Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 22/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia Núm. 49

Lunes, 22 de abril de 2024

BOPS
Pág. 64
RE-5872

ENTIDAD LOCAL MENOR DE COBOS DE SEGOVIA
ANUNCIO
APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA
TASA PRESTACIÓN SERVICIOS CEMENTERIO MUNICIPAL.
Transcurrido el plazo de exposición, conforme señala el art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de cinco de marzo, ante la ausencia de reclamaciones, queda elevado a definitivo el acuerdo adoptado por la Junta Vecinal de esta entidad en sesión de fecha 13 de febrero de 2024; procediéndose a la publicación íntegra de dicha modificación.
PRIMERO: Modificar el artículo 6º. Cuota tributaria; quedando redactado en los siguientes términos:
ARTICULO 6º. CUOTA TRIBUTARIA.
6º.1. La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa:
EPÍGRAFE 1º. Asignación de Sepulturas
EUROS

a Sepultura construida de tres cuerpos
2.500

b Terreno en Cementerio antiguo, para construcción de sepultura de tres cuerpos o legalización de sepultura existente
650

6º.2. Los espacios de enterramiento y sepulturas asignadas podrán ser utilizados por los solicitantes, cónyuge o pareja de hecho, así como por sus padres e hijos.
No se permitirá la cesión o venta de los espacios asignados sin la autorización previa del Ayuntamiento.
Los titulares de las ocupaciones o herederos en su caso, deberán mantener un adecuado estado de conservación del espacio concedido. En otro caso el Ayuntamiento notificará al titular para que realice por su cuenta y cargo los trabajos necesarios de conservación en el plazo de dos meses, transcurrido el cual, y sin haberse ejecutado se realizará por el Ayuntamiento a costa del titular, aplicando las tarifas correspondientes.
Estarán exentos de la tasa regulada en esta Ordenanza, los enterramientos de fallecidos pobres de solemnidad y las inhumaciones que ordene la autoridad judicial y que se efectúen en fosa común.
Disposición Final. La presente modificación entrará en vigor y será de aplicación a partir del mismo día de su publicación en el BOP, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la presente publicación en el BOP art. 19 Real Decreto Legislativo 2/2004.
Cobos de Segovia, a 17 de abril de 2024. El Alcalde, José Mariano Agero Llorente.

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El derecho que se adquiere mediante el pago de la tarifa correspondiente no es el de propiedad física de la sepultura, sino el de conservación de los restos de tres cuerpos a perpetuidad art. 92 Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las AAPP. Una vez utilizados los tres cuerpos de la sepultura, NO se permite la reutilización de los mismos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 22/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Segovia

PaísEspaña

Fecha22/04/2024

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones3379

Primera edición01/01/2003

Ultima edición10/06/2024

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