Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 15/6/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 15 de Junio de 2018

BOLETIN OFICIAL

o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran y en el orden de su elección. Los Directores en su primera sesión, en caso de pluralidad de Directores, deben designar un Presidente y un Vicepresidente. Este último reemplaza al Presidente en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio. En garantía del correcto desempeño de su mandato, los Directores titulares constituirán una garantía por la suma de $10.000 pesos diez mil, en forma personal, conforme al Artículo 256 de la Ley General de Sociedades N 19550, los que no podrán ser retirados ni afectados hasta que la Asamblea haya aprobado las cuentas del periodo de su gestión. La garantía podrá consistir en sumas de dinero en moneda nacional o extranjera, depositadas en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad. El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición. Podrá especialmente, operar con toda clase de Bancos y entidades crediticias oficiales o privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración y otros, con o sin facultades de sustituir, iniciar o proseguir, constatar o desistir denuncias y querellas penales y realizar todos otros hechos o actos jurídicos que hagan adquirir derechos y obligaciones a la sociedad. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social. Representación: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o quien legalmente lo reemplace, quien tendrá el uso de la firma social y obligará a la sociedad en todos sus actos. Fiscalización: Los accionistas tienen derecho de inspección y contralor individual de los libros y papeles sociales en los términos del Artículo 55 de la Ley General de Sociedades N
19550. Si la sociedad quedara incluida en el Artículo 299 de la Ley General de Sociedades N
19550, su fiscalización estará a cargo de un Síndico titular designado por el término de tres 3 ejercicios por Asamblea, designando simultáneamente a un Síndico suplente, ambos reelegibles, con las funciones establecidas en los Artículos 294 y 295 de la Ley citada. Cierre del Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.

PAGINA 27

Se ha designado el siguiente Directorio: Presidente: El Sr. Juan Manuel Mansilla y como Director suplente a la Sra. Andrea Laura Tosini, quienes han aceptado los cargos conferidos y ambos han constituido domicilio especial en los arriba indicados, en los términos del Artículo N 256 de la Ley General de Sociedades N 19550.
1p 15-06-18


FCJ JEAN SRL
Se hace saber que por instrumento de fecha 11 de abril del 2018 y modificatorio de fecha 25
de abril del 2018, entre los señores Ariel Alejandro Sánchez, D.N.I. N 23.628.381, argentino, nacido el 01 de octubre de 1973, con domicilio en Teresa de Calcuta 743, Barrio Alas Argentinas, Plottier, Provincia del Neuquén, estado civil soltero, de profesión empresario y el señor Sergio Antonio Schiebelbein, D.N.I. N 12.787.943, argentino, nacido el 07 de noviembre de 1958, con domicilio real en calle Lago Pilhué, Tira 46, Piso 1, Departamento 608, Manzana 11, Neuquén Capital, estado civil soltero, de profesión empresario, ambos en su carácter de socios de FCJ JEAN
Sociedad de Responsabilidad Limitada, CUIT 3071475371-8, inscripta en el Registro Público de la Provincia del Neuquén el día 05 de mayo de 2015, bajo Nº 119, Folios 1022/1029, Tomo V - SRL, Año 2015, y señores Edgardo René Carrazco, D.N.I.
N 26.598.523, argentino, nacido el 16 de julio de 1978, con domicilio en calle San Martín 430, ciudad Neuquén, Provincia del Neuquén, estado civil soltero, de profesión empresario y Miguel Ángel Olave, D.N.I. N 11.503.234, argentino, nacido el 11 de abril de 1955, con domicilio real en calle Buenos Aires Norte 36, Plottier, Provincia del Neuquén, estado civil soltero, de profesión empresario, todos con plena capacidad para contratar, celebraron un contrato de cesión de cuotas de acuerdo a las siguientes condiciones: 1. Los señores Ariel Alejandro Sánchez y Sergio Antonio Schiebelbein, ceden, venden y transfieren a los señores Edgardo René Carrazco y Miguel Ángel Olave, quienes aceptan, la cantidad de seis mil setecientas 6.700 cuotas parte que representa el 100% del capital social de FCJ JEAN SRL. Como consecuencia de la cesión, la totalidad de las cuotas sociales de FCJ JEAN SRL quedan suscriptas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 15/6/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha15/06/2018

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones1313

Primera edición12/01/2001

Ultima edición14/05/2024

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