Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/3/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXXI -

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Ushuaia, Lunes 21 de Marzo de 2022

AÑO XXXI -

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Nº 5076

Ushuaia, Lunes 21 de Marzo de 2022 - Nº 5076

y otorgar, de forma voluntaria y unilateral, incrementos salariales por fuera tanto de los acuerdos paritarios, como de los esquemas de aumentos planificados en el caso de los sectores no alcanzados por el régimen de negociación colectiva, los que, asimismo, podrán liquidarse "a cuenta de futuros aumentos".
Que bajo dicha inteligencia, corresponde disponer que el nuevo Ítem transitorio de carácter remunerativo y no bonificable, denominado "Adelanto Incremento Salarial 2022", para el personal de la Policía, Personal Civil de la Policía y Servicio Penitenciario, será otorgado "a cuenta de futuros aumentos", debiendo ser absorbido hasta su concurrencia, por los aumentos que con posterioridad a su otorgamiento disponga el Poder Ejecutivo bajo el esquema planificado de incremento salarial que la Administración prevea para el sector.
Que el gasto involucrado por el incremento salarial aprobado a través de la medida en curso cuenta con previsión presupuestaria suficiente.
Que, asimismo, el aumento aprobado a través del Ítem transitorio de carácter remunerativo y no bonificable, denominado "Adelanto Incremento Salarial 2022", cumple con los términos de sostenimiento de una política salarial coordinada, armónica, equitativa y sustentable.
Que resulta oportuno, a los efectos de facilitar la instrumentación del nuevo Ítem "Adelanto Incremento Salarial 2022", instituir al Ministerio de Finanzas Públicas como Autoridad de Aplicación del presente decreto, delegando la facultad de reglamentación, aclaración e interpretación de las disposiciones aquí establecidas.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico del Ministerio de Finanzas Públicas mediante el Informe Legal DPGLF.- M.F.P Nº 04/2022, criterio que fue compartido por la máxima autoridad de ese Ministerio.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Crear el Ítem transitorio de carácter remunerativo y no bonificable denominado "Adelanto Incremento Salarial 2022", de aplicación al personal comprendido en el Escalafón Policía, Personal Civil de la Policía, Servicio Penitenciario. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Liquidar, a partir del 10 de febrero de 2022, el Ítem transitorio, "a cuenta de futuros aumentos", de carácter remunerativo y no bonificable, denominado "Adelanto Incremento Salarial 2022; de aplicación al personal comprendido en el Escalafón Policía, Personal Civil de la Policía, Servicio Penitenciario, instituido por el artículo 1 del presente, que surja de la diferencia de aplicar la Escala Salarial de los Anexos I, II y III del presente, y la Escala Salarial vigente del escalafón correspondiente. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 3.- Disponer que el Ítem transitorio de carácter remunerativo y no bonificable denominado "Adelanto Incremento Salarial 2022", creado por el artículo 1 del presente, será otorgado "a cuenta de futuros aumentos", debiendo ser absorbido hasta su concurrencia, por los aumentos que con posterioridad a su otorgamiento disponga de forma voluntaria y unilateral el Ejecutivo bajo el esquema planificado de incremento salarial que se prevea para el sector durante el transcurso del año.
ARTÍCULO 4.- Instituir al Ministerio de Finanzas Públicas como Autoridad de Aplicación del presente decreto, delegando la facultad de reglamentación, aclaración e interpretación de las disposiciones establecidas en la presente medida.
ARTÍCULO 5.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente, del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6.- Comunicar a quien corresponda. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido, archivar.
MELELLA
Federico ZAPATA GARCIA
DECRETO N 395

22-02-22

VISTO los Expedientes MECCT-E-8496-2022 y su vinculante Nº MECCT-E-63235-21, ambos del registro de esta Gobernación, y los Decretos Provinciales Nº 1830/2018; Nº 2561/2021 y Nº 0288/2022; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Provincial Nº 1830/2018, se creó la Escuela Provincial Nº 48 "Mujeres Veteranas de la Guerra de Malvinas", Categoría Personal Único, ubicada en el barrio Los Alakalufes II de la ciudad de Ushuaia, a partir del 4 de julio de 2018 y en su artículo 3 se adignó la planta funcional de cargos y horas cátedra que se detallaron en su Anexo I.
Que por Decreto Provincial Nº 2561/2021 se rectificó el artículo 1º del instrumento legal citado supra, estableciendo que el establecimiento educativo provincial Nº 48, corresponde a Segunda Categoría, y en consecuencia, además, se modificó el Anexo I, agregando que compartirá edificio durante el turno mañana con el Colegio Provincial de Educación Secundaria Bachiller con Orientación en Informática.
Que por Decreto Provincial Nº 0288/2022 se rectificó el Anexo I del Decreto Provincial Nº 1830/2018 y el Artículo 3, a fin de garantizar el funcionamiento de la Institución Educativa, indicando que se cumple con la oferta Educativa que establece el Diseño Curricular de Nivel, en relación a cada espacio curricular.
Que habiéndose realizado un análisis exhaustivo de la mencionada Planta, se ha observado que deben ser modificados los cargos que se detallan en el Anexo I y el Artículo 3 del Decreto Provincial N 0288/2022.
Que por Resoluciones M.E.C.C y T. Nº 656/2021 y 1868/2021 se estableció: ampliar la Planta Orgánica Funcional de la Escuela Nº 48 "Mujeres

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/3/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha21/03/2022

Nro. de páginas245

Nro. de ediciones3696

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

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