Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 21/11/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
DECRETO REGLAMENTARIO N 00011
SAN JUAN, 20 de Noviembre de 2018.
VISTO:
La Constitución de la Provincia de San Juan, en su artículo 189, Inciso 2; y, CONSIDERANDO:
Que es necesario uniformar el método de redacción de los Decretos y Resoluciones, en los que se refleja la voluntad de los organismos de la Administración Pública Provincial.
Que conforme a los criterios de eficacia y eficiencia, la mejora de la comunicación escrita en las normas se convierte en un objetivo esencial, por su incidencia en la vida de los administrados.
Que deviene necesario adecuar la comunicación escrita a las actuales necesidades del Estado Provincial, mediante la determinación de reglas sobre presentación, estructura y redacción.
Que desde el año 1979, existe la Instrucción N 003, dictada por un gobierno de facto, que establece las normas para la redacción y diligenciamiento de la documentación administrativa, la que por su inaplicabilidad resulta conveniente dejar sin efecto y dictar un nuevo instrumento acorde al Estado Social de Derecho.
Que la normativa de la Provincia de San Juan, ha quedado sistematizada con la puesta en vigencia del Digesto Jurídico Provincial, mediante Ley N 1260-E, y del Digesto de Decretos Reglamentarios, mediante Decreto N 14392018, los que en su conjunto brindan uniformidad legal y seguridad jurídica.
Que la actualización constante de ambos Digestos, exige unificar criterios de redacción de disposiciones, resultando necesario confeccionar las "Normas para la elaboración de Decretos y Resoluciones", contenidas en el presente.
Que ha tomado intervención la Asesoría Letrada de Gobierno en lo que a su competencia se refiere.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Constitución de la Provincia de San Juan, artículo 189, Inciso 2.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
DECRETA:
Título I
Disposiciones formales para la emisión de Decretos y Resoluciones Capítulo 1
Aprobación, obligatoriedad y plazo ARTÍCULO 1.- Normas y plantillas. Se aprueban las normas y plantillas para la elaboración de Decretos y Resoluciones.
ARTÍCULO 2.- Ámbito de aplicación. Las normas y plantillas para la elaboración de Decretos y Resoluciones son de aplicación obligatoria en todo el ámbito de la Administración Pública Provincial. Las plantillas figuran en los Anexos I a V, los que forman parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 3.- Presentación de proyecto. Todo proyecto de Decreto debe presentarse con una antelación de tres 3 días hábiles previos a la suscripción por el Gobernador o quien se encuentre en ejercicio del Poder Ejecutivo.

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San Juan, Miércoles 21 de Noviembre de 2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 21/11/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha21/11/2018

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones1749

Primera edición17/05/2016

Ultima edición22/05/2024

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