Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 9/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 98123

ACUERDO

161 / 2024 TRIBUNAL DE CUENTAS / 2024-02-07

TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N 161, del 07/02/2024.VISTO:
El Expediente n 2032-270-CFG-2023, en el cual obran actuaciones vinculadas a la solicitud de implementar la Intervención de las Ordenes de Pago de las Tesorerías Jurisdiccionales de los Organismos Descentralizados y Entes Autárquicos, por parte de los Contadores Fiscales destacados en los mismos; y CONSIDERANDO:
Que en efecto a fs. 1 obra nota de las Jefaturas del Departamento de Contadores Fiscales - Organismos Centralizados y Descentralizados y del Sr Contador Fiscal General, solicitando se amplíe el ámbito de aplicación del Acuerdo n 561/TC-2013, disponiendo la presentación en las Delegaciones Fiscales destacadas en los Organismos preindicados, de las Ordenes de Pago de las Tesorerías Jurisdiccionales que surgen del sistema SafyC.
Que el Acto Administrativo, cuya modificación se propicia, es el que dispuso la creación de la Oficina de Intervención de Órdenes de Pago, y en el Visto del mismo se refiere a aquellas por las cuales se extraen fondos de la Tesorería General de la Provincia. En el artículo 2, deberá aclararse esta determinación, en el siguiente sentido: "DISPONER que las reparticiones de la Administración Pública deberán acompañar a las órdenes de Pago que se emitan contra la Tesorería General de la Provincia; para su análisis, la siguiente documentación
Que, con relación a la intervención de las Ordenes de Pago de las Tesorerías Jurisdiccionales de Organismos Descentralizados y Autárquicos, debemos recordar que, como antecedente más específico, se registra el Acuerdo n 3512/TC-2016, que, en su art. 2, resolvió: DISPONER que las Resoluciones emitidas por los Organismos Descentralizados y Autárquicos que dispongan la adjudicación y pago de Compras de Insumos y/o Servicios, que sean sometidas a control en los términos del art. 124 y concordantes de la L.A.F., en la Delegación Fiscal, deberán ser intervenidas por el Contador Fiscal destacado en el Organismo con su firma y sello quien insertará la leyenda sin observaciones. Sobre el particular, se advierte la necesidad de precisar que, en puridad, el acto administrativo que implica el empleo de fondos públicos, a que se refiere el art. 124 de la Ley de Administración Financiera, es el que dispone llevar adelante la contratación, adjudicación, suministro, y/o adquisición de bienes o servicios; resultando el acto posterior, que aprueba el pago, una consecuencia prevista del acto anterior, ya comunicado y sometido a control en los términos del art. 127 de la Ley N 6970, cuya puesta en conocimiento de este Tribunal no resulta obligatoria conforme al referido art.
127. En cambio, sí resulta preceptiva y mandatoria la intervención de las órdenes de pago, que instrumentan el cumplimiento de la obligación estatal.
El análisis de las actuaciones determina la admisibilidad jurídica de formalizar, de acuerdo a las facultades conferidas por el art. 78 Constitución provincial, 124 en su parte pertinente y 131 inc. 9 y cctes. de Ley N 6970, la sustitución del art. 2
del Acuerdo n 3512/TC-2016, el que quedará redactado en los siguientes términos:
DISPONER que los Organismos Descentralizados y Autárquicos, Defensoría del Pueblo y Tribunal de Cuentas deberán presentar ante las Delegaciones Fiscales destacadas, las respectivas las órdenes de Pago de las Tesorerías Jurisdiccionales que surgen del sistema SAFyC., cumplimentando con la documentación requerida en Acuerdo n 561/TC-2013 para su intervención. Quedan excluidos de esta disposición el Instituto de Previsión y Seguridad Social, la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán y la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres, por encontrarse exceptuados de la utilización del sistema SAFyC, conforme lo dispuesto por los Decretos n 3700/3 ME2010 y n 831/3ME-2011, mientras éstos se encontraren vigentes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 9/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha09/02/2024

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones4430

Primera edición14/12/2004

Ultima edición06/06/2024

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