Boletín Oficial de la Región de Murcia del 14/3/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 60

Miércoles, 13 de marzo de 2019

I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Salud Servicio Murciano de Salud 1442

Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se convocan para su provisión mediante el procedimiento de libre designación, diferentes puestos de dirección de este organismo.

La Ley 17/2015, de 24 de noviembre, de modificación de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, del Personal Estatutario del Servicio Murciano de Salud, que modifica la disposición adicional duodécima de la Ley 5/2001, BORM núm. 275
de 27/11/2015, dispone:
1. La provisión de aquellos puestos de las gerencias del Servicio Murciano de Salud que hayan sido calificados como directivos en la plantilla correspondiente, se someterá a los requisitos y procedimientos establecidos en esta disposición.
2. Los puestos de dirección deberán ser convocados para su provisión por el procedimiento de libre designación por personal estatutario fijo o funcionario de carrera.
3. Dicha convocatoria, que se regirá por lo establecido en los artículos 45
y 47 de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud y demás normas de aplicación, será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y concederá el plazo de 10 días para que los interesados puedan presentar la solicitud y los méritos que estimen oportunos, que habrán de ser acreditados en los términos que fije la misma.
4. Podrán acceder a los puestos de dirección aquellos que pertenezcan al grupo o subgrupo exigido en la correspondiente plantilla. Además de este requisito, atendiendo a la naturaleza del puesto a cubrir se podrá exigir aquellos otros de carácter académico o profesional que se considere conveniente para asegurar que el candidato seleccionado pueda desempeñar adecuadamente el puesto de trabajo, en función de sus méritos y capacidad.
5. De conformidad con la Ley 55/2003, de 16 diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y con el Real Decreto Legislativo 5 /2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal estatutario que sea nombrado como personal directivo será declarado en situación de servicios especiales.
A tal efecto, tendrá derecho al cómputo de tiempo a efectos de antigedad, reconocimiento de trienios, carrera y derechos pasivos, así como la reserva de la plaza de origen.
Percibirá, en todo caso, las retribuciones del puesto o cargo directivo que desempeñe efectivamente sin perjuicio del derecho a la percepción de los trienios y complemento de carrera o desarrollo profesional que, en su caso pudiese tener reconocidos.
NPE: A-130319-1442

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 14/3/2023

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha14/03/2023

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones12571

Primera edición10/07/1982

Ultima edición05/06/2024

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