Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 10/3/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 85951

DECRETO 432 / 2022 DECRETO / 2022-02-18

DECRETO N 432/4 SEATyDL, del 18/02/2022.
VISTO el personal de gabinete que venía cumpliendo funciones en la Secretaría de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local del Ministerio de Desarrollo Social cesó en fecha 02/02/2022, y CONSIDERANDO:
Que siguen siendo necesarios los servicios del personal de gabinete que cesó por aplicación del artículo 1 del Decreto N 200/1 del 02102/2022 y su modificatorio.
Que para ello corresponde designar nuevamente como personal de Gabinete al abogado Gustavo Adrián Calleja, DNI N 25.380.661, como Asesor de Gabinete con rango de Subsecretario; y al señor Marcelo Gonzalo Roldán, DNI N 33.221.570, con una remuneración equivalente a la Categoría 24, ambos en la Secretaría de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local del Ministerio de Desarrollo Social.
Que en consecuencia, se estima del caso dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECTIVO
DECRETA:
ARTICULO 1.- Desígnase al abogado Gustavo Adrián Calleja, DNI N 25.380.661, como Personal de Gabinete con rango de Subsecretario, en la Secretaría de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local del Ministerio de Desarrollo Social, convalidándose los servicios que viene prestando desde el 02/02/2022.
ARTICULO 2. Desígnase al señor Marcelo Gonzalo Roldán, DNI N 33.221.570, como Personal de Gabinete, con una remuneración equivalente a la Categoría 24, en la Secretaría de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local del Ministerio de Desarrollo Social convalidándose los servicios que viene prestando desde el 02/02/2022.
ARTICULO 3. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, será imputado a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N 831 - Secretaría de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local.
ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social y firmado por el señor Secretario de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local.
ARTICULO 5.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 10/3/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha10/03/2022

Nro. de páginas155

Nro. de ediciones4429

Primera edición14/12/2004

Ultima edición15/05/2024

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