Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 26/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 98297

DECRETO 200 / 2024 DECRETOS / 2024-01-26

DECRETO N 200/8 MOySP, del 26/01/2024.
EXPEDIENTE N 2703/390-D-2019 y Agdos.
VISTO que por el expediente de referencia se tramita el Recurso de Alzada interpuesto por EDET S.A. fs. 51/55 en contra de la Resolución N 365/20- ERSEPT
de fecha 26/06/2020 fs. 45/48 emitida por el Directorio del Ente Único De Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán ERSEPT, confirmatoria de la Resolución ERSEPT U N 103/20 de fecha 22/01/20 fs. 26/29, emitida por la Gerencia de Atención al Usuario del citado Ente, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución ERSEPT U N 103/20 fs. 26/29 se dispuso hacer lugar al reclamo formalizado por la Sra. Dipe Delicia del Valle, DNI N 11.475.867, determinando la responsabilidad de la Distribuidora por el daño ocurrido en el electrodoméstico consignado en el Formulario Serie N 25.240, la cual fue notificada a EDET S.A. en fecha 14/02/2020 fs. 30.
Que a fs. 51/55 obra Recurso de Alzada interpuesto por EDET SA, en contra de la Resolución ERSEPT N 365/20 fs. 45/48, confirmatoria de la Resolución ERSEPT U
N 103/20 fs. 26/29, por entender que las mismas son nulas de nulidad absoluta.
Que para la admisión formal de los recursos administrativos, la Ley N 4.537 en su artículo 60 in fine prevé que: "La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formas y recaudos previstos en el artículo 21, y siguientes, en lo que fuere pertinente, indicándose además, de manera concreta, a conducta o acto que el recurrente estimare como legítimos para sus derechos o intereses. Podrá ampliarse la fundamentación de los recursos deducidos en término, en cualquier momento antes de la resolución.
Que con fecha 14/09/2020, EDET SA fue intimada para que en el plazo perentorio de 10 días reponga el sellado por actuación administrativa, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 20 y 21 inc. 4 a de la Ley N 8.467 que establecen el valor de la tasa de actuación administrativa fs. 60.
Que el Ente Regulador informa con fecha 17/11/2020 que la empresa no dio cumplimiento con la intimación fs. 62. En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 in fine de la Ley de Procedimiento Administrativo, el Recurso de Alzada resulta formalmente inadmisible, debiendo tenerse por desistido el planteo de fs. 51/55.
Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado Dictamen Fiscal N 0137
de fecha 29/01/2021 - fs. 64.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Desestimase el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. EDET S.A. en contra de la Resolución N
365/20 de fecha 26/06/2020, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán ERSEPT, confirmatoria de la Resolución ERSEPT U N 103/20 de fecha 22/01/20, emitida por la Gerencia de Atención al Usuario del citado Ente; en virtud del considerando precedente.
ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 3.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 26/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha26/02/2024

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones4428

Primera edición14/12/2004

Ultima edición14/05/2024

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