Boletín Oficial de la Región de Murcia del 4/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 3

Viernes, 4 de enero de 2019

Página 407

IV. Administración Local Totana 111

Restitución de retribuciones de nocturnos y festivos suspendidos por acuerdo de Pleno.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de noviembre de 2018, acordó lo siguiente:
Primero: Levantar la suspensión de las Jornadas especiales declarada por acuerdo de Pleno de fecha 28 de junio de 2012 BORM 4 de julio de 2012 en el sentido de restituir el derecho de retribución de festivos y nocturnos en las condiciones establecidas, quedando su redacción en siguiente tenor literal:
25.7.-Jornadas especiales.-Para aquellos puestos de trabajo que no estén valorados en el complemento específico, en tanto en cuanto no sean valorados a través de la R.P.T., el trabajo realizado en los apartados que se detallan a continuación, se abonarán las siguientes cantidades que dejaran de percibirse cuando se valoren en esta:
Festividad: entendida esta entre las 2200 horas del viernes y las 0600 horas del lunes y desde las 2200 de la víspera de cualquier festivo a las 0600 horas del día siguiente al festivo, se percibirán las siguientes cantidades:
Año 2018 y ss: 450 €/hora festiva.
Nocturnidad: Entendida entre las 2200 horas y las 0600 horas del día siguiente, se percibirán las siguientes cantidades:
Año 2018 y ss: 450 €/ hora nocturna.
Asistencia jurídica a comisiones: Aquellos funcionarios que presten sus servicios como Secretario en Comisiones Informativas o similares, fuera del horario normal percibirán 43,70 Euros/ sesión.
Los empleados que realicen su jornada ordinaria en la noche de los días 24 y/o 31 de diciembre, por las especiales circunstancias que concurren en los referidos días, percibirán un complemento de productividad de 1000 €.
Los trabajadores mencionados, serán compensados también, en un día libre a disfrutar en el año entrante.
Las cantidades que recoge este apartado 25.7 Jornadas Especiales, no se incrementarán durante la vigencia de este acuerdo en el porcentaje que fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para las retribuciones básicas.
Segundo.- Publicar el Presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Totana, 14 de diciembre de 2018.El Alcalde, Andrés García Cánovas.

NPE: A-040119-111

www.borm.es
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 4/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha04/01/2020

Nro. de páginas103

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

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