Boletín Oficial de la Región de Murcia del 14/3/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 60

Miércoles, 13 de marzo de 2019

Artículo 13. Ultimadas las actuaciones, el Instructor elevará una propuesta a la Comisión Informativa correspondiente, que deberá ser dictaminada favorablemente por todos los grupos municipales.
Artículo 14. El dictamen de la Comisión se aprobará en el Pleno, mediante votación secreta, con el voto favorable de las 2/3 partes del número legal de miembros de la Corporación Municipal.

Capítulo III
Del ceremonial de las distinciones Artículo 15. Acordada la concesión de Honores, la Alcaldía-Presidencia señalará la fecha del acto de entrega del título o medalla.
Artículo 16.
1.- La imposición de Títulos y Medallas tendrá lugar en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, salvo que, a la vista de las circunstancias que concurran, la Alcaldía decida un lugar distinto, garantizando en todo momento la solemnidad necesaria.
Artículo 17. El acto estará presidido por el Alcalde, junto al homenajeado o su representante, los presidentes o portavoces de los Grupos Municipales y concejal instructor. En el transcurso del mismo, el Secretario General de la Corporación dará lectura extractada al acuerdo de concesión.
Artículo 18. Los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo consistirán en un diploma artístico con la siguiente leyenda:
El Ayuntamiento de Ulea interpretando el sentir mayoritario de sus vecinos, se honra concediendo a ____________________________ el título de Hijo/a Predilecto/a o Hijo/a Adoptivo/a de Ulea dejando constancia así del público reconocimiento de los singulares méritos adquiridos por su labor constante en pro de los intereses éticos y materiales de este Municipio.
Artículo 19. La Medalla de Oro a título individual se entregará pendiendo de un pasador y una cinta con los colores nacionales ribeteados de carmesí. En el anverso figurará el escudo de armas de la Ciudad, orlado por la inscripción Medalla de Oro de Ulea. En el reverso, el titular de la misma y la fecha de concesión.

Capítulo IV
Del Registro de distinciones Artículo 20. Un extracto de los acuerdos de la Corporación otorgando cualquiera de los honores citados deberá inscribirse en un libro-registro, que estará a cargo del titular de la Secretaría General del Ayuntamiento. El libro se dividirá en tres secciones, una para cada de las recompensas honoríficas reguladas en este Reglamento.
Artículo 21. En cada una de las secciones anteriores se inscribirán por orden cronológico de concesión, los nombres y circunstancias personales de cada uno de los favorecidos, la relación de méritos que motivaron la concesión, la fecha de ésta, y, en su caso, la de su fallecimiento.

NPE: A-130319-1465

Página 7707

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 14/3/2023

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha14/03/2023

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones12578

Primera edición10/07/1982

Ultima edición13/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones