Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 8/9/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

46

AÑO XXX

46

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Ushuaia, Miércoles 08 de Septiembre de 2021

AÑO XXX -

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N 4945

Ushuaia, Miércoles 08 de Septiembre de 2021 - Nº 4945

la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de PONCE, Carmelo Antonio CUIL / DNI Nº 20-22417528-1.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG UGC UC8090 INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. 2398/21

31/8/2021

ARTÍCULO 1º.-Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un subsidio en el marco de la Línea Recuperación a favor de QUEZADA
VEGA Eduardo Andres, CUIT Nº 2029145498-5, por la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CON 00/100 $46.700,00, el que será abonado por única vez. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de QUEZADA VEGA Eduardo Andres CUIL
/ DNI Nº 20-29145498-5.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG UGC UC8090 INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. 2399/21

31/8/2021

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un subsidio en el marco de la Línea Capitalización a favor de CAPPELARI, Erica Daniela, CUIT 27-26035260-7 por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 $300.000,00, la que será abonado por única vez. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de CAPPELARI, Erica Daniela CUIT / CUIL
Nº 27-26035260-7.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG UGC UC8090 INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. 2400/21

31/8/2021

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un subsidio en el marco de la Línea Capitalización a favor de GUTIERREZ SUAREZ, Alan Norberto, CUIT 2335356409-9 por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL CON 00/100 $200.000,00, la que será abonado por única vez. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de GUTIERREZ SUAREZ, Alan Norberto CUIT / CUIL Nº 23-35356409-9.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG UGC UC8090 INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 8/9/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha08/09/2021

Nro. de páginas92

Nro. de ediciones3669

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

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