodeHaciendayAdministraciónPública,dispongo:
Artículoúnico.Modificacióndelartículo3delDecretodelaPresidentanúm.15/2020,de28deoctubre.
Uno.Elartículo3delDecretodelaPresidenta15/2020,de28deoctubreBoletínOficialdeLaRioja29deoctubre, modificadoporDecretodelaPresidenta17/2020,de25denoviembreBoletínOficialdeLaRioja26denoviembresobre medidasespecíficasparacontenerlapropagacióndeinfeccionescausadasporelSARS-COv-2enlaComunidadAutónoma deLaRioja,quedaredactadoenlossiguientestérminos:
Artículo3.LimitacionesdeentradaysalidadepersonasdeámbitosterritorialesdeterminadosenlaComunidadAutónoma deLaRioja.
SerestringelaentradaysalidadepersonasdelterritoriodelaComunidadAutónomadeLaRiojaapartirdelas00:00
deldía29denoviembrede2020hastalas00:00deldía19dediciembrede2020,exceptocuandoseproduzcanporalguno delossiguientesmotivos:
a Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, centros sociosanitarios, centros de día y centros ocupacionales.
bCumplimientodeobligacioneslaborales,profesionales,empresarialesolegales.
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