Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 18/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria
BOPSO-132-18112019

Núm. 132

Lunes, 18 de noviembre de 2019

Pág. 2250

Artículo 6. Exenciones y bonificaciones Quedan exentos del pago la tasa:
Están exentos de pago las asociaciones del municipio legalmente constituidas, así como partidos políticos y cooperativas. la solicitud deberá ir firmada por el Presidente, secretario o representante de la asociación con expresión de día, horas de utilización y motivo y se aplicará la exención solamente para actividades sin ánimo de lucro.
Artículo 7. Devengo la tasa se devengará cuando se inicie el uso, disfrute o aprovechamiento del local público municipal y se exigirá a la entrega de llaves el depósito de previo a su importe total.
El pago de los expresados derechos se efectuará por los interesados en la tesorería municipal o Entidad Financiera colaboradora, por el que se expedirá el correspondiente justificante de ingreso.
Artículo 8. Normas de gestión Prioridades para el acceso al uso:
1. cuentan con inicial prioridad para el uso de los locales municipales los actos organizados por el ayuntamiento.
2. si dos o más interesados solicitan el mismo local y coinciden en fecha y horario, se les invitará a alcanzar un acuerdo. En caso de no lograrse se resolverá de conformidad con los siguientes criterios, y según el orden que se expone:
a tendrán prioridad las peticiones de asociaciones inscritas y actualizadas en el registro municipal de asociaciones, frente a la petición de cualesquiera otros particulares o entidades.
b se tendrá en cuenta el tipo de actividad a realizar en el local, su función formativa y su incidencia en el interés público.
c En el caso de no ser posible la asignación mediante el uso de los anteriores criterios, se procederá mediante sorteo.

Deberes de los usuarios:
constituyen deberes de los usuarios, que habrán de respetarse en todos los casos:
a respetarlos horarios de utilización establecidos.
b cuidar de los locales, del mobiliario existente y comportarse con el debido civismo.
c Poner en conocimiento del ayuntamiento cualquier deficiencia o deterioro.
d responsabilizarse de los daños causados en los locales y en los enseres en ellos existentes, a tal efecto el ayuntamiento podrá exigir su reparación.
e Velar por la limpieza y orden de edificios, locales e instalaciones municipales, a tal efecto, después de cada período ordinario de uso o después del uso puntual para el que se cedió, procederán a la limpieza y ordenación del mobiliario y elementos interiores, de forma que puedan ser inmediatamente utilizados por otros solicitantes.
f no causar molestias al vecindario ni perturbar la tranquilidad de la zona durante los horarios de utilización.

Prohibiciones:
constituyen prohibiciones en el uso de los locales municipales:
a El uso de los locales para otra finalidad distinta a la autorizada.
b El uso de los locales para actividades que vulneren la legalidad.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 18/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha18/11/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones2681

Primera edición04/05/2005

Ultima edición17/05/2024

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