Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 8/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 08 de Julio de 2020

BOLETIN OFICIAL - EDICIÓN ESPECIAL

PAGINA 3

a través del órgano de aplicación adopte una serie de medidas necesarias para atender a la emergencia sanitaria declarada;

Que en miras a prevenir la circulación y contagio del referido virus, con fecha 19 de marzo de 2020,
el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto Nº 297/20 estableciendo un aislamiento social, preventivo y obligatorio para aquellos que habitan en el país o se encuentren en él, con el objetivo de proteger la salubridad pública, hasta el 31 de marzo de 2020, prorrogable, durante el cual las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en el lugar que se encuentren y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo, consignando de forma expresa la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos;

Que asimismo, dicha norma prevé que las provincias y municipios, en su carácter de delegados del
Gobierno Federal, dictarán las medidas necesarias para su implementación, de conformidad al artículo 128º de la Carta Magna Nacional, sin perjuicio de otras medidas que deban adoptar en ejercicio de sus competencias propias;

Que por otro lado, el Decreto nacional N 297/20 dispone en su artículo 6 los supuestos que que-

dan exceptuados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular;

Que asimismo, el Gobierno Provincial, a través del Decreto Nº 0560/20 prorrogó hasta el día 07 de
junio de 2020 inclusive, los efectos y alcances de los Decretos Nº 0371/20, Nº 0390/20, su modificatorio Nº 0412/20 y Nº 0547/20, Nº 0426/20, Nº 0479/20, Nº 0510/20, Nº 0542/20, sus excepciones dispuestas mediante Decretos Nº 0500/20, Nº 0523/20, Nº 0546/20, Nº 0554/20 y Nº 0555/20, y todas aquellas normas que se hayan dictado en consecuencia;

Que por medio del Decreto Nº 0478/20 se estableció por razones de salubridad general y durante el
plazo que dure la emergencia sanitaria establecida en la Ley provincial 3230, en todo el territorio de la Provincia, el uso obligatorio de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal, a todas las personas que circulen en la vía pública, sea para realizar aquellos desplazamientos mínimos e indispensables autorizados en los Decretos Provinciales Nº 0390/20 y Nº 0412/20; como a aquellas personas que circulen en el marco de los supuestos comprendidos en las excepciones establecidas en el artículo 6º del Decreto Nacional Nº 297/20, y normas complementarias, estableciendo sanciones a su incumplimiento;

Que el Decreto Provincial Nº 0496/20, estableció un sistema de restricción de tránsito vehicular para
aquellos que circulan a través de los puentes interprovinciales que vinculan la ciudad de Neuquén con la vecina ciudad de Cipolletti, en la Provincia de Río Negro, estableciendo pautas para su cumplimiento en forma ordenada;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 8/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha08/07/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1309

Primera edición12/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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