Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/5/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXXI AÑO XXXI -

Ushuaia, Viernes 20 de Mayo de 2022
Ushuaia, Viernes 20 de Mayo de 2022 - Nº 5116

DECRETO N 1109

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Nº 5116

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10-05-22

VISTO el Expediente Nº MDH-E-63121-2021 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita una pensión por discapacidad en el marco de la Ley Provincial Nº 389, y sus modificatorias, a favor de la señora Alicia Noemí VILLORDO, D.N.I. Nº 27.031.172.
Que la mencionada reúne los requisitos establecidos por los artículos 2 inciso b, 3 inciso b, apartado 2 y 4 bis de la Ley Provincial Nº 389 y sus modificatorias.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Técnicos del Ministerio de Desarrollo Humano, ha tomado la intervención emitiendo el Dictamen D.G.A.J. y T. M.D.H. Nº 10/2022, concluyendo que corresponde conceder una pensión por discapacidad a favor de la señora Alicia Noemí VILLORDO, D.N.I. Nº 27.031.172.
Que asimismo correspondería dar de alta a la señora Alicia Noemí VILLORDO, D.N.I. Nº 27.031.172, en la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego.
Que en el documento 19 obra el autorizado del señor Ministro de Desarrollo Humano.
Que la Dirección General de Administración Financiera del Ministerio de Desarrollo Humano, indicó que se cuenta con la partida presupuestaria correspondiente para afrontar dicho gasto.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo conforme se establece en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1 º.- Otorgar una Pensión por Discapacidad a favor de la señora Alicia Noemí VILLORDO, D.N.I. Nº 27.031.172, la que comenzará a devengarse a partir del primer día del mes siguiente al acto que otorga el beneficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Provincial Nº 389 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2.- Incluir a la señora Alicia Noemí VILLORDO, D.N.I. Nº 27.031.172, quien será beneficiaria de una pensión por discapacidad, dentro del artículo 3 inciso c Anexo I del Decreto Provincial Nº 494/16, reglamentario de la Ley Provincial Nº 1072.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 5º.- Notificar al Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, y a la ANSES con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 6.- Notificar a la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego O.S.P.T.F., con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 7º.- Comunicar a quien corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Juan M. MACIEL
DECRETO N 1110

10-05-22

VISTO el Expediente Nº MDH-E-6380-2021 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita una pensión por discapacidad en el marco de la Ley Provincial Nº 389 y sus modificatorias, solicitada por el Sr.
Alan Ezequiel MENDOZA, D.N.I Nº 38.407.464, a favor de la menor Samira Belén MENDOZA VELÁSQUEZ, D.N.I. Nº 55.624.062.
Que la mencionada reúne los requisitos establecidos por los artículos 2 inciso b , 3 º inciso b , apartado 1 y 4 bis de la Ley Provincial Nº 3 89
y sus modificatorias.
Que la Dirección General de Coordinación y Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Humano, ha tomado la intervención emitiendo el Dictamen D.G.C. y A.J. MDH Nº 87 /2021, concluyendo que en el presente se dio cumplimiento a los recaudos previstos en el Régimen Único de Pensiones Especiales.
Que en el documento 10 luce la intervención del Sr. Ministro de Desarrollo Humano.
Que la Dirección General de Administración Financiera del Ministerio de Desarrollo Humano indico que se cuenta con la partida presupuestaria correspondiente para afrontar dicho gasto.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo conforme se establece en el artículo 135 de la Constitución Provincial.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/5/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha20/05/2022

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones3669

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

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