Boletín Oficial de la Región de Murcia del 15/2/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 38

Viernes, 15 de febrero de 2019

I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Hacienda 837

Orden de 5 de febrero de 2019, de la Consejería de Hacienda, por la que se establece la jornada y horario especial del personal perteneciente al Cuerpo de Agentes Medioambientales.

El Decreto 27/1990, de 3 de mayo BORM n. 110, de, 15 de mayo, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencia y vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración Regional, establece en su Capítulo Primero la jornada y horario general aplicable al personal funcionario que presta servicios en ella.
Las funciones del Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Región de Murcia, vienen recogidas en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación de Cuerpos y Escalas de la Administración Pública de la Región de Murcia, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 15 de diciembre.
En el mismo se recoge sobre el Cuerpo de Agentes Medioambientales que Bajo la dirección, coordinación y supervisión de sus superiores jerárquicos los integrantes de dicho Cuerpo, tendrán la consideración de Autoridad, realizarán las funciones en aplicación de la legislación de protección del Medio ambiente y la Naturaleza, de custodia, protección y vigilancia de los recursos naturales de la Región y de los espacios naturales protegidos; la custodia, protección, vigilancia y defensa de los montes públicos, y vías pecuarias, así como la colaboración en la custodia, prevención, y vigilancia del Patrimonio Arqueológico que se encuentre ubicado en el Medio Natural; la prevención, detección, vigilancia, extinción y estudio de las causas de los incendios forestales; colaborar en la vigilancia, inspección y control de vertidos y emisiones contaminantes en el medio rural; la policía y vigilancia de los bienes forestales, cinegéticos, de flora y fauna silvestre, piscícola, vías pecuarias, espacios naturales protegidos, reservas y cotos de caza y pesca y Medio Ambiente; colaborar con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado en la investigación y persecución de delitos y faltas en materia medioambiental; colaborar en materias de educación ambiental, participar y colaborar en aquellas emergencias producidas en el Medio Natural y que requieran de su presencia y conocimientos. Asimismo, controlarán los trabajos que se les encomienden en la construcción y conservación de obras, repoblaciones, tratamientos selvícolas, plagas forestales y aprovechamientos, así como las demás actuaciones que le sean asignadas por sus superiores jerárquicos.
De igual forma, en el ámbito de sus competencias, la Administración Autonómica, de acuerdo con las normas básicas correspondientes, ha ido elaborando y aprobando por Consejo de Gobierno diferentes Planes de Protección Civil que tienen directa relación con la participación y colaboración en aquellas emergencias producidas en el Medio Natural y que requieran de su presencia y conocimientos. Entre otros Planes, como más significativos, destacan el Plan de Emergencia para Incendios Forestales, Plan de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones y el Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico, de
NPE: A-150219-837

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 15/2/2020

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha15/02/2020

Nro. de páginas117

Nro. de ediciones12562

Primera edición10/07/1982

Ultima edición25/05/2024

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