Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 6/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 06 de Setiembre de 2019

BOLETIN OFICIAL

mil diecinueve, se reúne en acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Municipalidad de Caviahue-Copahue Rendición de Cuentas Ejercicio 2015 - Actuación Sumarial, Expediente Nº 5600-03788/2015 - Alc.
1, en trámite por ante este Tribunal; Visto:
Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Dejar sin efecto las Observaciones Nº 1 y Nº 14 inciso 2, formuladas en el Anexo I del Informe del Auditor Nº 5745/16 D.M. y C.F. y ratificadas en el Informe Nº 6026/17 D.M. y C.F. ante la inexistencia de perjuicio a la hacienda pública, correspondiente a la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2015 del Municipio de Caviahue Copahue, disponiéndose el archivo de las actuaciones. Artículo 2º: Regístrese, publíquese y Archívese. Fdo. Dr. Hugo R.
Acuña Presidente, Cra. Ayelen V. Sagredo Elzeard Vocal Subrogante, Dra. Laura M. Serrano Vocal, Dr. Antonio A. Di Maggio Vocal, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Dr. Fernando G. Correa Uranga Secretaro.


ACUERDO JR-9647. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil diecinueve, se reúne en acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Municipalidad de Añelo - Rendición de Cuentas Ejercicio 2008 - Actuación Sumarial, Expte.
Nº 2600-46652/2008 - Alc. 1, en trámite por ante este Tribunal; Visto: Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Hacer lugar parcialmente al Recurso de Revisión interpuesto por los Señores Jacinto Hernández y Luis Alejandro González a Ss. 127/130, contra el Acuerdo JR-8744 de fecha 20/04/2015, de conformidad y con los alcances expuestos en los considerandos. Artículo 2º: Absolver de Responsabilidad Administrativa Patrimonial a los señores Jacinto Hernández y Luis Alejandro González quienes se desempeñaron como Intendente y Secretario de Gobierno y Finanzas desde el 01/01/2008 al 31/12/2008 respectivamente, de la Municipalidad de Añelo por el Ejercicio 2008;
respecto de las observaciones que fueran objeto de la Condena impuesta por el Artículo 2º del Acuerdo JR-8744, que se individualizan como: Nº
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3, Nº 4 y Nº 5, procediéndose al archivo de las mismas. Artículo 3º: Ratificar la Responsabilidad Administrativa Patrimonial declarada en el Artículo 1º del Acuerdo JR 8744, en cuanto a que la misma cabe a los señores Jacinto Hernández y Luis Alejandro González, respecto a la observación Nº 9 por $240,00 que fuera objeto de condena por Acuerdo JR-8744, disponiéndose el archivo de la misma, considerando la exigidad del monto de acuerdo a lo manifestado en los considerandos del presente. Artículo 4º: Regístrese, notifíquese, publíquese y oportunamente, Archívese. Fdo. Dr.
Hugo R. Acuña Presidente, Dra. María Vaqueiro Vocal, Dra. Laura M. Serrano Vocal, Dr. Antonio A. Di Maggio Vocal, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Dr. Fernando G. Correa Uranga Secretario.


ACUERDO JR-9656. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil diecinueve, se reúne en acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Comisaría 43º El Arenal - San Martín de los Andes s/Daño JP-468 el día 11/07/2015, Expte. Nº 5600-03920/2015, en trámite por ante este Tribunal; Visto: Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Declarar la Responsabilidad Administrativa Patrimonial del Cabo Emanuel Paleo - D.N.I.
Nº 33.952.640 - L.P. Nº 659.223/0, respecto al hecho que fuera objeto del Juicio Administrativo de Responsabilidad ordenado por Acuerdo JR 9407
y que representara el cargo formulado en dicha instancia. Artículo 2º: Condenar al Cabo Emanuel Paleo al pago de la suma de pesos nueve mil novecientos cuarenta y ocho con 43 centavos $9.948,43, correspondiendo la suma de pesos siete mil ciento diecinueve a capital $7.119,00
y la suma de pesos dos mil ochocientos setenta y nueve con 43 centavos $2.879,43 a intereses, conforme planilla de liquidación practicada por Secretaría. Asimismo, se le hace saber que en el plazo de veinte 20 días deberá proceder a depositar el total resultante, en la cuenta que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia -Sucursal RivadaviaCuenta Corriente Nº 110/3, debiendo presentar en la sede de este Órgano de Control Externo, sita en calle Rivada-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 6/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha06/09/2019

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones1312

Primera edición12/01/2001

Ultima edición07/05/2024

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