Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 12/8/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 82720

DECRETO 1697 / 2021 DECRETO / 2021-07-23
DECRETO N 1.697/4 MDS, del 23/07/2021.
VISTO, la Ley N 8293 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia de Tucumán; y CONSIDERANDO:
Que la citada norma tiene por objeto la protección integral d los derechos de la familia, niñas, niños y adolescentes, garantizando además el pleno goce y ejercicio de los derechos consagrados en la Convención de los Derechos del Niño y la Ley Nacional N 26061.
Que a los fines de profundizar los estándares de protección acceso al pleno ejercicio y goce de los derechos reconocidos en las normas vigente resulta necesario poner en funcionamiento una Mesa Interinstitucional de Trabajo que se avoque inmediatamente al análisis del funcionamiento actual del Sistema de Protección de derechos de niños, niñas y adolescentes en la Provincia de Tucumán.
Que su misión será elaborar un informe pormenorizado sobre los nudos críticos identificados en el funcionamiento del Sistema de Protección Integral de derechos de niñas, niños y adolescentes y efectuar recomendaciones para el mejoramiento del mismo.
Que a tales efectos resulta conveniente que la Mesa Interinstitucional esté conformada por integrantes de los tres Poderes del Estado con competencia en la temática, y de los Colegios de Profesionales de Psicólogos y de Trabajadores Sociales.
Que asimismo, conforme a las misiones y funciones de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social resulta necesario designarla como coordinadora de la Mesa Interinstitucional de Trabajo.
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Confórmase la Mesa Interinstitucional de Trabajo para avocarse al sistema de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia que estará integrado por el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Seguridad. Asimismo, los señores Ministros deberán designar por el acto administrativo pertinente dos representantes por cada Ministerio un titular y un suplente, a los efectos de conformar la respectiva Mesa.
ARTICULO 2. Desígnese como Coordinador de la Mesa Interinstitucional de Trabajo a la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
ARTICULO 3. Invítase al Poder Judicial de la Provincia de Tucumán a designar a un representante por cada área con competencia en la materia para integrar la Mesa Interinstitucional de Trabajo.
ARTICULO 4. Invítase la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 12/8/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha12/08/2021

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones4429

Primera edición14/12/2004

Ultima edición15/05/2024

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