Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 27/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Núm. 37

Miércoles, 27 de marzo de 2024

Pág. 1248

y Portal de Transparencia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por esta Alcaldía.
Así mismo, dar traslado a las áreas y servicios municipales afectados para su conocimiento.
SEXTO.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre.

BOPSO-37-27032024

RECURSOS/ALEGACIONES
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:
a Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido salvo que se trate de un acto dictado por delegación en cuyo caso corresponderá la resolución al órgano delegante, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.
b Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
Lo manda y firma el Ilmo. Sr Alcalde Presidente, en Soria a fecha de firma electrónica, de lo que la Secretaría toma razón a los únicos efectos de dar fe pública y transcripción al Libro de Resoluciones.
Soria, 21 de marzo de 2024. El Alcalde, Carlos Martínez Mínguez 800

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 27/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha27/03/2024

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones2683

Primera edición04/05/2005

Ultima edición22/05/2024

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