Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 6/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca

N.º 67 Lunes 6 de abril de 2020

Pág. 28

Sección no OfiCentral cial I. Administración MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS

Confederación Hidrográfica del Duero O.A.
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Comisaría de Aguas Anuncio.
JVB Juicio verbal 0000339 /2019
Procedimiento origen: /
Sobre otras materias Demandante: Letrado del Consorcio de Compensacion de Seguros Demandado: Grupo Inmobiliario Jul Dauris S.L., D. Carlos Alberto Escudero Bermúdez SENTENCIA N.º 234/19
En Salamanca, a veinte de diciembre de dos mil diecinueve.
Vistos por mí, D. José Gabriel Álvarez López, Magistrado-Juez del 1. Instancia n.º 3 de Salamanca, los presentes autos de juicio verbal n.º 33/19, tramitados en virtud de demanda interpuesta por el Abogado del Estado en nombre y representación de Consorcio de Compensacion de Seguros, contra D. Alberto Escudero Bermúdez y Grupo Inmobiliario Jul Dauris S.L. declarados en rebeldía y en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la representación del actor se interpuso, en fecha de diez de abril de dos mil diecinueve, demanda de reclamación de cantidad contra los demandados en base a los siguientes hechos: que D. Carlos Alberto Escudero conducía, en fecha de 23 de enero de 2016, el vehículo matrícula 5816 GMP, propiedad de la empresa demandada si poseer permiso de conducción, que fue perseguido por la Policía, que en la fuga causó daños a varios vehículos, que la actora fue condenada al pago de los daños causados a D. José Luis Gómez por 1.400,59 euros, que la cantidad ha sido abonada por el actor y tras los fundamentos de derecho que estimó de aplicación terminaba suplicando que tras los trámites oportunos se dictase sentencia que se condene a los demandados a abonar a la actora la cantidad de 1.400,59 euros más intereses y costas.
SEGUNDO.- Por decreto de veintinueve de abril de dos mil diecinueve se admitió a trámite la demanda presentada una vez verificada la competencia y demás requisitos procesales dando traslado a la demandada para contestación en plazo legal.
TERCERO.- Por diligencia de ordenación de veintitrés de octubre de dos mil diecinueve se tuvo por contestada la demanda y no habiendo comparecido los demandados fueron declarados en rebeldía y no habiendo solicitado vista quedaron los autos para resolver.
CUARTO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La parte demandante ejercita la acción de repetición contra los demandados en base a los artículos 11.3 en relación con el 10 de la LRCS. En este caso consta en autos que la actora ha abonado los gastos causados a un tercero por el conductor del vehículo y del que era propietario la empresa demandada, por lo que ha acreditado los elementos necesarios para la pertinencia de su acción.
BOP-SA-20200406-019
CVE: BOP-SA-20200406-000

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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA

D.L.: S 1-1958

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 6/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salamanca

PaísEspaña

Fecha06/04/2020

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones2965

Primera edición11/06/2012

Ultima edición21/05/2024

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