Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 27/12/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
LEY Nº 1832-J
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acuerdo Inter-provincial para la Diversificación Vitícola, suscripto el 23 de Marzo de 2018, entre la Provincia de Mendoza y la Provincia de San Juan, ratificado por Decreto Nº 1388, del Poder Ejecutivo del 14 de Agosto de 2018.
ARTÍCULO 2.- Apruébase el Acta-Acuerdo 2018
Tratado MendozaSan Juan, suscripta el 23 de Marzo de 2018, entre la Provincia de Mendoza y la Provincia de San Juan ratificado, por Decreto Nº 1388, del Poder Ejecutivo del 14 de Agosto de 2018.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil dieciocho.
Fdo.: Eduardo Omar Cabello Vicepresidente Primero Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley N 1832-J, se encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168 ss. y cc. de la Constitución Provincial.
SAN JUAN, 23 de Noviembre de 2018.Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación LEY Nº 1833-A
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:

Pág. 192.288

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Acuerdo Marco de Cooperación Académica, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan, a través del Ministerio de Gobierno y la Universidad de Siena-Italia;
suscripto el 6 de Marzo de 2018; ratificado por Decreto Nº 1646-MG del 21 de Septiembre de 2018.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil dieciocho.
Fdo.: Eduardo Omar Cabello Vicepresidente Primero Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley N 1833-A, se encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168 ss. y cc. de la Constitución Provincial.
SAN JUAN, 23 de Noviembre de 2018.Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación LEY Nº 1834-R
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1.- Créanse, en la Planta de Personal de la Policía de la Provincia de San Juan en el Escalafón Personal Policial, los cargos que a continuación se detallan:
POLICÍA DE SAN JUAN
Personal de Seguridad Agrupamiento de Seguridad CARGO
Oficial Ayudante Agente
CANTIDAD
65
550

San Juan, Jueves 27 de Diciembre de 2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 27/12/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha27/12/2018

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones1714

Primera edición17/05/2016

Ultima edición26/03/2024

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