Boletín Oficial de la Región de Murcia del 3/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 2

Jueves, 3 de enero de 2019

del personal funcionario de la Administración Pública Regional y del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud.
Anexo I.2.- Propuesta de adjudicatarios de puestos de trabajo convocados a personal funcionario o laboral fijo, en su caso, de esta Administración Regional y al personal de otras Administraciones Públicas.
Anexo II.- Puestos adjudicados en el Turno de Resultas derivado de la convocatoria.
Segundo.- Declarar vacantes los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo lll de la presente Orden.
Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.5 del Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, los destinos adjudicados en el concurso y en el turno de resultas serán irrenunciables, salvo que, antes de la finalización del plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Cuarto.- Sin perjuicio de lo establecido en el dispongo primero y segundo de esta Orden, y de acuerdo con lo dispuesto en la Base 44. de las Bases Generales que han de regir las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de la Administración Regional por el sistema de concurso de méritos, los nuevos destinos surtirán efectos administrativos desde la toma de posesión, y económicos de conformidad con lo establecido en la normativa sobre retribuciones del personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6
de la disposición adicional decimosegunda de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2018, no serán retribuidos los días comprendidos en el plazo posesorio en los que el funcionario no efectúe la prestación efectiva de los servicios.
Quinto.- Para la plena efectividad de los nombramientos que se confieren, los ceses y consiguientes tomas de posesión deberán realizarse conforme a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia. Para ello, por las distintas Secretarías Generales de las Consejerías y Organismos Públicos, deberán formalizarse las hojas de enlace respectivas, dándose cumplimiento, igualmente, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, que desarrolla la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación;
o podrá ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia, 20 de diciembre de 2018.El Consejero de Hacienda, Fernando de la Cierva Carrasco.

NPE: A-030119-42

Página 136

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 3/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha03/01/2020

Nro. de páginas175

Nro. de ediciones12574

Primera edición10/07/1982

Ultima edición08/06/2024

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