Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 2/3/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXXI -

Ushuaia, Miércoles 02 de Marzo de 2022

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Nº 5063

Decreto Provincial Nº 2336/12; la Resolución del 28 de diciembre de 2021 del Consejo Federal de Medio Ambiente COFEMA y el Decreto Nacional Nº 2022-6-APN-PTE, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nacional Número DCTO-2022-6APN-PTE de fecha 11 de Enero de 2022 se declaró la Emergencia Ígnea en todo el territorio de la República Argentina por el plazo de un 1 año, con el fin de adoptar medidas que resulten necesarias para propiciar y atender con carácter inminente la presupresión y combate de incendios, la restauración de las zonas afectadas y la prevención de nuevos focos.
Que el escenario climático actual, basado en altas temperaturas, fuertes vientos y niveles extremos de material combustible disponible en zonas agrestes es similar al del año 2012 y aumentan significativamente el riesgo de incendios forestales en toda la provincia.
Que los mismos por su magnitud, producen la degradación de grandes superficies de bosque y ambientes naturales.
Que durante la temporada 2021-2022, se han producido en la Provincia y en la región sucesivos ígneos cuyo daño ambiental es de público y notorio conocimiento.
Que por tal motivo los Gobernadores de las Provincias de NEUQUÉN, de RÍO NEGRO, de CHUBUT, de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR y la Gobernadora de SANTA CRUZ, el 27 de diciembre de 2021, solicitaron mediante Nota al señor Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación que se declare la Emergencia Ígnea en el ámbito de la región patagónica y, de ser necesario, se extienda la misma al resto del territorio nacional.
Que por la Resolución del 28 de diciembre de 2021, el Consejo Federal de Medio Ambiente COFEMA instó a las jurisdicciones locales competentes, al sector privado y a las áreas competentes del estado nacional a fortalecer las políticas de prevención de incendios forestales, rurales y de interfase; y, en función del riesgo extremo de incendios, declaró el Estado de Emergencia Ígnea en todo el territorio nacional por el plazo de DOCE 12 meses, a efectos de prevenir y mitigar los daños ambientales, personales y patrimoniales que estos provocan.
Que la Ley Provincial Nº 145 instituye el marco normativo de la protección forestal en lo atinente a la prevención, prospección, determinación de áreas críticas y combate, a través de una adecuada vinculación con organismos públicos y privados, municipales, provinciales, nacionales o extranjeros.
Que en el marco descripto resulta necesario adoptar e intensificar las medidas de prevención de los efectos antrópicos agravados por los cambios climáticos, en forma urgente y con la premura que se impone, y establecer los mecanismos que permitan atender en tiempo y forma la problemática.
Que en nuestra provincia las causas de los incendios que se producen, son en su mayoría consecuencia inmediata y directa de las acciones humanas, y su amplia propagación se ve agravada por las condiciones imperantes y ya descriptas.
Que conforme lo establecido por el artículo 4 de la Ley Nacional Nº 25.675, el generador de efectos degradantes del ambiente, actuales o futuros, es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que correspondan.
Que más allá de los esfuerzos en materia de comunicación en medios masivos y plataformas oficiales de gobierno en referencia a las indicaciones y prohibiciones sobre el uso del fuego en temporada de alto riesgo; las mismas no han sido masivamente acompañadas por la comunidad.
Que los incendios y sus consecuencias, ponen en riesgo la seguridad pública, el patrimonio natural y cultural de la Provincia, como así también a brigadistas y personal vinculado a los trabajos de combate de incendios forestales y estructuras cercanas donde ellos se producen.
Que este fenómeno se traduce en cuantiosas pérdidas en los sistemas naturales, impactos en materia de cambio climático, repercute negativamente en los sistemas económicos y productivos incluido el turismo, así como cuantiosas erogaciones en materia de recursos económicos y humanos, que deben ser involucrados en su combate y recomposición del ambiente.
Que la quema de residuos de todo tipo en zonas rurales representa un riesgo de incendio.
Que ante lo expuesto precedentemente resulta necesario que la Provincia de Tierra del Fuego A. e I.A.S. adhiera al Decreto Nacional Número DCTO-2022-6APN-PTE.
Que corresponde instruir a la policía provincial a fin de que pueda colaborar con las disposiciones que emanan del presente.
Que resulta necesario modificar el valor de las multas previstas en el Anexo II del Decreto Provincial Nº 2336/12.
Que mediante Dictamen D.G.I.N.- S.A. M.P. y A. N 07/2022 ha tomado debida intervención el Servicio Jurídico de la Secretaría de Ambiente.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 129 y 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL VICEPRESIDENTE 1 DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adherir al Decreto Nacional Nº 2022-6-APN-PTE y declarar el "Estado de emergencia ambiental por riesgo extremo de incendios" en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, por el lapso de un 1 año desde la fecha de publicación del presente. Ello por los motivos expuestos.
ARTICULO 2.- Establecer que durante el Estado de Emergencia deberá respetarse la prohibición de encender fuego en zona rural de jurisdicción provincial en base de combustible sólidos madera, carbón, etc.. Conforme al Decreto Nº 2336/12 y Resolución Nº 294/21, actualmente vigentes.
ARTICULO 3.- Disponer que durante el Estado de Emergencia sólo estará permitido el uso del fuego recreativo en base de combustibles sólidos madera, carbón, etc. en los sitios habilitados especialmente por la Autoridad de Aplicación, y siempre y cuando el Valor del Índice de Peligro de Incendios Forestales FWI sea BAJO o MODERADO. Conforme al Decreto Nº 2336/12 y Resolución Nº 294/21, actualmente vigentes.
ARTICULO 4.- Establecer que las erogaciones que se efectúen para atender los incendios que se generen en el Marco de la presente, se efectuarán

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 2/3/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha02/03/2022

Nro. de páginas322

Nro. de ediciones3684

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

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