Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Murcia » Boletín Oficial de la Región de Murcia » 08/02/2020
Boletín Oficial de la Región de Murcia del 8/2/2020
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Número 32
Viernes, 8 de febrero de 2019
Página 3384
IV. Administración Local Torre Pacheco 689
Acuerdo plenario.
El pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada con carácter ordinario, el pasado día 27 de diciembre del año 2018, en primera convocatoria, adoptó el acuerdo literal que se desprende del siguiente texto, que así consta en el borrador del acta de la sesión:
Primero.- Ampliar la suspensión de las siguientes actuaciones, con respecto al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:
desde la adopción del acuerdo plenario y por un periodo máximo de 12 meses, salvo que se modifique la Ley o se dicte Sentencia por el Tribunal Supremo, que obligue a la modificación de este acuerdo.
1. La liquidación del Impuesto como consecuencia de una declaración presentada por el obligado tributario, en la cual manifieste que no ha existido plusvalía por ser inferior el valor de la transmisión del terreno al de adquisición.
2. La resolución de recursos de reposición, contra liquidaciones practicadas, en los cuales los interesados manifiesten que no ha existido plusvalía por ser inferior el valor de transmisión del terreno al de adquisición 3. La resolución de solicitudes de devolución de ingresos indebidos, de liquidaciones firmes pagadas por los obligados tributarios, que manifiesten que no ha existido plusvalía por ser inferior el valor de transmisión del terreno al de adquisición.
Si una vez transcurrido el citado plazo de estos nuevos 12 meses desde la aprobación de la presente, no se hubiera producido un pronunciamiento jurídico al respecto, a los efectos de poder resolver las situaciones anteriores, se procederá nuevamente a su estudio para adoptar las medidas procedentes.
Segundo.- Instar al Gobierno de España para que regule esta situación en la Ley de Haciendas Locales y cree un fondo de compensación para ayudar a los Ayuntamientos a sufragar la merma de ingresos que pueda suponer la nueva regulación de este impuesto.
Tercero.- Comunicar este acuerdo a los servicios municipales correspondientes Gestión Tributaria, Tesorería y Recaudación, para su toma de razón y cumplimiento.
Cuarto.- Publicar este acuerdo en el B.O.R.M. para su exposición pública durante el plazo igualmente establecido para su entrada en vigor, así como en la web municipal y tablón de edictos.
Torre Pacheco a 25 de enero de 2019.El Alcalde-Presidente, Antonio León Garre.
NPE: A-080219-689
www.borm.es
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474