Boletín Oficial de la Región de Murcia del 28/1/2000

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

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Viernes, 28 de enero de 2000
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Número 22

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Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 102, y siguientes de la Ley número 30/1982, de 26 de noviembre.
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración Municipal, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la resolución del Ayuntamiento sobre la selección, los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia.
En el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente día hábil al de notificación del nombramiento, deberá procederse a la toma de posesión, previa prestación de juramento o promesa, de conformidad con el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

cualquier otro documento que acredite fehacientemente a juicio del Tribunal la veracidad del tiempo trabajado.
La puntuación será de 0,30 ptos por año, prorrateándose por meses en caso de no completar un año hasta un máximo de 3 puntos.
B Por realizar cursos de formación en centros reconocidos por el Ministerio de Educación u otros organismos oficiales que tengan relación con los servicios a que se refiere esta plaza se otorgarán las siguientes puntuaciones.
1.- Cursos de hasta 50 horas, 0,40 ptos por curso.
2.- Cursos de 51 horas a 100 horas, 0,50 ptos por curso.
3.- Cursos de más de 100 horas, 0,60 ptos por curso.
La puntuación máxima por este apartado no podrá superar los 1,50 puntos.
C Cursos realizados con relación a los servicios comunitarios por empresas privadas se otorgaran las siguientes puntuaciones:
1.- Cursos de hasta 50 horas, 0,40 ptos por curso.
2.- Cursos de 51 horas a 100 horas, 0,50 ptos por curso.
3.- Cursos de más de 100 horas, 0,60 ptos por curso.
la puntuación máxima por este apartado no podrá superar los 1, 5 puntos.
D Realización de una Memoria por los aspirantes en la que planteen un modelo de la gestión y organización de los servicios de agua, saneamiento, limpieza y recogida de residuos sólidos por el Ayuntamiento de Totana, en vistas a un funcionamiento de estos servicios.
La puntuación de este apartado sera de un máximo de 4
puntos La relación con los cursos deberá estar perfectamente acreditada mediante certificación emitida por la entidad que lo hubiese realizado, especificándose el contenido y el número de horas.
La calificación será adoptada, sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente obtenido la calificación del ejercicio.
Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los restantes anuncios en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

OCTAVA.- Cuando los opositores aspirantes hubieran alcanzado la puntuación mínima exigida y no hubieran sido seleccionados, como consecuencia del número de plazas convocadas, serán tenidos en cuenta y llamados según el orden de puntuación obtenido, para aquellos casos de provisión interina o temporal de las plazas vacantes que se produzcan o por necesidad de sustitución con respecto a otras plazas de similar categoría.
A tal fin, el Tribunal Calificador, junto a la relación de opositores que hubieran sido seleccionados y propuestos para su nombramiento, establecerá la correspondiente lista de espera, según las previsiones anteriores, haciéndola pública.
NOVENA.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del Concurso, en todo lo no previsto en las presentes Bases, y siempre que no se opongan a las mismas.
DÉCIMA.- Para lo no previsto en las presentes Bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2
de agosto, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio y Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y demás legislación aplicable.

SÉPTIMA.- Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de seleccionados, por orden de puntuación, que no podrá ser superior al del número de plazas convocadas, y elevará dicha relación al señor Alcalde-Presidente, al objeto de que se lleve a cabo el nombramiento correspondiente.

Totana, 20 de octubre de 1999.El Alcalde, Alfonso Martínez Baños.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 28/1/2000

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha28/01/2000

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones12574

Primera edición10/07/1982

Ultima edición08/06/2024

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